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La Audiencia de Barcelona condena a 94 años al asesino de las dos policías en L'Hospitalet

  • Mató a las dos jóvenes y violó a una durante un permiso en octubre de 2004
  • Fue condenado a 83 años en 2008, pero el Supremo mandó repetir el juicio

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LA AUDIENCIA CONDENA A 94 AÑOS A PEDRO JIMÉNEZ POR ASESINAR A DOS POLICÍAS
Pedro Jiménez, sentenciado a 94 años de carcel por el asesinato de dos policías en L'Hospitalet de Llobregat

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 93 años y 11 meses de cárcel a Pedro Jiménez por el asesinato de las dos policías nacionales en prácticas y la violación de una de ellas en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) en octubre de 2004. La sentencia le obliga a cumplir en prisión el máximo de 40 años que permite la ley, informa Efe.

El juez ha fijado 900.000 euros de indemnización para los familiares de las dos policías asesinadas en su piso del barrio de Bellvitge de este municipio barcelonés por Jiménez, que disfrutaba de un permiso carcelario.

La condena impone al doble asesino una pena 10 años superior a la que dictó la sección sexta de la Audiencia de Barcelona en el año 2008, en un fallo que el Tribunal Supremo (TS) anuló posteriormente por considerar que los hechos debieron ser juzgados por un tribunal popular. El fiscal solicitaba para Pedro Jiménez una pena de 105 años y 5 meses de cárcel.

La severidad de las penas impuestas obedece, según la sentencia, a que en este caso "el desvalor" de la conducta del procesado "se encuentra acentuado al máximo, revelador de una crueldad y perversidad difícilmente superable siquiera con el esfuerzo imaginativo más envilecido".

En su veredicto, leído el pasado 12 de marzo, el jurado popular consideró a Pedro Jiménez culpable de todos los delitos de que estaba acusado -dos asesinatos, agresión sexual, allanamiento de morada, profanación de cadáver, incendio, robo con violencia y con fuerza y quebrantamiento de condena-, cometidos mientras disfrutaba de un permiso penitenciario.

El juez le ha absuelto del delito continuado de robo con fuerza en grado de tentativa, que se refería a los dos intentos de sacar dinero con la tarjeta de crédito de una de las víctimas, ya que considera que queda integrado en el delito de robo con violencia porque se trata de un "aprovechamiento ulterior" del objeto robado.

Respecto a la capacidad mental del procesado, el magistrado José Maria Planchat se remite en su sentencia a la prueba forense, que destacó que su personalidad, "en especial su comportamiento antisocial que hace tabla rasa de los principios imprescindibles para una ordenada convivencia", no afectan ni mínimamente su capacidad para discernir el bien del mal

Cómo ocurrieron los hechos

El jurado popular consideró probado que el 5 de octubre de 2004 a las 8 de la mañana, el acusado, que disfrutaba de un permiso penitenciario, acudió a L'Hospitalet de Llobregat y se dirigió a la Rambla Marina de Bellvitge

Allí logró introducirse en la portería del inmueble de las dos víctimas, agentes de policías en prácticas, y tomar el ascensor con una de ellas, Silvia N., exhibiéndole una navaja y obligándola a dejarle entrar en su domicilio.

Jiménez inmovilizó a las dos jóvenes, atándolas de tobillos, manos y cuello, cada una en una habitación distinta, y las amordazó para evitar que gritaran.

Después, violó a una de ellas, Maria Aurora G., antes de asestarle cuatro navajazos por la espalda, causándole la muerte. Posteriormente, Jiménez se dirigió a la habitación donde se encontraba Silvia N. y la apuñaló cinco veces. Tras matarla, la desnudó y la vejó, informa Europa Press.

Provocó un incendio tras matarlas

Antes de abandonar el domicilio de las víctimas, robó una tarjeta de crédito de María Aurora, se cambió de ropa y prendió fuego a un sillón y un sofá situados en el salón del primer piso, a los colchones de tres habitaciones del piso superior (Silvia N. y Maria Aurora G. estaban en dos de ellas) y a un montón de ropa que había en una de ellas, con "absoluta indiferencia hacia los numerosos vecinos que en ese momento estaban en sus respectivas casas".

Sobre las 10 de la mañana, el acusado abandonó el edificio. En dos ocasiones, el procesado intentó sacar dinero con la tarjeta de María Aurora. En lugar de regresar al centro de Can Brians porque terminaba su permiso, Mustafa K.D. lo llevó a su domicilio, en Girona, donde fue detenido el dia 7.

Huella en el cinturón de una víctima

En la sentencia de este lunes, el juez considera que las pruebas mostradas durante el juicio (como la huella de Jiménez en la hebilla del cinturón que ataba a una de las víctimas, el semen encontrado en una de las fallecidas, el hecho de que estuviera en posesión de varios objetos de las jóvenes o la sangre en las zapatillas que abandonó en un restaurante) junto con la "inverosimilitud absoluta de la declaración" son indicios "suficientes y sólidos para establecer la autoría del acusado".

Pedro Jiménez negó durante el juicio haber cometido el crimen. "Siempre que he cometido un delito y me han llevado ante un tribunal, lo he reconocido", explicó el último día. Aseguró que "esta vez" no ha hecho "nada". "He jugado y he perdido, y nunca me he quejado. En este caso sí me quejo", matizó.