Una nueva sentencia judicial respalda que se salde la hipoteca con la entrega del piso en Girona

  • La Audiencia de Girona acepta la fórmula de la 'dación en pago'
  • El tribunal cree que el banco quería procurarse "un beneficio injustificado"
  • Es la segunda sentencia de este tipo, tras la de la Audiencia de Navarra

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RTVE.es / EFE 

La Audiencia de Girona ha avalado que la entrega del piso salde la hipoteca contraída con el banco, en un auto en el que considera una práctica "contraria al principio de buena fe" que los bancos sigan exigiendo la devolución de la deuda a una familia que ya ha sido desahuciada. Esta es la segunda sentencia en España que apoya la 'dación en pago' del piso, figura a la que se opone el sector financiero y el Gobierno.

El auto, del que ha informado la plataforma Afectados por la Hipoteca, da la razón a una familia, a la que, tras ser desahuciada de su piso, el Deustche Bank seguía reclamando una deuda de 162.500 euros, por la diferencia entre el importe pendiente del préstamo hipotecario contraído -303.658 euros- y la cantidad en que el banco se había adjudicado la vivienda en subasta.

En ese auto, la Audiencia de Girona sigue el criterio de la Audiencia Provincial de Navarra, que en una sentencia de diciembre del año pasado avaló la llamada 'dación en pago' para saldar la deuda hipotecaria contraída con un banco.

Sin embargo, el Gobierno ya se ha mostrado en numerosas ocasiones en contra de esta figuar porque pondría en peligro la solvencia del sistema financiero español. Así lo dijo, por ejemplo, el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, el pasado marzo en respuesta a una pregunta del diputado de ERC, Joan Ridao, en una sesión de control en el Congreso.

"Es un beneficio injustificado"

El auto considera que la actuación financiera del Deustche Bank es "contraria al principio de buena fe que debe presidir el ejercicio del derecho".

El tribunal cree que el banco quería interpretar la ley para procurarse un beneficio injustificado

Para el tribunal, la finalidad del procedimiento de ejecución hipotecaria es que el acreedor cobre la deuda que el prestatario tenga pendiente, pero lo que, en su opinión, lo que pretendía el Deustche Bank es interpretar la ley para procurarse "un beneficio injustificado" que la norma no puede amparar.

La Audiencia añade en su auto que, en la interpretación de las leyes, los tribunales "deben buscar aquellas respuestas que, sin contravenirlas, sean más acordes con una decisión justa" y optar por una solución que "no conlleve un beneficio injustificado a favor de aquella parte que interviene en una posición de fuerza en la firma de un contrato de adhesión".

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