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La Iglesia pide perdón y se compromete a "alentar" las denuncias de las víctimas de abusos

  • Así lo ha transmitido este martes la Conferencia Episcopal Española (CEE) en una instrucción
  • El texto es una guía para diócesis y congregaciones religiosas para saber cómo actuar ante las denuncias de abusos sexuales

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Imagen de la fachada de una iglesia 
Imagen de la fachada de una iglesia 

La Iglesia ha pedido perdón a las víctimas de abusos sexuales y a sus familiares y se ha comprometido incluso a "alentar" las denuncias de los casos ante los tribunales civiles. Así lo ha transmitido este martes la Conferencia Episcopal Española (CEE) en una instrucción sobre abusos a menores y personas vulnerables.

La institución, "como madre amorosa", ha asegurado estar conmovida "con el dolor de las víctimas y de sus familiares", ha pedido disculpas a los afectados por los abusos y ha asegurado que ocupará un papel clave en "la búsqueda de la verdad y la realización de la justicia" tanto en el ámbito canónico como en civil.

La instrucción publicada este martes fue aprobada en la última Asamblea Plenaria de la CEE y servirá de "guía" para diócesis y congregaciones religiosas para saber cómo actuar ante la denuncia de un caso de abusos sexuales. El documento, además, será actualizado cada vez que varíe la normativa canónica vigente.

Así, la Iglesia respetará y alentará "el que las víctimas ejerzan el derecho de actuar según su conciencia en lo que se refiere a la denuncia ante las autoridades estatales, sin excluir la posibilidad de que la propia diócesis o el instituto pueda, en su caso, personarse en el proceso penal correspondiente".

El traslado de los sacerdotes acusados no es "suficiente"

Entre las medidas que los obispos españoles han señalado en la guía, se ha clarificado que el traslado de un sacerdote acusado de abusos sexuales "no es en principio una medida cautelar suficiente".

Se aconseja, sin embargo, tener en cuenta "circunstancias" como "si el acusado desempeña o no una actividad pastoral que implique contacto con menores, si se trata de una denuncia sobre hechos recientes o sobre hechos lejanos en el tiempo o si los hechos han sido admitidos por el propio acusado".

En el caso de que el acusado se declare inocente y existan datos fundados que hagan verosímiles las acusaciones, la instrucción recomienda apartarlo del ejercicio del ministerio sagrado o de un oficio o cargo eclesiástico, imponerle o prohibirle la residencia en un lugar o territorio, o también prohibirle que celebre o reciba públicamente la santísima eucaristía", todo ello "con el fin de evitar el escándalo, defender la libertad de los testigos y garantizar el curso de la justicia".

Desconocer que era menor no es "atenuante"

En el caso de los religiosos, la guía dicta igualmente que se deberá imponer la expulsión del instituto "a menos que el superior juzgue que la expulsión no sea absolutamente necesaria". Además, se especifica que "la ignorancia o el error por parte del acusado acerca de la edad del menor no constituye circunstancia atenuante o eximente".

La instrucción también señala a los cardenales, obispos, sacerdotes, religiosos o laicos con responsabilidades en la Iglesia que encubran u obstruyan investigaciones de la justicia con "acciones u omisiones dirigidas a interferir o eludir investigaciones civiles o canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o un religioso" por delitos de abusos sexuales contra menores.

Atendiendo a la responsabilidad jurídica de los obispos, de los superiores mayores y de las instituciones de la Iglesia, el documento indica que "debe ser delimitada en función de lo que, con certeza y de manera efectiva, se hubiera podido hacer para evitar el delito" y añade que "no puede ponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados, ni al denunciante, ni a la persona que afirma haber sido perjudicada, ni a los testigos".

La instrucción establece asimismo la obligación de denunciar "cada vez que un clérigo o un miembro de un instituto de vida consagrada o de una sociedad de vida apostólica, o cualquier fiel tenga noticia o motivos fundados para creer que se ha cometido" un delito de abusos a menores, excepto si es bajo secreto de confesión.

No obstante, en relación con las obligaciones de denunciar y de testificar, dicta que "no están sujetas al secreto pontificio" las denuncias, los procesos y las decisiones concernientes a los delitos de abusos sexuales contra menores, y que "el secreto de oficio no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal, incluidas las eventuales obligaciones de denuncia".

Situaciones "extremadamente dolorosas e inaceptables"

Según la CEE, entre las actitudes "más repudiables" en el ministerio y la vida de un sacerdote, se encuentran "el autoritarismo, el abuso de poder y, de modo muy especial, el abuso sexual contra menores, contra quienes tienen habitualmente un uso imperfecto de razón y contra aquellos a los que el derecho reconoce igual tutela".

Se tratan de situaciones "extremadamente dolorosas e inaceptables" que causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas, y perjudican a la comunidad de fieles, ha continuado.

Por ello, "aprendiendo de las amargas lecciones del pasado y mirando al futuro con esperanza", la Iglesia ha asumido el compromiso de adoptar los mecanismos procedimentales que permitan "prevenir y combatir estos crímenes que traicionan la confianza de los fieles".

Las disposiciones de la instrucción hecha pública este martes son también de aplicación, en la medida en que resulte procedente, a los miembros no clérigos de institutos de vida consagrada o de sociedades de vida apostólica, o a cualquier fiel que goce "de alguna dignidad o desempeña un oficio o una función en la Iglesia".