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Los clientes tienen hasta el 30 para presentar su DNI en el banco y evitar el bloqueo de su cuenta

  • La entidad financiera es la que está obligada a avisar si necesita el documento
  • Es recomendable confirmar que el banco o caja tiene escaneado el DNI
  • La cuenta se podría desbloquear pasado el plazo presentando el documento

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Los clientes tienen hasta el 30 para presentar su DNI en el banco y evitar el bloqueo de su cuenta

Los clientes disponen hasta este 30 de abril para presentar en sus oficinas bancarias sus respectivos documentos de identidad y evitar así que se bloqueen sus cuentas bancarias. Aunque corresponde a la entidad avisar, es recomendable confirmar que el banco o caja de ahorros tiene escaneado el DNI.

Esta solicitud se está dirigiendo incluso a clientes con los que existe relación desde hace largo tiempo y que son conocidos por la entidad, ya que por muy diversas razones (apertura de la cuenta en una fecha en la que no fuera obligatoria la obtención y conservación del DNI, u otras) puede ocurrir que la entidad no disponga de copia de dicho documento.

Si su entidad financiera no le ha notificado nada, seguramente será porque ya tiene los datos que necesita para cumplir con la normativa europea contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En virtud de esta norma, es obligatorio aportar copia del documento de identidad, así como, en su caso, de otra información sobre la actividad del cliente.

Precisamente, las asociaciones de usuarios de banca critican que en algunos casos se les ha pedido también la declaración de la renta, la última nómina y la actividad profesional. "Eso solo es necesario cuando los clientes tengan un riesgo superior al promedio, por lo tanto solo lo están haciendo para fines comerciales, denuncian desde Adicae. La patronal bancaria niega ese propósito.

Colaboración de los clientes

La Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) piden la "comprensión" y "colaboración" de los clientes para que, en el caso de ser requeridos, aporten su documento de identificación porque si no las entidades están obligadas por ley a bloquear las cuentas bancarias, que se desbloquearían al presentar el DNI.

La Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a las entidades de crédito la obligación de identificar a todos sus clientes y personas con las que mantengan relaciones de negocio o realicen cualesquiera operaciones.

La legislación incluye a todas las entidades de crédito, motivo por el que el, por ejemplo, El Corte Inglés ha solicitado a los clientes que disponen de la tarjeta del grupo la presentación de su DNI antes del próximo 28 de abril ya que el grupo de distribución desarrolla su actividad crediticia a través de una financiera.