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Desinformaciones sobre la nueva ley de protección animal: esto dice el texto del proyecto

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Mensajes que difunden desinformaciones sobre la ley de protección, derechos y bienestar de los animales con el sello: VerificaRTVE
Mensajes que difunden desinformaciones sobre la ley de protección, derechos y bienestar de los animales

A lo largo de este verano hemos visto aparecer en redes sociales y páginas web numerosos comentarios y mensajes relativos al proyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales. Se han difundido mensajes que dicen, por ejemplo, que el Gobierno multará a los propietarios de perras que queden preñadas o que se prohíbe poner trampas para ratones. Algunos de estos mensajes desinforman sobre lo que realmente dice el proyecto de ley o transmiten una idea equivocada sobre sus consecuencias. Te lo explicamos.

¿Hace falta una ley sobre bienestar animal?

Según afirma el preámbulo del proyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales aprobado por el Gobierno “en España en uno de cada tres hogares se convive con al menos una mascota y en la actualidad hay trece millones de animales registrados e identificados. Pese a ello, se estima que aproximadamente el 50% de los animales de compañía están fuera del control oficial (pág. 2)”. El Director General de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, sostiene que la nueva ley del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es necesaria para homogeneizar las normas autonómicas ya existentes y trasladarlas al ámbito estatal.

El texto, que se aprobó el 1 de agosto en el Consejo de Ministros, regula el trato que deberán recibir los animales de compañía. Su ámbito de aplicación son los animales domésticos y silvestres en cautiverio, “básicamente perros, gatos, peces y pájaros”, apunta García Torres. El objetivo principal de esta nueva legislación es prevenir el alto grado de abandono de animales en España. Según un informe publicado por la Fundación Affinity, en el año 2020 se abandonaron 286.000 perros y gatos. Otro de los objetivos, según García Torres, es el “sacrificio cero”, ya que cada año se acaba con la vida de “más de 100.000 animales en las perreras de forma legal”.

El mismo día 1 de agosto también se acordó solicitar la modificación del Código de Protección y Bienestar Animal. Lo más destacado de este cambio legislativo distinto del anterior es la ampliación del delito de maltrato animal a todos los vertebrados, por lo que también quedan incluidos aquellos que viven libres en su medio natural. Desde las redes sociales y algunos medios de comunicación se han difundido contenidos desinformativos que mezclan ambas normativas y que han generado titulares polémicos en torno a la que denominan ‘Ley Belarra’ en referencia a la ministra de Derechos sociales y agenda 2030.

¿Habrá multa para el dueño de una perra que se quede embarazada?

Las redes sociales han difundido numerosos mensajes que alertan sobre posibles multas de entre 500 y 10.000 si una perra se queda embarazada. (1 y 2). A estos mensajes les falta contexto. El artículo 27 de la ley establece la prohibición de la cría de animales de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía (pág 29). Según Sergio García Torres esta es una inscripción abierta a todos los propietarios de mascotas “online, fácil y gratuita”, cuya finalidad “no es que el criador sea profesional, sino simplemente registrar a todos los animales que nazcan”. García Torres añade que, “no se va a multar a quien accidentalmente se le quede embarazada una perra”, pues si esto ocurre, “el dueño puede registrarse como criador o interrumpir el embarazo”.

De acuerdo con la nueva ley, cuando el dueño de un cachorro no pueda demostrar su procedencia y no esté inscrito como criador, se considerará que ha cometido una infracción leve, que prevé multas de entre 500 y 10.000 euros (pág 62). El objetivo de esta norma, explica García Torres, es mantener un sistema de “control de trazabilidad” y evitar los “abandonos animales”.

¿La nueva ley prevé multas a mendigos por pedir limosna con sus perros?

Tras la aprobación del proyecto de ley también se han difundido tuits que denuncian que los sintecho serán multados por valerse de sus perros para mendigar (1, 2 y 3). El Director de Derechos de los Animales explica a VerificaRTVE que se trata de una norma que ya está recogida en algunas legislaciones autonómicas (Andalucía (pág. 4), Galicia (artículo 9), Madrid, Murcia (pág 12), La Rioja (pág. 7)). García Torres aclara que ni se ha multado a mendigos por pedir junto a un perro ni es el objetivo de la ley.

El artículo 25 del texto prohíbe utilizar a animales de compañía y silvestres en cautividad de forma ambulante como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos (pág 28). Sergio García Torres matiza que lo que plantea la ley es erradicar los “casos en los que se utilizan animales, a veces drogados y con un evidente maltrato” para ejercer la mendicidad. El Director General de Derechos de los Animales asegura que “no se va a multar a una persona sin hogar que conviva en la calle con un animal” ni por estar pidiendo “con un animal al lado”.

¿Ciertos animales como el zorro quedarán desamparados con la nueva ley como denunció PACMA?

