Enlaces accesibilidad

Torra alega ante la Junta Electoral que solo el Parlament de Cataluña y el TSJC pueden inhabilitarlo

  • El fallo del TSJC no es de ejecución inmediata porque no es sentencia firme
  • El PP invoca la LOREG, que establece que son inelegibles los condenados en sentencia

Por
Boletines RNE - Torra alega ante la Junta que solo el Parlament y el TSJC pueden inhabilitarle

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha alegado este lunes ante la Junta Electoral que solo el Parlament de Cataluña y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tienen competencias para inhabilitarle, después de que el PP pidiera que se le retirara la credencial como electo por la sentencia condenatoria de inhabilitación por no retirar los lazos amarillos.

La defensa del presidente catalán ha presentado este lunes un escrito de alegaciones ante la Junta Electoral Provincial de Barcelona, a raíz de la petición planteada por el PP de que se ejecute la sentencia.

Dado que el fallo del TSJC que condena a año y medio de inhabilitación a Torra por no retirar los lazos no es de ejecución inmediata pues no es sentencia firme, el PP invoca la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que establece que son inelegibles los condenados en sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública, entre los que se encuentra la desobediencia.

Intento de "fraude de ley"

Torra argumenta ante la Junta que la petición del PP es un "intento de fraude de ley" por el que se prevé "privar" al Parlament y al TSJC de sus competencias, además de una "intromisión ilegal" en las funciones propias del Tribunal Supremo, que deberá resolver el recurso que el presidente catalán presente contra su condena a inhabilitación.

Para Quim Torra, lo que el PP pretende es forzar la "ejecución provisional encubierta, por autoridad manifiestamente incompetente" de la condena a inhabilitación que el TSJC le impuso la semana pasada por desoír la orden de la Junta Electoral de retirar los lazos amarillos de edificios públicos en período de elecciones.

El escrito presentado ante la Junta razona también que la Generalitat, pese a no disponer de ley electoral propia, sí tiene reguladas expresamente las incompatibilidades de los diputados, y recuerda que, en cualquier caso, ni el Estatut ni ninguna otra norma exige mantener la condición de diputado durante toda la legislatura para seguir ejerciendo como presidente del Govern.

"Vulneración palmaria" de sus derechos fundamentales

Torra argumenta, además, que si pierde su condición de diputado tendrá lugar una "vulneración palmaria" de sus derechos fundamentales, reconocidos no solo en la Constitución, sino también en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

En ese sentido, el escrito se remite a la sentencia del pasado jueves del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que avaló la inmunidad de Junqueras, un fallo que, recuerda, obliga a los jueces españoles a dejar sin aplicar aquellas disposiciones nacionales que sean contrarias al derecho europeo.

La defensa de Torra denuncia también en su escrito la "indefensión" que le ha causado el estrecho plazo que le concedió la Junta Electoral para presentar alegaciones a la petición del PP, que expiraba a las 09.00 horas de este lunes.