
El juez Gómez de Liaño fue condenado por el Supremo y posteriormente el Tribunal de Estrasburgo sentenció que no tuvo un juicio justo.EFE
Baltasar Garzón ha sido condenado a 11 años de inhabilitación por prevaricación, al ordenar la grabación de las conversaciones en la cárcel de los cabecillas del caso Gürtel y sus abogados. Antes que él han sido apartados de la carrera judicial otros magistrados por el mismo delito: dictar, a sabiendas, sentencias o resoluciones injustas.
Uno de los casos más mediáticos fue el de Javier Gómez de Liaño, compañero entonces de Baltasar Garzón en la Audiencia Nacional. Liaño fue condenado a 15 años de inhabilitación por el Tribunal Supremo el 15 de octubre de 1999 por prevaricación en el caso Sogecable.
Liaño investigó a la empresa Sogecable (Canal Plus) por supuestas irregularidades contables y por utilizar "indebidamente" la garantía depositada por los abonados. El caso fue finalmente archivado y el juez condenado después de haber sido suspendido por el CGPJ el 19 de junio de 1998, informa Efe.
El alto tribunal hacía referencia en su sentencia a tres resoluciones en concreto que "constituyen solo la manifestación de una instrucción en forma contraria al derecho, sin sujeción a la ley vigente". La sentencia afirmaba que no es que la causa se archivara en falso, sino que "Liaño la abrió en falso".
Las decisiones en las que prevaricó Liaño, según la sentencia, eran las siguientes: mantener el secreto del sumario cuando la Audiencia le había pedido ya que lo levantara, la prohibición a los directivos de Sogecable de salir de España y la imposición de una fianza de 200 millones de pesetas de las de entonces a Jesús de Polanco.
En el juicio declaró precisamente como testigo Baltasar Garzón, quien aseguró en su declaración que Liaño y el fiscal Ignacio Gordillo habían mentido al Tribunal y acusó a la fiscal María Dolores Márquez de Prado, esposa y abogada defensora del juez, de haber dicho cuando se admitió la denuncia por el caso Sogecable que iban "a hacer la resolución judicial para acabar con el sistema político corrupto y con el felipismo".
En aquella época Liaño también instruía el caso del asesinato de los etarras Lasa y Zabala por parte de los GAL. De hecho, cuando Liaño fue suspendido Izquierda Unida denunció que había una "operación" para separar al juez de otros "asuntos de importancia, relacionados con la guerra sucia" contra ETA.
Javier Gómez de Liaño fue finalmente indultado por el Gobierno de José María Aznar en diciembre de 2000 y el CGPJ decidió readmitirle en la carrera judicial dos años después. Sin embargo, no ha vuelto a ejercer.
En julio de 2008, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España a pagar 5.000 euros a Liaño al considerar que no había tenido un juicio imparcial.
Antes de Liaño solo había habido un precedente, el del exjuez Pascual Estevill. El Tribunal Supremo condenó a seis años de inhabilitación en julio de 1996 al entonces vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por un delito continuado de prevaricación y dos de detención ilegal.
La sentencia consideró probado que Estevill adoptó decisiones a sabiendas de que eran injustas por "íntimas convicciones extraprocesales", entre ellas el ingreso en prisión de tres personas, según informó entonces El País.
Años después, en enero de 2005, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le condenó a nueve años de prisión por delitos de cohecho y prevaricación en el proceso de corrupción más grave detectado hasta entonces en España.
Según la sentencia, Estevill atemorizó a empresarios y banqueros aprovechando su condición de juez instructor para extorsionarles bajo amenazas de enviarles a prisión y que dictó resoluciones injustas, informa Efe. El Supremo confirmó la sentencia en septiembre de 2006.
En julio de 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condenó a dos años de prisión y 18 años de inhabilitación al juez de la Palma del Condado (Huelva) Justo Gómez Romero por cohecho, prevaricación impropia y exacciones ilegales cometidos en 1996.
El Tribunal Supremo confirmó la condena a Romero en agosto de 2004. El alto tribunal consideró probado que el juez recibió dinero por evitar el desahucio de un mesón de esta localidad. Prevaricó por no inhibirse en un proceso de ejecución hipotecaria de una entidad cuyo presidente era familiar y por rechazar suspender una subasta pública de un complejo turístico. Además exigió 300 euros a un vecino por dos certificados de nacimiento y matrimonio.
En diciembre de 2009, el Supremo aumentó de dos a diez años de inhabilitación la condena al juez Fernando Ferrín Calamita por prevaricación al retrasar la adopción de una menor que había sido solicitada por parte de la compañera sentimental de la madre biológica.
El pasado mes de octubre, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condenó al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa al prorrogar el régimen de visitas de un padre divorciado a su hijo.
Por su parte, el juez de Marbella Javier de Urquía fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a 10 años de inhabilitación, pero el Supremo le absolvió de este delito en marzo del 2009 y solo confirmó la pena de dos años de prisión por cohecho al aceptar dinero del exasesor urbanístico marbellí Juan Antonio Roca.
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