El Partido Animalista PACMA utilizó su perfil de Twitter para compartir una noticia sobre la muerte de un zorro al que habían colocado un cencerro y denunciar que, con la nueva ley, animales como este “quedarán desamparados”. El texto completo del mensaje es este: “Muere un zorro al que habían colocado un cencerro en el cuello tras semanas agonizando. Con la futura ley de protección, animales como él quedarán desamparados. @ionebelarra @sanchezcastejon, ¿no os da vergüenza?”. Este texto puede ser interpretado por el lector de dos maneras: según la primera, el zorro torturado no cuenta con ninguna protección debido a la nueva ley. Según la segunda, la nueva ley no protege expresamente a los zorros.

Dar a entender que no existe ninguna protección para los zorros debido a la nueva ley es engañoso. El Director General de Derechos de los Animales considera que este mensaje es “desinformación intencionada” y que “se pretendía un engaño”. Argumenta que el zorro no estará amparado por la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales porque ésta sólo se aplicará a animales domésticos y que es la modificación del código penal, que también se aprobó el día 1 de agosto, la que le protegerá pues su ámbito de aplicación se amplía de animales domésticos a “cualquier vertebrado” (pág 1). Sergio García Torres subraya que este cambio en el código penal servirá para “proteger por primera vez a un animal silvestre en libertad como un zorro, que antes no se protegía”.

El Partido Animalista PACMA sostiene que la interpretación del tuit que debe prevalecer es la segunda pues la nueva ley de protección animal excluye de su ámbito de manera expresa a la fauna silvestre (Pág. 9). La responsable jurídica de PACMA, Eva Ramos, explica que a este partido lo que le gustaría es que “no se hubiera excluido a ningún animal” del ámbito de la ley de manera que, además de las mascotas, también pudieran entrar los animales silvestres, los de lidia, los que se usan para experimentos científicos y los de producción (que realizan trabajos).

Ramos lamenta que la nueva ley sea más restrictiva que algunas que ya existen en algunas autonomías y teme que “las leyes autonómicas que actualmente amparan a todos los animales, incluidos los de producción, reduzcan su ámbito de aplicación”. Preguntada por la modificación del Código Penal para que proteja “a todos los vertebrados”, Ramos dice que “es una mejora” pero lamenta que el Código Penal permita actividades como la caza.

¿Puedo ir a la cárcel por poner una trampa a un ratón?

Otro de los mensajes que circula en Twitter acusa al proyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales de prever “cárcel si eliminas una plaga de ratones en casa”. Es falso. Este texto solo afecta a animales domésticos y silvestres en cautividad, entre ellos no están los ratones, considerados “fauna urbana”. Este supuesto viene recogido como una excepción en el Código Penal en materia de maltrato animal.

Sergio García Torres explica que la modificación del Código Penal “excluye directamente cualquier tipo de ejecución de control de plagas”. Añade que ”si se establece un sistema para eliminar algún tipo de animal que pueda suponer un problema de salud pública, nunca va a ser considerado un delito de maltrato animal” y por tanto nadie irá a la cárcel por poner una trampa a un ratón en su casa.

¿Qué pasa con los toros?

En redes sociales algunos usuarios han denunciado que los toros no están protegidos con la nueva legislación. “Los espectáculos taurinos” quedan excluidos del Código de Protección y Bienestar animal (pág 56). Esta actividad está regulada en una ley distinta que considera a la tauromaquia como “patrimonio cultural”. Para Sergio García Torres “es un debate que hay que poner sobre la mesa, pero no en el ámbito de esta norma” porque los toros “no son animales de compañía”.

¿Puede un animal exótico criar en un domicilio como si fuera una mascota?

Nos habéis preguntado si la nueva ley os permitirá quedaros con vuestros animales exóticos y si éstos podrán reproducirse. La respuesta es depende. Solo se podrá importar, criar y comerciar con los animales incluidos en el nuevo “listado positivo” (pág.39) de especies permitidas como animales de compañía. Sergio García Torres explica que “las especies que estarán en el listado positivo aún no están determinadas, muchas tendrán que entrar después de valoración de la mesa científica de expertos, que se creará una vez la ley se apruebe definitivamente”.

Si el animal está está en la lista “será con todas las condiciones animal de compañía y se podrá criar estando registrado como criador”, apunta García Torres. El tratamiento será similar al de un perro, teniendo en cuenta que “cada animal según sus características tendrá particularidades, más relacionadas con el espacio donde viven y con la capacidad de cría”, añade el Director de Derechos de los Animales.

Si el animal no está en la lista, García Torres indica que existirá un “mecanismo de transición” por el que los propietarios podrán “registrar a sus animales y tenerlos de por vida”. Lo que no estará permitido es que se reproduzcan y no se podrá comerciar con ellos.

*26-08-2022 a las 18:40 h. Actualización para incluir el punto de vista de PACMA

*22-08-2022 a las 14:35 h. Actualización para incluir el último ladillo sobre la cría de animales exóticos.

Primera fecha de publicación de este artículo: 17/08/2022.