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Los seis hermanos Ruiz-Mateos, condenados por estafa y alzamiento de bienes en la compra de dos hoteles

  • Las penas, entre los 5 años y 11 meses y los 6 años y medio de cárcel
  • Deberán indeminar a los afectados con 46,45 millones de euros

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Momento del juicio en la Audiencia de Palma a los hermanos Zoilo, José María, Javier, Alfonso, Pablo y Álvaro Ruiz-Mateos
Momento del juicio en la Audiencia de Palma a los hermanos Zoilo, José María, Javier, Alfonso, Pablo y Álvaro Ruiz-Mateos.

La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a penas de entre 5 años y 11 meses y 6 años y medio de prisión a los seis hermanos Ruiz-Mateos Rivero por estafa agravada y alzamiento de bienes en la compra de los hoteles Beverly Playa Paguera (Mallorca) y Beverly Park Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana, Las Palmas).

La condena suma en total 37 años y 11 meses de prisión, según la sentencia dictada por la Sección Primera del tribunal provincial, que les absuelve del delito de falsedad documental que les atribuían dos acusaciones particulares.

Los jueces ordenan además a los Ruiz-Mateos que indemnicen conjunta y solidariamente con un total de 46,45 millones de euros en concepto de responsabilidad civil a 16 afectados en esta operación, con responsabilidad subsidiaria por parte de las empresas Clesa, Grupo Dhul, Carcesa y Wersdale Trade España.

La sala desestima, sin embargo, las pretensiones indemnizatorias dirigidas contra las sociedades Euromontajes Guipuzcua SL, Promotoria Holding 36 BV, Cala Pins SL, Soluciones Comerciales Trapa SL y Chocolates Elgorriaga SL.

El tribunal en la resolución deduce testimonio de la declaración del testigo Joaquín Yvancos, por si la misma pudiera constituir un delito de falso testimonio en causa penal. La sentencia no es firme, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Los compradores confiaron en la familia Ruiz-Mateos

La sentencia considera probado que los propietarios de los hoteles accedieron a venderlos "pensando en todo momento" que quien estaba detrás del Grupo Nueva Rumasa era la familia Ruiz-Mateos y "confiando en la tradición y solera empresarial de dicha familia", tal y recoge la agencia Efe.

La Audiencia también declara probado que, durante la negociación, los Ruiz-Mateos insistieron en que el grupo empresarial "siempre cumplía sus obligaciones". Los acusados ofrecieron garantías y avales tanto personales como en su calidad de coadministradores de algunas empresas relevantes y aparentemente más solventes del Grupo Nueva Rumasa.

El tribunal considera que actuaron así "no solo para reforzar la convicción que tenían los vendedores respecto a que con quien realmente estaban realizando la operación, era con la familia Ruiz-Mateos en bloque; sino también para ofrecer una imagen de aparente solvencia y éxito profesional y una alta capacidad económica, garantías que los vendedores dieron por buenas".

Sin embargo, esos avales personales "eran totalmente ineficaces e ilusorios" porque los acusados "carecían de patrimonio a su nombre" salvo por sus nóminas de alguna de las sociedades del grupo.

La confusión y la ocultación, características de Grupo Nueva Rumasa

La compra la formalizó Wersdale Trade España que, según la Audiencia, "era una sociedad pantalla sin actividad, sin patrimonio, sin establecimiento permanente, sin sede ni oficinas, y cuya intervención estaba destinada a dificultar la acción de la justicia frente a cualquier reclamación".

Esta empresa con sede en Belice era de propiedad formal de José María Ruiz-Mateos padre (fallecido) y real de la familia Ruiz-Mateos. La Audiencia considera que en todo el Grupo Nueva Rumasa "la propiedad formal" correspondía al padre y los hijos eran administradores de derecho o apoderados de las distintas sociedades que funcionaban con "caja única" y todos ellos "mantenían en general una participación activa y de cotitularidad real en la gestión de dicho grupo".

"Si hay algo que caracteriza al Grupo Nueva Rumasa es, precisamente, la confusión y la ocultación, ya que no se conoce quién está detrás de cada una de las sociedades", ha afirmado el tribunal. "No parece que esa concepción de las empresas como una tela de araña en la que uno se acaba perdiendo, fuera desinteresada o casual", ha añadido.

Según el tribunal, los seis hermanos aprovecharon "este marco de confusión y ocultación" para negar en el juicio cualquier función directiva en Nueva Rumasa y atribuir las decisiones a su padre. La sala considera que su papel en la compraventa de los hoteles "va más allá del simple cumplimiento de las órdenes supuestamente dadas por su padre, y más allá de su condición de meros 'mandados' de su padre sin capacidad de decisión alguna".

La compra se formalizó a finales de 2008 y el mismo día que se firmaron las escrituras, constituyeron varias hipotecas sobre los hoteles y préstamos. Según la sentencia, en el momento de formalizarse la compraventa, las empresas de Nueva Rumasa carecían de verdadera solvencia, "contrariamente a lo que se hizo creer a los vendedores" y presentaban un alto nivel de endeudamiento. Los acusados cumplieron los pagos de los contratos de compraventa hasta abril de 2010 y dejaron una deuda a los accionistas de 46,45 millones, cantidad que deben abonar ahora.

Las penas a las que han sido condenados los hermanos

En concreto, el tribunal condena a Álvaro Ruiz-Mateos a la pena total de seis años y cinco meses de prisión; más una pena de multa a pagar 3.000 euros al mes durante once meses; y otra pena de multa a pagar 3.000 euros al mes durante 17 meses.

Los magistrados condenan a José María Ruiz-Mateos a la pena total de seis años y cuatro meses de prisión; más una pena de multa de 3.000 euros al mes a pagar durante once meses; y otra pena de multa a pagar 3.000 euros al mes en 16 meses.

El tribunal condena a Zoilo Ruiz-Mateos a la pena de cinco años y 11 meses de cárcel; más multa a pagar 3.000 euros al mes durante nueve meses; y otra pena de multa a pagar 3.000 euros al mes durante 15 meses.

La Sala condena a Francisco Javier Ruiz-Mateos a la pena de seis años y seis meses de prisión; más pena de multa a pagar 3.000 euros al mes durante once meses; y otra pena de multa a pagar 3.000 euros al mes en 18 meses.

El tribunal condena a Alfonso Ruiz-Mateos a la pena de seis años y cinco meses de cárcel; más una multa a pagar 3.000 euros al mes durante once meses; y otra multa a pagar 3.000 euros al mes en 17 meses.

Además, la sentencia condena también a Pablo Ruiz-Mateos a la pena de seis años y cuatro meses de prisión; más multa a pagar 3.000 euros al mes durante once meses; y otra pena de multa a pagar 3.000 euros al mes durante 16 meses.