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La Fiscalía estudia si necesita unificar criterios ante la ley del 'solo sí es sí' tras la rebaja de condenas

  • Sánchez aboga por esperar a que los tribunales y la Fiscalía unifiquen doctrina y defiende la ley
  • Igualdad culpa al "machismo" y dice que el problema no está en la ley pero varias ministras socialistas piden revisarla

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Varios tribunales han rebajado condenas a agresores sexuales en aplicación de la ley 'solo sí es sí'
Varios tribunales han rebajado condenas a agresores sexuales en aplicación de la ley 'solo sí es sí'.

La Fiscalía General del Estado está estudiando las revisiones de condenas a agresores sexuales en aplicación de la ley 'solo sí es sí', que de momento se están resolviendo caso por caso, y si lo estima necesario elaborará una circular para unificar criterios.

Después de que varias resoluciones judiciales hayan rebajado condenas de agresores sexuales en aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del 'solo sí es sí', fuentes de la Fiscalía explican que están analizando las revisiones.

Desde Bali, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha expresado su plena confianza en la Justicia y en su "sensibilidad" frente a los delitos sexuales y ha abogado por esperar a que los tribunales unifiquen doctrina antes de tomar cualquier decisión sobre la ley del "sí es sí". Sin embargo, varias ministras socialistas están pidiendo ya que se estudie posibles fallos en la ley para rectificarlos, mientras que la titular de Igualdad, María Jesús Montero, niega que haya un problema en la ley y señala que es el "machismo" el que está haciendo que algunos jueces no interpreten correctamente la norma.

En algunas de los autos a los que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía no se opuso a la rebaja de las penas solicitada por las defensas y acordadas por los tribunales. Avaló también la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de rebajar de oficio, de seis a cuatro años, la pena impuesta a un hombre por un delito de violación.

En los tribunales de Madrid se han revisado ya varias sentencias. En tres casos, a cuyas resoluciones ha tenido acceso Europa Press, se bajaron las penas en cinco años, para uno, y en dos años, para los otros dos.

No obstante, fuentes jurídicas avisan de que la Audiencia Provincial de Madrid se enfrenta a decenas de revisiones de condena. Por ello, los presidentes de sus quince secciones penales han acordado reunirse el próximo 25 de noviembre para "unificar criterio". Las fuentes subrayan que el cónclave ya estaba fijado con anterioridad a la polémica suscitada porque es lo habitual cuando hay un cambio legal sustantivo.

Más allá de Madrid, en la Audiencia Provincial de La Rioja se han revisado ya 54 sentencias tras la entrada vigor de la 'ley del solo sí es sí' pero hasta el momento ninguna ha sido modificada. En otras comunidades, como Valencia o Extremadura, por ahora no consta ninguna revisión, de acuerdo con las fuentes consultadas.

La jurisprudencia depende del Supremo

Cabe recordar que las revisiones efectuadas por los jueces y tribunales son susceptibles de recurso y que podrían llegar hasta el Tribunal Supremo (TS), la sede judicial llamada a fijar jurisprudencia.

Es el caso del auto dictado el pasado 7 de noviembre por la sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, donde el Supremo confirmó la sentencia que condenó a un hombre que abusó de una menor de 16 años. Finalmente, ha pasado de los 8 a los 6 años de cárcel, aunque los magistrados subrayan que es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Penal del TS.

"Con ocasión de la reforma operada mediante la LO 10/2022, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, de reforma del Código Penal (CP) en delitos contra la libertad sexual, la pena mínima que se contempla el artículo 183.1 y 3 es de 6 años de prisión, razón por la que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2 del CP resulta ésta más favorable para el reo, por lo que procede la revisión en el sentido interesado por el penado", explica la Audiencia de Madrid.

Asimismo, subraya que en este caso "se consideró prudente imponer el mínimo de la pena impuesta en ese tiempo, por lo que la revisión ha de producirse en los mismo términos, esto es, reduciendo la pena de prisión a 6 años con todas las consecuencias que la fueran favorables, por lo que se deberá proceder a hacer una nueva liquidación de condena".

Siguen las revisiones: escarcelan a dos agresores en Baleares

Mientras, siguen saliendo casos de agresores que han visto rebajadas sus penas. En Baleares, dos hombres condenados por agresión sexual sin penetración han sido excarcelados después de revisar sus sentencias desde el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB). Se les rebajó la pena a dos años de prisión y, como ambos agresores llevaban dos años privados de libertad, se ordenó su salida de la cárcel.

Desde el TSJIB señalan a Efe que la Audiencia Provincial está pendiente de acordar en una reunión el criterio a llevar a cabo en las islas para cumplir con la modificación de esta norma y con el fin de unificarlo ante la ley del solo sí es sí.

Mientras, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado de cuatro años y medio de prisión a tres años y un día la pena que le fue impuesta a un hombre, condenado por un delito de agresión sexual en tentativa. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que aunque procede desestimar el recurso que la defensa del acusado presentó contra la condena impuesta por la Audiencia Provincial al considerar probados los hechos, sí procede hacer esa rebaja en la pena por ser la nueva ley más beneficiosa que la anterior.