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Alemania

Dos años de cárcel por ofrecer el aborto: la ley nazi en el punto de mira del Gobierno alemán

  • El gobierno alemán eliminará del Código Penal el castigo a los médicos por informar en páginas web sobre el aborto
  • Actualmente está penado con hasta 2 años de cárcel y multas por un artículo que data de 1933

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Dos años de cárcel por ofrecer el aborto: la ley nazi en el punto de mira del Gobierno alemán

En Alemania no hay una ley del aborto propiamente dicha, pero sí una norma de la época nazi. Ahora, el Gobierno de Olaf Scholz busca reformar este artículo para "apoyar a las mujeres sin tener que temer una persecución judicial".

La interrupción voluntaria del embarazo está contemplada en cuatro artículos del Código Penal (desde el 218 al 221) donde se empieza por calificar el aborto como ilegal, castigando con hasta tres años de cárcel (cinco en casos graves) a quien lo practique y con hasta un año para la mujer. A pesar de esa ilegalización general del aborto, se establecen excepciones que lo hacen bastante accesible antes de las primeras 12 semanas.

En ese tiempo, la única condición es que la mujer que decida abortar acuda previamente a una sesión de asesoramiento en un centro especializado. Puede acudir sola o acompañada y elegir si quiere que la atienda un médico o una médica. Tras esa sesión de asesoramiento, obtendrá un certificado con el que puede acudir a su clínica ginecológica donde le podrán practicar el aborto una vez hayan pasado tres días (tiempo de reflexión para la madre) y siempre que no hayan pasado las primeras 12 semanas.

Si ha habido violación, el médico podrá practicar el aborto sin la necesidad de ese certificado. Y también es posible abortar fuera del periodo de 12 semanas si hay peligro físico o psíquico para la madre.

Hasta dos años de cárcel por informar públicamente sobre el aborto

Los médicos, así como organizaciones feministas han criticado durante décadas que en el Código Penal alemán hay, desde 1976, una contradicción: mientras que se exige una asesoría obligatoria para practicar un aborto, se castiga con hasta dos años de cárcel si un médico o una clínica anuncia o informa de que practica abortos y explica (por ejemplo, en una página web) los posibles procedimientos.

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Eso es lo que hace el artículo 219 del Código Penal que data de 1933, en plena época nazi, cuando abortar iba en contra de la obligación de los ciudadanos alemanes de traer al mundo descendencia para reforzar a la patria. Y va directamente dirigido a impedir que médicos y clínicas informen públicamente sobre las posibilidades de abortar y los procedimientos para llevarlos a cabo, castigándolos con hasta dos años de prisión.

El asesoramiento previo está prohibido y considerado como "publicidad con ánimo de lucro", en términos parecidos a como figura "la promoción comercial del suicidio".

El artículo ha sobrevivido 88 años en el Código Penal (Strafgsetzbuch) y ha sido ampliamente utilizado por los grupos antiabortistas para denunciar a médicos.

Una de las últimas condenas fue a la doctora Christina Hänel, de Giessen, por ofrecer información en su página web. Fue condenada inicialmente en 2017 a 6.000 euros y en 29019 la pena fue reducida a 2.500 euros.

Acuerdo de gobierno para reformar el artículo

Desde hace décadas grupos feministas y de izquierdas han intentado la reforma del controvertido artículo del Código Penal, considerándolo inconstitucional, pero siempre han contado con la oposición de la CDU/CSU.

En el acuerdo de coalición del nuevo gobierno figura una reforma de las normas que regulan el aborto. El nuevo Ministro de Justicia, Marco Buschmann, del partido liberal (FDP), habla de una "situación que no se puede sostener más" y ya tiene preparada la derogación del artículo 219 porque "los médicos y médicas deben apoyar a las mujeres en esa difícil situación sin tener que temer una persecución judicial".

En Alemania el número de abortos practicados baja cada año. Si en 1996 se practicaban unos 130.000 abortos cada año, en 2020 fueron unos 100.000.

Existen tres posibilidades diferentes de interrumpir el embarazo: farmacológico, quirúrgico con anestesia local y quirúrgico con anestesia general. Normalmente, las aseguradoras solo se hacen cargo de los costes si está indicado desde el punto de vista médico.