El Supremo estudia los recursos de Fiscalía y Abogacía contra el registro en el despacho del fiscal general
- El Ministerio Público considera que fue una "diligencia de investigación invasiva de derechos fundamentales"
- Si se estiman los recursos, gran parte de los indicios sobre los que reside la investigación decaerían
El Tribunal Supremo revisa este martes los recursos que presentaron la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra la decisión del juez Ángel Hurtado de autorizar la entrada y registro en el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para investigar la presunta revelación de secretos denunciada por Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
Esta revisión se produce un día después de que la UCO acreditara que el fiscal general del Estado borró sus mensajes de móvil el mismo día que se abrió la investigación contra él.
Fuentes jurídicas informan de que la sala de apelaciones de la Sala de lo Penal, compuesta por Andrés Palomo, Eduardo de Porres y Julián Sánchez Melgar, se reúne para estudiar cuatro recursos de la Fiscalía y Abogacía contra actuaciones del magistrado, en los que se denuncia una vulneración de derechos fundamentales que conllevarían la nulidad de ese registro y del efectuado ese mismo 30 de octubre en el despacho de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
Gran parte de los indicios podrían decaer
En caso de que la Sala estime los recursos, gran parte de los indicios sobre los que reside la investigación contra el fiscal decaerían, ya que se fundamentan en el material requisado en esos dos registros y en el análisis que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha hecho del mismo.
Pero si, por el contrario, la sala rechaza los recursos, la lectura supondrá un aval a la investigación de Hurtado y abriría las puertas al fiscal general para recurrir al Tribunal Constitucional.
Además de los registros, los magistrados también tendrán sobre la mesa las impugnaciones contra otras decisiones del juez como la declaración de secreto de la causa y las fechas respecto de las cuales Hurtado acotó la investigación, esto es, del 8 al 14 de marzo de 2024
García Ortiz considera nula la instrucción
García Ortiz, que considera nula la instrucción porque vulnera su derecho de defensa, criticó ante el juez el registro al manifestar que "no hay precedentes en todo el derecho europeo que se entre en el despacho del fiscal general y que se le incauta el dispositivo". "Es inimaginable para un fiscal verse en esa situación, es absolutamente impensable" dijo.
En el caso del despacho del fiscal general, fueron más de diez horas de registro, que culminaron con un volcado del contenido íntegro de sus dos teléfonos -el personal y el oficial-, un portátil, un ordenador de mesa, una tablet y multitud de USB.
La Guardia Civil entregó al magistrado un informe en el que avisó de que había hallado "cero mensajes" en los dispositivos de García Ortiz. El fiscal general luego explicó que, en virtud de un protocolo de seguridad y protección de datos, suele cambiar de móvil y borrar conversaciones y mensajes. El instructor, en su intento de recuperar chats y correos, ha pedido ayuda a Google y Whatsapp.
La Fiscalía considera que ambos registros son nulos y que todo lo hallado en ellos no debería tenerse en consideración en la investigación. A su juicio, los autos de entrada y registro "no contienen razonamiento alguno para justificar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas acordadas".
En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press, la fiscal a cargo de este procedimiento --la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde-- indica que dicha actuación excedía por "mucho" lo solicitado por el abogado de González Amador, que pedía que la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid entregara copia de correos electrónicos recibidos y enviados desde dos direcciones, y que Google aportara copia de 'emails' del fiscal general.
Para la teniente fiscal, "las medidas acordadas en los autos recurridos lo han sido sin que hayan sido solicitadas por los querellantes y sin explicación alguna al respecto". Además, apunta que dichas resoluciones "no pueden considerarse resoluciones motivadas ni mucho menos que cumplan con el deber de motivación reforzada exigible en supuestos como el presente".
Sánchez Conde insiste en que los autos de entrada y registro "no hacen referencia a indicio" y defiende que ni el hecho de solicitar el envío de documentación ni la necesidad de la misma para la confección de una nota informativa, ni la redacción de ésta, ni su publicación "constituyen acciones irregulares ni delictivas".
En este sentido, la fiscal afea que el instructor no aporte dato más allá de señalar que el presunto delito de revelación de secretos que se le atribuye a los investigados tuviera lugar entre las 22.00 horas del 13 de marzo y las 23.51horas de ese día.
Al hilo, recalca que dicho dato también queda desvirtuado porque hubo al menos un medio que publicó a las 22.10 horas que existía un ofrecimiento de reconocimiento de hechos por parte de la defensa de González Amador al fiscal del caso, Julián Salto.
Asimismo, la Fiscalía sostiene que la documentación incautada en el registro al fiscal general afecta asuntos de "enorme trascendencia y cuya divulgación puede poner en peligro un sin número de operaciones o investigaciones penales en curso, así como la agenda institucional de la Fiscalía General del Estado".
La Fiscalía, a la espera de resolver los recursos
Además de pronunciarse por escrito en su recurso, Sánchez Conde ha verbalizado su oposición a la actuación del magistrado. La teniente fiscal decidió no preguntar al fiscal general en el interrogatorio celebrado el pasado 29 de enero al considerar que hacerlo sería dar validez a la investigación.
Con todo, tomó la palabra para exponer al instructor hasta nueve razones por las que considera la nulidad de las pesquisas, centrándose básicamente en la "insólita" entrada y registro en el despacho de García Ortiz, que calificó de inconstitucional "por haber tenido una extensión desmesurada" y una "nula proporcionalidad" que "no puede ser corregida 'ex post".
Así las cosas, Sánchez Conde indicó que no se podía interrogar a los investigados "hasta que se despejen las dudas existentes sobre la constitucionalidad de la prueba" en la que se basa la investigación. El fiscal general accedió a contestar a las preguntas de su abogado; mientras que la fiscal provincial de Madrid y el teniente fiscal de la Secretaría Técnica decidieron responder a sus defensas y al magistrado.
En aquel interrogatorio, el magistrado explicó que la causa hasta ahora se divide en tres bloques. Los dos primeros relativos a filtraciones: la de la denuncia de la Fiscalía contra el novio de Díaz Ayuso y su expediente tributario; y la de un correo electrónico que el abogado de éste envió el 2 de febrero a Salto, ofreciéndole un pacto a cambio de reconocer dos delitos fiscales.
El tercer bloque está vinculado a la nota de prensa --que contenía detalles de ese y otros 'emails'-- que difundió la Fiscalía la mañana del 14 de marzo para desmentir la noticia de 'El Mundo' en la que se afirmaba que había sido la Fiscalía la que había ofrecido dicho pacto.