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La Audiencia Nacional levanta la suspensión cautelar de las exhumaciones en el Valle de Cuelgamuros

  • El tribunal las había suspendido de forma cautelarísima el pasado lunes a petición de la nieta de una mujer enterrada allí
  • Concluye ahora que las exhumaciones no afectan a los derechos de la recurrente porque no se hacen donde está su abuela

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Cuelgamuros (Valle de los Caídos)
La Audiencia Nacional paralizó el pasado lunes las exhumaciones en Cuelgamuros tras la petición de la nieta de uno de los enterrados allí.

La Audiencia Nacional ha dejado sin efecto la suspensión de las exhumaciones en el Valle de los Caídos, una medida cautelarísima que el tribunal había acordado el pasado lunes a petición de la nieta de una mujer enterrada allí. El tribunal, ahora, da la razón a las alegaciones de Patrimonio Nacional al señalar que los restos de la abuela de la demandante no están en el lugar exacto de las exhumaciones y, por tanto, sus derechos no se ven conculcados.

El auto del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 11 de este viernes, al que ha tenido acceso RTVE, ha acordado levantar la medida tras recibir las alegaciones presentadas por Patrimonio Nacional, a quien da la razón, frente a la demandante, que había alegado el derecho fundamental a la libertad religiosa. Por su parte, la fundación Abogados Cristianos, que actuó en nombre de la mujer, ha recurrido ya la decisión.

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha manifestado en X su satisfacción ante el reinicio de la actividad de los forenses. "La reparación y la restitución de la dignidad son actos de justicia", ha dicho.

La Abogacía del Estado, en representación de Patrimonio Nacional, solicitó este jueves a la Audiencia Nacional que levantara la suspensión de las exhumaciones porque los restos de la mujer enterrada en el mausoleo, y cuya nieta impulsó el recurso que logró parar los trabajos cautelarmente, no se encuentran en la Capilla del Sepulcro, que es donde se están realizando las exhumaciones, y por tanto "no puede verse afectada".

Las exhumaciones no afectan a los derechos de la recurrente

El magistrado señala que las alegaciones de la Abogacía del Estado y la documentación que las acompaña ponen de manifiesto que las exhumaciones se están realizando en un lugar diferente de aquél donde reposan los restos que se intentan proteger, “por lo que no existiría en principio una urgencia cautelar tan inmediata como parece manifestarse”.

Además, explica que de los argumentos expuestos por la Abogacía del Estado se deduce, "prima facie", que la actuación material administrativa no afecta materialmente a los derechos que con este recurso pretenden defenderse respecto de los restos la abuela de la recurrente, ni tampoco está previsto que suceda en el futuro, en los términos indicados.

En segundo lugar, indica la resolución, se ha aportado información de que ya ha existido sobre el tema una interlocución escrita de la recurrente con Patrimonio Nacional, donde esta entidad ha respondido a su requerimiento de anulación de las exhumaciones con un escrito de la Gerente.

El contenido del escrito pone de manifiesto que la actuación de exhumación no puede considerarse efectuada en vía de hecho, sino que existe un conjunto de actuaciones judiciales y administrativas previos, que constituyen su soporte. En definitiva, "si las actuaciones administrativas combatidas no afectan materialmente a los derechos invocados y además no se realizan en vía de hecho, debe levantarse la medida cautelar cuya base jurídica se fundaba exclusivamente en esta premisa que se ha revelado infundada”, concluye

El pasado mes de septiembre, un juzgado de Madrid anuló el acuerdo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) por el que se concedió licencia urbanística para las obras necesarias para acometer las exhumaciones de la, como demandaban los recurrentes, entre los que se encuentran la Fundación Francisco Franco y la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.

Esta sentencia llegó después de que el pasado verano comenzaran los trabajos forenses para exhumar a 128 víctimas del Valle de Cuelgamuros, y supuso un nuevo obstáculo para el cumplimiento de la resolución judicial que en 2016 reconoció el derecho de los familiares de los hermanos Lapeña a recuperar sus cuerpos.