Las personas migrantes en situación irregular no tienen acceso a ayudas estatales
- Los expertos aclaran que solo pueden acceder a ayudas “puntuales de primera necesidad”
- Envíanos consultas al 659 800 555 o a verificartve@rtve.es
La percepción no siempre se corresponde con la realidad. Una parte de la sociedad española cree que las personas migrantes se quedan con el 55% de las ayudas sociales, pero este colectivo recibe el 11%, según una encuesta de 2023 del centro de estudios ISEAK (pág.4). Sin embargo, se trata de una falsa creencia que cala en parte de la población alimentada por los bulos recurrentes que circulan en redes sociales. De la mano de las organizaciones CEAR, ACCEM, Coordinadora de Barrios y CIDOB, en VerificaRTVE te explicamos que no es cierto que los migrantes en situación irregular reciban ayudas estatales y relatamos el periplo que deben transitar hasta recibir el permiso de residencia y acceder las mismas que el resto de la sociedad.
Lo primero es aclarar que los migrantes pueden estar en nuestro país en situación regular o irregular, dependiendo de si tienen o no permiso de residencia, algo que determinará la percepción de ayudas. Asimismo, hay migrantes que llegan a España huyendo de alguna situación de persecución (como malienses o somalíes) y, por tanto, son "perfiles que tienen opción de pedir protección internacional", como establece la Convención de Ginebra. Estas personas "podrán solicitar asilo -un derecho universal e inalienable- o el arraigo", explican desde CEAR. No obstante, los expertos consultados advierten sobre los riesgos de entrar en "las comparativas de ayudas" y un "discurso enmarcado por el miedo a la inmigración". Así lo expresa Francesco Pasetti, investigador principal del Área de Migraciones de CIDOB. A su vez, Lidia Hernández, Coordinadora Estatal de Acción Humanitaria de CEAR, recalca que este tipo de comparaciones son "una cuestión de ignorancia, de no conocer los derechos universales, inalienables e incomparables que acompañan a las personas" Se trata, dice, "simplemente de asegurar que tiene acceso a unas cuestiones básicas que nadie debería poner en cuestión".
1| Los migrantes en situación irregular no acceden a las mismas ayudas que los ciudadanos españoles
De acuerdo con el artículo 14.3. de la Ley de Extranjería, "los extranjeros, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas". Pero, esto no implica que tengan derecho a las ayudas que sí pueden recibir migrantes en situación regular (con residencia legal en España) o ciudadanos españoles. Tal y como nos asegura la Secretaría de Estado de Migraciones, "el Gobierno central no ofrece ayudas sociales exclusivas para personas migrantes y todas las prestaciones económicas incluyen la obligatoriedad de tener residencia legal".
En la misma línea se manifiesta el investigador Francesco Pasetti cuando aclara que "quien tiene la nacionalidad sí tiene acceso a todos los derechos" y "quien tiene permiso de residencia tiene acceso a una parte considerable de las ayudas y los derechos". Mientras que los "migrantes irregulares tienen acceso a lo mínimo: educación y sanidad -y ni siquiera todo el abanico de servicios del que puede gozar una persona regular o un ciudadano español-". La abogada Patricia Fernández señala que "en principio, no está previsto en nuestra legislación que las personas migrantes en situación irregular puedan acceder a ayudas y prestaciones públicas, como el ingreso mínimo vital". Fernández concluye que "las ayudas a las que pueden acceder son de emergencia y absolutamente ínfimas".
Desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) son claros al respecto: "Los migrantes irregulares no tienen acceso a ayudas porque están en situación irregular". Para la Coordinadora Estatal de Acción Humanitaria de CEAR, Lidia Hernández, "es una distorsión de la información decir que una persona migrante en situación irregular tiene acceso a una ayuda estatal porque estas exigen una situación regular, sea residencia o sea nacionalidad". La ONG ACCEM coincide en señalar que "el propio hecho de la situación administrativa ya implica la imposibilidad de recibir prestaciones en España de carácter contributivo -como pensiones, subsidios por desempleo o el Ingreso Mínimo Vital y rentas de inserción de las comunidades autónomas-, u otras que requieren haber cotizado a la Seguridad Social, contar con residencia legal en España y un tiempo mínimo de empadronamiento". Y, "tampoco pueden acceder a ayudas estatales regulares como ayudas familiares o vivienda protegida, que exigen documentación legal y, en muchos casos, requisitos administrativos que no pueden cumplir por su situación irregular", concluye la organización.
2| Los servicios a los que sí pueden acceder: el programa de Atención Humanitaria
Entre los servicios a los que sí pueden acceder los migrantes en situación irregular están los que ofrece el Programa de Atención Humanitaria del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social e Inmigración, "dirigido a atender las necesidades básicas de las personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad". Desde ACCEM subrayan que este plan está destinado a personas migrantes en situación de "vulnerabilidad extrema" y que "ofrece una respuesta inmediata a necesidades urgentes como alojamiento, comida y atención médica básica". Desde CEAR, su Coordinadora Estatal de Programas Humanitarios recalca que este programa "lleva desde 2005" en marcha.
La abogada Patricia Fernández destaca que "los niños y niñas migrantes que no tienen papeles" serian "las únicas personas que podrían acceder estando en situación irregular a becas" y subraya que "las mayores causas de irregularidad administrativa son las de los menores de edad". Esta experta explica que existen "las ayudas de primera necesidad que dispensan ayuntamientos" y, "por la Ley de Bases de Régimen local, tienen encomendada la asistencia de emergencia: albergue para personas sin hogar, las tarjetas familia (de dispensación de alimentos) o algunas ayudas económicas de emergencia, que, por su carácter de emergencia, son puntuales". Pero, según indica esta experta, existen "dificultades burocráticas y administrativas aparejadas a la irregularidad administrativa" que "provocan que muchas veces no puedan ni percibir las ayudas", como el hecho de no poder cobrar una de esas ayudas de emergencia por el difícil acceso a una cuenta corriente.
3| Bulos sobre el acceso de migrantes irregulares a ayudas
En redes sociales circula la idea de que si una persona en situación irregular se empadrona puede acceder a las ayudas públicas. Es falso. El empadronamiento es uno de los requerimientos para acceder a servicios básicos como sanidad y educación en España, pero "no da acceso automático a todas las ayudas sociales", indican desde ACCEM. La Secretaría de Estado de Migraciones recuerda que "los empadronamientos son competencia de los Ayuntamientos" y que estos "tienen la obligación de empadronar a todas las personas, tanto en situación regular como irregular, que residan en su municipio". Pero, "estar empadronado no equivale a tener autorización de residencia".
Patricia Fernández, abogada de Coordinadora de Barrios, subraya que este grupo de población "tiene más difícil el acceso al empadronamiento" porque en España tenemos "un empadronamiento vinculado a la vivienda", a la que va aparejada "la discriminación en el acceso a la vivienda que tienen las personas migrantes", tal y como reflejan los informes de Provivienda (1, 2). Otro impedimento es la "exigencia de documentación" para "las personas migrantes que llegan por tránsitos inseguros y clandestinos". "Te puedo asegurar que conseguir un pasaporte de Senegal, Guinea, Gambia o Mali te puede costar muchos meses, tiempo durante el cual no estás empadronado", señala.
También es falso que el Gobierno conceda pensiones de viudedad a mujeres extranjeras que no han cotizado "mientras españolas que han cotizado se quedan sin pensión". Recibir la pensión de viudedad depende de lo que haya cotizado la persona fallecida, no su cónyuge o pareja. "Al igual que ocurre con las personas españolas que cobran esta misma prestación", señalan desde ACCEM. La abogada Patricia Fernández recalca que "lo que te da derecho a la pensión de viudedad es que el cónyuge haya muerto y que haya o bien cotizado durante un tiempo en España, o que haya muerto trabajando". Entonces, "lógicamente, esa viuda y esos hijos tienen derecho a la pensión de viudedad y a la pensión de orfandad en las mismas condiciones que cualquier otra persona". Recuerda, además, que "tradicionalmente en este país las mujeres no cotizaban y cobraban la pensión de viudedad".
