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Coronavirus

La Justicia avala el uso del certificado COVID en Cataluña y Navarra

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Archivo: Pasaporte COVID europeo en un móvil. Foto: Olivier MORIN / AFP.
Archivo: Pasaporte COVID europeo en un móvil. 

La Justicia ha avalado el uso del certificado COVID en Cataluña y Navarra para el acceso a ciertos espacios y eventos, y considera las medidas proporcionadas y necesarias para contener la expansión del coronavirus.

Otras comunidades, como Baleares y Galicia, ya exigen el certificado, y de hecho el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha autorizado este jueves al Govern a mantener el requisito de pedir el certificado para entrar en discotecas y en residencias de ancianos hasta el 8 de diciembre.

Sin embargo, estas decisiones favorables contrastan con la adoptada por el del País Vasco, que no autorizó una medida similar.

La Comunidad Valenciana también ha anunciado que solicitará al Tribunal Superior autorización para aplicarlo en restauración y locales de ocio de mayor aforo.

Cataluña: restauración, gimnasios y residencias

La sección tercera de la sala contenciosa administrativa del Alto Tribunal catalán autoriza a la Generalitat a imponer el pasaporte COVID para acceder a bares y restaurantes (excepto en las terrazas), en las visitas a residencias geriátricas, en gimnasios, congresos, convenciones, ferias comerciales, teatros, cines, auditorios y galerías comerciales, entre otros, como le solicitó el pasado martes la administración catalana.

No obstante, el tribunal advierte a la Generalitat que si desea ampliarlo deberá argumentarlo mejor.

La Fiscalía se ha opuesto en un informe a la solicitud del Govern, que prevé que esta nueva medida entre en vigor en la medianoche del viernes, una vez sea publicada en el Diario Oficial de la Generalitat, con una vigencia de 14 días.

En Cataluña ya se exigía el uso del pasaporte COVID desde el pasado 7 de octubre para entrar en locales de ocio nocturno en interiores y desde inicios de noviembre también para banquetes, celebraciones y actos que se celebren en hoteles y restaurantes con posibilidad de baile.

La sala estima que la medida es "idónea" para la lucha contra la propagación del virus "en un entorno en el que la actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social y dificultad de mantener la distancia social con mascarilla puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas".

También considera que la solicitud de la Generalitat es "necesaria", dada la incidencia que aún se mantiene en Cataluña en la propagación del coronavirus y que se pueden dar escenas de "súperpropagación".

Las mañanas de RNE con Íñigo Alfonso - Juan Gestal, epidemiólogo: "Hay que exigir el certificado COVID en todo el ocio" - Escuchar ahora

Navarra: certificado para restaurantes y ocio nocturno

Por su parte, el Tribunal Superior de Navarra ha estimado la solicitud del Gobierno foral y ha autorizado la exigencia del certificado para acceder a restaurantes de más de 60 comensales y ocio nocturno.

La medida incluye establecimientos con licencia de discoteca o salas de fiesta, y eventos multitudinarios de carácter cultural en espacios interiores con consumición de comida o bebida de más de 1.000 personas, según ha informado el TSJN en una nota.

En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN sostiene que, a la vista de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los informes aportados por el Ejecutivo navarro, las medidas acordadas en la Orden Foral son "idóneas, necesarias y proporcionadas".

Al respecto, los magistrados aseguran que el certificado covid "es una herramienta más" para evitar la transmisión y además "de menor impacto en los derechos fundamentales".

El Tribunal agrega que su objetivo es, siempre unido al mantenimiento de las medidas preventivas como el uso adecuado de la mascarilla y la ventilación, contribuir a reducir la probabilidad de contagio en aquellos espacios con más riesgo, e indirectamente estimular la vacunación.