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La UE multa a España con 15 millones por no incorporar la norma de protección de datos en la cooperación policial

  • El Gobierno deberá pagar 89.000 euros al día hasta que no trasponga la directiva
  • La fecha límite para incorporar la norma al ordenamiento jurídico español era el 6 de mayo de 2018

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Imagen de archivo del Tribunal de Justicia de la UE
Imagen de archivo del Tribunal de Justicia de la UE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado a España a pagar una multa de 15 millones de euros por no haber adoptado a tiempo la directiva de protección de datos personales para facilitar su intercambio entre las autoridades policiales y judiciales para investigar y castigar delitos.

Además de la multa a tanto alzado, el tribunal con sede en Luxemburgo impone a España el pago de una sanción diaria de 89.000 euros si el incumplimiento todavía persiste y hasta que sea transpuesta a la legislación nacional la norma de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales.

El caso se remonta a julio de 2018, cuando la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España por no haber aprobado estas normas, que debían haber sido adoptadas por los Estados miembros antes del 6 de mayo de 2018. Tras un año de intercambios con las autoridades españolas, Bruselas elevó el asunto a la Justicia europea en julio de 2019.

Con un Gobierno en funciones

España no negó haber incumplido sus obligaciones, pero argumentó que las "circunstancias institucionales muy excepcionales" que existían habían "retrasado" las actividades del Gobierno y del Congreso. En concreto, adujo que el Gobierno se encontraba entonces "en funciones" y este hecho era de "singular relevancia a la hora de valorar la proporcionalidad de las sanciones" que había propuesto el Ejecutivo comunitario.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia declara el incumplimiento de España y subraya, en concreto, que el 25 de marzo de 2019, día que la Comisión Europea había fijado como fecha límite antes de llevar el caso a la Justicia, el país seguía sin adoptar las medidas requeridas.

A esto, la Corte europea añade que España ha "persistido" en el incumplimiento, puesto que "en la fecha de terminación de la fase escrita ante el TUE, el 6 de mayo de 2020, no había adoptado ni comunicado las medidas necesarias para garantizar la transposición de la directiva al Derecho español".

Por ello, los jueces europeos consideran que la condena al pago de una multa coercitiva "constituye un medio apropiado para garantizar que el Estado ponga fin, lo antes posible, al incumplimiento declarado" y considera la suma a tanto alzado una "medida disuasoria" para evitar "la repetición futura de infracciones análogas que afecten a la plena efectividad del Derecho de la UE".

La Comisión pedía multas más altas

Esta es la primera sentencia en la que el TJUE impone estos dos tipos de sanciones económicas al mismo tiempo, indicó la corte en un comunicado. El Ejecutivo comunitario había solicitado importes ligeramente superiores una multa de 15,5 millones y una sanción coercitiva de 89.548,20 euros por cada día de retraso en la transposición desde este jueves.

El Consejo de Ministros aprobó el 9 de febrero un proyecto de ley para regular el uso y la protección de datos personales utilizados en las investigaciones y enjuiciamiento de delitos, con la que se introducirá la directiva europea en la legislación española. Este será tramitado en el parlamento por la vía de urgencia.

Este mismo martes el Ejecutivo aprobó un acuerdo para mejorar el proceso de negociación e incorporación del derecho europeo al ordenamiento jurídico español. A partir del 1 de septiembre se abrirá un plazo de tres meses para conocer las propuestas legislativas europeas, se estudiará su impacto y se permitirá la participación de ciudadanos, afectados y expertos, para mejorar la posición negociadora de España.