El Supremo condena a cuatro años y medio a Aldama pero le exime de la cárcel por su colaboración
- Aldama, "satisfecho" con la sentencia, que le impone 4 años y medio de prisión pero no se ejecutará
- No irá a prisión, ya que el Tribunal suspende la ejecución por su colaboración con la justicia
El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años y medio de prisión al empresario Víctor de Aldama, el comisionista que optó por colaborar con la Justicia en el juicio al exministro José Luis Ábalos, pero ha suspendido la ejecución de la pena, de manera que no entrará en la cárcel.
La Sala ha adoptado esta decisión por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de que Aldama no delinca, presente un informe semestral de actividades y realice un año de trabajos en beneficio de la comunidad.
A su salida del Tribunal Supremo, tras conocer la sentencia, Aldama ha ofrecido unas breves declaraciones a los periodistas en las que se ha mostrado "satisfecho con la sentencia": "Han demostrado que son justos y la colaboración en este país sirve". "Espero con que con esta sentencia los demás que vienen detrás colaboren", ha dicho en alusión a otros casos de corrupción que se están instruyendo en la Audiencia Nacional.
El comisionista, sin embargo, no ha querido opinar sobre la condena al exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García, condenados a 24 y 19 años de prisión, respectivamente.
El portavoz de Aldama, Ramón Bermejo, ha considerado el fallo un "aviso a navegantes": "Quienes colaboren con la justicia encontrarán una salida mucho más beneficiosa para sus penas", ha señalado, antes de aludir al caso Plus Ultra y la investigación al expresidente Zapatero.
Condenado por organización criminal y cohecho
El comisionista Víctor de Aldama Delgado ha sido condenado por los delitos de organización criminal y cohecho, aunque el Alto Tribunal considera que su colaboración con la justicia para el descubrimiento de los hecho ha sido "importante", y le aplica la atenuante de confesión en varios grados. El resultado es una condena de cuatro años y medio de prisión.
“ÚLTIMA HORA 🔴 Víctor de Aldama, "satisfecho" con su sentencia en el caso Mascarillas: "Espero que con esta sentencia, los demás que vienen detrás colaboren" https://t.co/oDjyczL6BV pic.twitter.com/XZsBKNM7zf“
— RTVE Noticias (@rtvenoticias) June 22, 2026
A continuación la sentencia del Supremo ha acordado suspender de la ejecución de la penas de prisión, si Aldama cumple una serie de condiciones: la de no delinquir durante ese periodo y la de comparecer de forma semestral ante el Tribunal "para informar de sus actividades laborales, mercantiles o empresariales comprobando la observancia del ordenamiento jurídico, y a que realice trabajos en beneficio de la comunidad durante 1 año".
Por otra parte, el tribunal ha absuelto al comisionista de los delitos de "inducción a la prevaricación, aprovechamiento de información privilegiada y falsedad" que ha sido objeto de acusación.
Información "veraz y relevante"
En su sentencia, que se extiende a lo largo de 224 páginas, Tribunal Supremo asegura que el comisionista Víctor de Aldama proporcionó información "veraz y relevante" y "medios de prueba" a la investigación del caso Koldo, que han permitido ahondar en ella y confirmar ciertos aspectos.
Sostiene que Aldama "no se ha limitado a confesar los hechos objeto de acusación, amoldando su testimonio al resultado de las pruebas conocidas". "Por el contrario", señalan, ha aportado "documentación sobre viajes, ingresos económicos a los otros acusados y contratos de arrendamiento de inmuebles", entre ellos el que se formalizó para Jéssica Rodríguez, que fue novia de José Luis Ábalos, o el contrato de arrendamiento con opción a compra de un piso del paseo de la Castellana para beneficio del exministro.
También "aportó información relevante sobre el posible amaño en las adjudicaciones de obras públicas que han sido remitidas a los Juzgados de Instrucción que instruyen esos hechos con nuevos implicados que están siendo investigados" en la Audiencia Nacional.
Todos esos documentos, indica la sentencia, "han sido objeto de análisis y pericia para corroborar sus manifestaciones, reconociendo su participación en los hechos y afirmando las de los otros acusados". "En definitiva, consideramos que este acusado ha prestado una cooperación plena y continua, a lo largo de todo el procedimiento, mantenida y completada en el juicio oral, facilitando información veraz y relevante, medios de prueba y datos significativos para la acreditación de los hechos enjuiciados", destacan los magistrados.
Una colaboración que alcanza, agregan, "una mayor intensidad, en cuanto que los hechos presentan una indudable complejidad", lo que le hace "merecedor del reconocimiento de la atenuante analógica de confesión tardía" y de colaboración con la justicia en forma muy cualificada, como postulan su defensa y las acusaciones populares.
Respecto a la calificación de colaboración muy cualificada, la Sala recuerda que el propio representante del Ministerio Fiscal, Alejandro Luzón, no se opuso a que se le aplicara, sino que también "puso en valor la colaboración decisiva y relevante aportada" por Aldama. De hecho los magistrados resaltan que en este caso la intensidad del grado de colaboración "ha sido máxima, por lo que máxima será la compensación".
Por tanto, consideran que el "Estado de derecho debe premiar con los instrumentos previstos en la legislación aquellos comportamientos relevantes que inciden en el descubrimiento y acreditación de delitos de la gravedad para el sistema democrático como los que son objeto de este juicio".