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El Supremo propone juzgar al diputado del PP Alberto Casero por malversación y prevaricación

  • Considera que hay indicios sólidos de presuntas irregularidades en cinco contratos cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres)
  • Casero ha pedido de forma voluntaria la suspensión de militancia en el Partido Popular pero mantiene su escaño

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El diputado del PP Alberto Casero
El diputado del PP Alberto Casero

El magistrado instructor del Tribunal Supremo Andrés Palomo ha propuesto juzgar al diputado del PP Alberto Casero por los delitos de prevaricación y malversación en relación a presuntas irregularidades en cinco contratos cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.

Fuentes del PP han informado de que Alberto Casero ha pedido de forma voluntaria la suspensión de militancia en el partido aunque mantendrá su escaño en el Congreso.

El juez ha dictado un auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, en el que da diez días de plazo al fiscal para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento.

Fue en marzo de 2022 cuando el Supremo decidió abrir causa contra Casero después de que el juzgado de Trujillo se inhibiera a su favor. Entonces, en ocho folios, el tribunal repasaba la exposición razonada del juzgado de Trujillo, que abrió diligencias previas en virtud de una denuncia de la Fiscalía relativa a determinados contratos, acuerdos o convenios concertados en 2017 y 2018 por Casero con terceros.

"Reiteradas y admitidas irregularidades"

En el auto, el magistrado explica que en su etapa como alcalde de Trujillo, entre marzo de 2017 y diciembre de 2018, Casero concertó con diferentes personas y entidades una serie de contratos de servicio, patrocinio o convenios, incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto, por la normativa aplicable en cada caso.

Añade que esta normativa "establecía formalidades encaminadas cuando menos a que constara su existencia en el Consistorio mediante la apertura del correspondiente expediente conteniendo la debida resolución por parte del órgano de contratación aprobando el gasto, con justificación de su necesidad y la posterior aportación de la factura correspondiente a los trabajos objeto del contrato".

El juez le imputa el delito de prevaricación porque su actuación "no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico".

Así, habla de "vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, asunción directa de pagos por la integridad de los servicios que además de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte; plenamente subsumibles en el ilícito de prevaricación".

Considera, además, que los hechos encajan en un delito de malversación que sanciona a la autoridad que tiene a su cargo los caudales por razón de sus funciones y que lejos de destinarlos al cumplimiento de las atenciones públicas, los separa de las mismas, y extrayéndolos del control público con ánimo de lucro los incorpora a su patrimonio haciéndolos propios o consiente que otro lo haga. No obstante, precisa que "no es este el momento idóneo" para concluir la incidencia de la reforma penal que modifica la malversación.

Entre dichas contrataciones figura la de un psicólogo ocultándolo al Ayuntamiento, quien cobró 6.120 euros por cuatro meses y suscribió un contrato de 18.000 euros por un año de servicios; el pago de 25.000 euros por un convenio con el presidente de la Cámara de Comercio de Perú en España, la aportación de 36.000 euros para eventos organizados por la Asociación Cultural Bon Vivant, en concreto la gala de entrega de los premios 'Pop Eye', más otros costes por valor de 9.349 euros más IVA; un contrato de 14.303 euros más IVA con la empresa Icaro Consultores en Comunicación, SLU, para la organización de un evento y otro por más de 15.000 euros con Radio Interior SL para la comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo.

Suspensión de militancia automática

Tras conocerse el auto del juez instructor, Alberto Casero ha pedido la suspensión provisional de militancia en el PP, algo que, de no haber hecho voluntariamente, se habría acordado de forma automática por parte del Comité de Derechos y Garantías porque así lo fijan los estatutos del partido cuando un "afiliado esté incurso en un proceso penal respecto de los cuales se haya dictado auto de apertura de juicio oral por un delito relacionado con la corrupción".

El reglamento interno de los populares también fija que la expulsión del partido se hace efectiva "en el momento de que se dicte sentencia firme por corrupción. Casero tenía expediente abierto en el PP desde que el Supremo pidió el suplicatorio para procesarle, un trámite que el Congreso concedió en octubre pasado.

Este expediente hubiese mutado en disciplinario al conocerse la apertura de juicio oral. Al conservar su escaño, Casero mantiene el aforamiento y su puesto en el Congreso, sin que desde el PP se haya aclarado por el momento si seguirá en su bancada o pasará al Grupo Mixto.

Secretario de organización bajo la dirección de Pablo Casado, donde trabajaba a las órdenes de Teodoro García Egea, Casero fue el diputado que con su voto a favor permitió aprobar la reforma laboral.