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El Supremo aplica la amnistía por primera vez a ocho condenados por desobediencia o desórdenes públicos

  • Entre los amnistiados se encuentran el expresidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent
  • El TJUE avaló hace unos días la ley de amnistía al considerar que no chocaba con los intereses comunitarios de la UE
Integrantes de los CDR queman una bandera española, en una imagen de archivo.
Integrantes de los CDR queman una bandera española, en una imagen de archivo. EFE/ David Borrat

El Tribunal Supremo ha amnistiado este viernes a ocho personas que estaban condenadas por cometer delitos de desobediencia o de desórdenes públicos, según un escrito al que ha tenido acceso RTVE. El Alto Tribunal ha declarado extinguida la eventual responsabilidad penal de los ocho amnistiados como consecuencia de los actos por los que estaban condenados.

La de este viernes es la primera amnistía que aplica el Supremo después de que la semana pasada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalase la ley de amnistía al considerar que no colisiona con la legislación comunitaria y que tampoco afecta a los intereses financieros de la Unión. Además, constató que la ley no es contraria a la directiva en materia de terrorismo.

Entre los ocho amnistiados se encuentran cuatro exdirigentes del Parlament de Cataluña, el exalcalde de Sabadell y otros tres ciudadanos. Por un lado, en un auto se amnistía a los cuatro exdirigentes, entre los que se encuentra el expresidente del Parlament, Roger Torrent, que fueron acusados de delito de desobediencia en el 'procés'. Junto a él, han sido amnistiados Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, que fueron miembros de la Mesa del Parlament catalán.

Los cuatro fueron absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) porque no se acreditó que incumplieran lo que había resuelto el Tribunal Constitucional en el momento de adoptar varios acuerdos en octubre y noviembre de 2019 por haber permitidio tramitar resoluciones sobre el derecho a la autodeterminación y reprobar a la monarquia. La decisión del TSJ de Cataluña fue recurrida ante el Supremo y estaban en tramitación varios recursos, por lo que la absolución no era firme.

Respecto al exalcalde de Sabadell (Barcelona) Maties Serracant, que fue condenado a una multa de 1.800 euros por un delito de desobediencia grave por facilitar las instalaciones públicas de la ciudad para votar el día del referéndum ilegal del 1 de octubre.

Amnistiados tres ciudadanos que estaban condenados por desórdenes

Además, el Supremo ha concendido la medida de gracia a dos ciudadanos que participaron "lanzando piedras" en las protestas en octubre de 2019, cuando trascendió la sentencia del 'procés', por lo que fueron condenados a un año y medio de prisión por el delito de desórdenes públicos. Del mismo modo, el Supremo ha aplicado la amnistía a otro ciudadano en otro auto y que estaba condenado a cuatro años de cárcel por desórdenes públicos durante las protestas de la sentencia y que fue condenado por el lanzamiento de piedras y botellas contra agentes, colaborar en el levantamiento de una barriacada y avivar el fuego que habían prendido personas no identificadas, todo ello parapetado por un pasamontañas, según los hechos probados.