La Audiencia Nacional dicta que los festivos que caigan en sábado deberán ser recuperados
- La AN da la razón a USO, CGT, UGT y CCOO en sus demandas contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente
- La sentencia responde a una práctica generalizada de las empresas del sector de "contact center"
La Audiencia Nacional ha fijado que los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado tienen que ser compensados y dan derecho a disfrutar de un día adicional de descanso, en una sentencia que responde al conflicto colectivo planteado contra el convenio del sector de los centros de atención al cliente ("contact center").
La AN da así la razón a los sindicatos USO, CGT, UGT y CCOO en las diferentes demandas interpuestas contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), entidad representante de empresas que ofrecen este tipo de servicios. Más tarde, se adhirieron los sindicatos CIG, CSIF y STC.
Una práctica que infringe el ordenamiento jurídico
La sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional, fechada el 19 de mayo, ha declarado que la práctica "no ajustada a derecho" la práctica generalizada de las empresas del sector de "contact center" de no compensar los días festivos laborales -estatales, autonómicos y/o locales- "cuando la prestación de servicios efectiva se produce de lunes a viernes o de lunes a sábado y el festivo coincide con sábado, estando ahí fijado su descanso semanal".
Asimismo declara el derecho de los trabajadores a que los días festivos laborales "no sean absorbidos ni neutralizados por el descanso semanal, reconociéndose la obligación empresarial de conceder un día adicional de descanso efectivo cuando se produzca la coincidencia o solapamiento entre ambos". El fallo dicta que dicha compensación tendrá disfrutarse en un periodo no superior a 14 días.
La sentencia finaliza dictaminando que las empresas también están obligadas a compensar estos festivos no disfrutados con efectos retroactivos desde el período no prescrito.
Los sindicatos celebran la sentencia
La Unión Sindical Obrera (USO) ha señalado en un comunicado que la resolución, que entiende extensible a todos los sectores, "consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo".
"Los catorce festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independiente de su jornada habitual", ha afirmado la secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO, Sara García. "Ahora sí, tras la confusión de sentencias anteriores, será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes", ha añadido.
El Tribunal Supremo ya estableció en sentencia del 30 de abril de 2025 los criterios sobre el solapamiento del descanso semanal con un festivo, pero sin especificar nada respecto a los sábados. Dicha sentencia del Supremo declaraba que los trabajadores con jornada de lunes a domingo, con el descanso semanal establecido en día fijo entre el lunes y el viernes, tienen derecho a que, si el descanso coincidiese con un festivo en día laborable, ser recompensados y disfrutar de otro día de descanso.