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Desafío soberanista en Cataluña

Las 10 claves del procesamiento: "Los soberanistas volverán al plan de ruptura al terminar el artículo 155"

  • El Supremo ha procesado a 25 de los 28 investigados por el 'procés'
  • 13 serán encausados por rebelión, con penas de más de 30 años de cárcel
  • El juez ve "hechos de gravedad inusitada y sin parangón" en ninguna democracia
  • Apunta a que Puigdemont, Junqueras y Forn sabían que el 1-O habría violencia
  • Destaca el papel básico de 'los Jordis' y la "desobediencia incansable" del Parlament

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El juez Llarena afirma que los 25 procesados idearon una minuciosa estrategia para imponer la independencia

El Tribunal Supremo ha procesado este viernes por un delito de rebelión a 13 investigados en la causa por el denominado 'procés' hacia la independencia, entre ellos los principales miembros del exGovern: el expresidente Carles Puigdemont; el exvicepresidente Oriol Junqueras; el actual candidato a la investidura, Jordi Turull; y los exconsellers Joaquím Forn, Raül Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa, Clara Ponsatí y Antoni Comín.

Además, acusa de este grave delito a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que este mismo viernes ha huido de España; además de a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; el exlíder de la ANC y excandidato a president, Jordi Sànchez; y el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart.

El juez Pablo Llarena ha argumentado en su auto de procesamiento (pdf.) los motivos por los que 25 de 28 de los investigados se enfrentarán a un juicio por el delito de rebelión ya citado, y por otros como desobediencia y malversación.

Estas son las 10 claves del auto de procesamiento:

1. Los soberanistas volverán al plan de ruptura al terminar el 155

El juez sospecha que la estrategia de ruptura del soberanismo no ha terminado con la aplicación del artículo 155 de la Constitución, sino que se encuentra "latente y pendiente de reanudación" cuando se recupere "el pleno control" de las competencias autonómicas.

Añade que "la estrategia está puntualmente larvada y trata de servirse de un relevo de sus protagonistas".

2. Hechos de "una gravedad inusitada y sin parangón en ninguna democracia"

Llarena concluye que la causa que ha investigado "hace frente a un ataque al Estado constitucional que, con la voluntad de imponer un cambio en la forma de gobierno para Cataluña y del resto del país, integra una gravedad y persistencia inusitada y sin parangón en ninguna democracia de nuestro entorno".

En el auto de procesamiento, el magistrado otorga una especial gravedad a lo ocurrido en Cataluña "más aún por haberse desplegado aprovechando las facultades políticas y de gobierno que la propia Constitución otorga precisamente para la garantía de los derechos de todos los ciudadanos de esta comunidad autónoma y del país”.

3. Puigdemont, Junqueras y Forn sabían que el 1-O habría "incidentes violentos"

Otro de los argumentos del juez para aplicar el delito de rebelión a Puigdemont, Junqueras y Forn es que fueron advertidos en la reunión de coordinación policial sobre el referéndum del 1-O del "grave riesgo" de "incidentes violentos" el día de la consulta. "Conocían la gravedad de la protesta del 20 de septiembre ante la Consejería de Economía y decidieron continuar con el referéndum y llamaron a la población a la movilización", reza el auto.

Añade que "si bien había imperado hasta entonces un pacto tácito de no violencia, la gran cantidad de colectivos movilizados en aquellas fechas (...) hacían prever una ruptura respecto a situaciones pasadas y una escalada de violencia, con brotes importantes de enfrentamiento", por lo que lo que aportaba seguridad "era eludir la votación del 1-0".

4. Compara el asedio a la Consejería de Economía con una "toma de rehenes"

El juez vuelve a centrar parte de su argumentación en el asedio a la Consejería de Economía, que compara con una "toma de rehenes".

"Se produjo una congregación de 60.000 personas que se oponían a la presencia y actuación de las fuerzas policiales, y los hechos que allí acontecieron muestran que la muchedumbre actuó como una masa de fuerza que, además de destrozar los vehículos policiales, atacó bienes personales mediante el lanzamiento de objetos, o impidiendo que los acosados pudieran ejercer su libertad de acción y deambulación durante las largas horas que duró el asedio", dice el auto de procesamiento.

Atribuye la responsabilidad de estos hechos a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, en prisión preventiva, como responsables de la convocatoria de dicha concentración y el control que ejercieron sobre la misma aprovechando su "notoria capacidad de movilización colectiva".