4| Los expertos advierten: los migrantes no reciben "muchas ayudas" y "dan más de lo que reciben"
Una de las conclusiones de los expertos es que ni los datos ni la legislación avalan la idea de que las personas migrantes reciban "muchas ayudas". La abogada Patricia Fernández recalca que "esta percepción de que las personas migrantes reciben muchas ayudas está basada en un absoluto prejuicio, que no se sustenta en datos básicos y la ley no lo ampara". Además, las personas inmigrantes "son tributarios netos del Estado, dan más de lo que reciben en ayuda", debido a que "los inmigrantes son más jóvenes por perfil sociodemográfico que los nativos de España y países europeos, y esta menor edad corresponde a una mayor actividad laboral". Patricia Fernández también recuerda que "el migrante en situación irregular abona todos los impuestos asociados al consumo y, por tanto, claro que tiene derecho a servicios públicos".
Francesco Pasetti invita a diferenciar entre los hechos y las percepciones y señala que "toda esta percepción acerca de la inmigración se ha venido marcando en relación a un discurso antinmigración muy fuerte" que consiste "en camuflar problemas estructurales con un enemigo débil y fácil de atacar". Para Pasetti, la batalla contra la desinformación que alienta el discurso de odio racista "hay que lucharla a largo plazo, invirtiendo en educación, en políticas que reducen el miedo de la población, es decir, que les hagan sentir mejor y que le hagan ver que lo del inmigrante como enemigo y amenaza es mentira". Asimismo, destaca como necesaria "la asunción de responsabilidad de los partidos políticos, las instituciones, los medios de comunicación y, obviamente, las redes sociales".
Los migrantes en situación regular sí acceden a ayudas, pero con dificultades añadidas
Tal y como rige la Ley de Extranjería y señalan los expertos consultados, las personas migrantes que residen en España de forma regular –con residencia legal en nuestro país- sí pueden acceder a ayudas en las mismas condiciones que los españoles. De modo que, “se les reconoce los mismos derechos que a los españoles”, apunta Francesco Pasetti (CIDOB). Y, las ayudas públicas a las que optan tienen “requisitos objetivos para todo el mundo” y “un control riguroso sobre cómo se dispensan”, apunta la abogada Patricia Fernández. Por ejemplo, Fernández desmonta “el mito de que está cobrando el paro y se ha ido a su país”, porque “tú tienes que comunicar si te vas, y si te vas por más de 15 días, se suspende la prestación y dejas de cobrarla”.
A pesar de tener acceso a estas prestaciones, las personas migrantes en situación regular tienen dificultades añadidas a la hora de acceder a ellas. Los expertos lo ejemplifican con el caso del ingreso mínimo vital, para el que se exige tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos un año. Y a ello se suma “la inseguridad administrativa que es ser migrante” porque “se tarda tanto en tramitar los permisos de residencia y en resolver las renovaciones, que la gente sufre muchos periodos de inseguridad jurídica", apunta Fernández. Además, relata que los migrantes en situación regular “muchas veces no solicitan” ayudas a las que tienen acceso porque “les exigen documentación de su país de origen que no pueden conseguir, o que es extraordinariamente costosa”. Pone el ejemplo de una persona que “necesite aportar su contrato de trabajo de Perú y sus últimas cinco nóminas de 2023 para pedir una beca de comedor” entonces, deberá “conseguir los documentos y apostillarlos”, con lo que le puede costar “300 euros pedir la beca de comedor si le cobran 50 euros por apostillar cada uno” de los documentos. Este periplo, dice, “disuade a muchas personas de solicitar” ayudas.