5. El "Libro Blanco de Transición Nacional de Cataluña" como hoja de ruta

El magistrado vuelve a destacar el concierto entre partidos políticos y entidades soberanistas para llevar a cabo la ejecución de un plan predeterminado con el objetivo de declarar la independencia de Cataluña al margen de la legalidad vigente. Sitúa el inicio de este concierto en el año 2012 y destaca la importancia del 'Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña', presentado por Artur Mas en 2014, que proclamó la legitimidad del proceso de autodeterminación de Cataluña hacia un país independiente. Mas, que estaba en la causa como investigado, finalmente no irá a juicio.

Este libro contemplaba que en el caso de que la independencia no fuese consentida por el Estado, "la secesión se alcanzaría reanudando la desobediencia permanente al marco constitucional y legal". Y que sería el mantenimiento de la movilización ciudadana lo que "terminaría por forzar al Estado a reconocer la nueva república".

En 2015, se acordó una hoja de ruta respecto al proceso independentista entre la antigua Convèrgencia y ERC junto con las entidades soberanistas Òmnium, ANC y Asociación de Municipios para la Independencia.

6. Papel indispensable de ANC y Òmnium en el 'procés'

En este punto, vuelve a resaltar la actuación de estas entidades sobernistas y de los que eran sus líderes, los 'Jordis', que asumieron "la responsabilidad de impulsar la mayor aceptación social de las iniciativas secesionistas, así como favorecer la creencia pública de que la proclamación de la república era perfectamente viable".

El magistrado desgrana distintas intervenciones de Sànchez y Cuixart durante el proceso independentista, entre ellas las protestas ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por el juicio del 9N, en que las entidades anunciaron, según Llarena, que "se habían acabado las manifestaciones festivas".

7. Desobediencia "tozuda e incansable" del Parlament

El juez recoge en su auto el listado de sentencias del Tribunal Constitucional que fueron anulando las resoluciones del Parlamento de Cataluña dirigidas a la secesión, y cómo el Parlamento, cuya acción se atuvo a la hoja de ruta previamente establecida, desobedeció al Tribunal Constitucional de manera "tozuda" e "incansable" durante dos legislaturas y cinco años.

Expresa también el juez cómo esta actuación del Parlamento culminó en septiembre de 2017 con las leyes de convocatoria del referéndum de autodeterminación del 1-O y de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, que fueron declaradas nulas e inconstitucionales por el TC.

También destaca que el exGovern procesado, "pese a las reiteradas declaraciones de inconstitucionalidad y de nulidad de las distintas iniciativas parlamentarias", continuó con la "permanente" y "obsesiva" actividad para crear las denominadas estructuras de Estado.

8. Los Mossos "boicotearon el cumplimiento de la orden judicial por inacción"

El auto de procesamiento considera que los Mossos d'Esquadra diseñaron un dispositivo para el 1-O que estaba "orientado a boicotear" la orden judicial para evitar el referéndum, al optar por la "inacción" y por unas pautas "plenamente dilatorias y tolerantes con la votación" con un despliegue de 7.000 agentes, cuando en jornadas electorales normales pasaban a 12.000.

9. El Govern gastó 1,6 millones en el referéndum

Por otro lado, la resolución destaca que los gastos públicos que "necesariamente" habían de realizarse o comprometerse para la realización del referéndum ascendían a un total de 1,6 millones de euros, con la siguiente distribución: 224.834 euros de la campaña de registro de catalanes en el extranjero para la emisión del voto; 277.804 euros relativos a la campaña de publicidad y difusión de la convocatoria; 979.661 euros en materia de suministro de papeletas, censo electoral y citaciones de los miembros de mesas electorales; y 199.700 euros por la participación de observadores internacionales.

10: ¿Por qué rebelión?

El juez dedica una parte a explicar por qué todos los hechos anteriormente descritos son susceptibles de integrar un delito de rebelión.

La resolución señala que, dentro de los "Delitos contra la Constitución”, el precepto indicado castiga como reos del delito de rebelión a los que "se alzaren violenta y públicamente para [entre otros fines] declarar la independencia de una parte del territorio nacional o sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno”.

La consumación de este delito no exige -prosigue el auto- el alcanzar o declarar de manera efectiva la independencia, sino que agota su contenido material con la mera realización de la conducta consistente en alzarse violenta y públicamente, siempre que el comportamiento se instrumentalice a lograr el resultado que lo orienta y que éste sea uno de los que el precepto penal contempla.