Recta final de la declaración de la renta 2024: cuándo terminan los plazos y qué ocurre si se presenta con demora
- Este lunes es el último día para hacerla por teléfono, de forma presencial o por internet
- Quienes tengan que presentarla y la entreguen más tarde podrían enfrentarse a recargos o sanciones
Este lunes finaliza el plazo oficial para presentar la declaración de la renta. ¿Qué ocurre si se hace más tarde? Te contamos los principales aspectos que debes tener en cuenta en la recta final de la campaña de este año.
Cuándo acaban los plazos
Este lunes es el último día para presentar la declaración dentro del plazo oficial. Esto incluye las tres alternativas: por teléfono, de forma presencial o por internet.
La única vía que no necesita haber pedido cita previa es la online, de modo que aquellas personas que no dispongan de cita pueden recurrir a esta alternativa para evitar presentar la declaración fuera del plazo oficial. No obstante, para presentarla de por internet hay que contar con DNI electrónico, Cl@ve, el número de referencia de una declaración anterior o la autenticación Ciudadano UE (eIDAS). Otra opción es usar la app móvil.
Documentos necesarios
Independientemente de hacerla por teléfono, en las oficinas de la Agencia Tributaria o por internet, lo primero que hay que tener a mano es DNI original del titular y el número IBAN de la cuenta bancaria.
A esto hay que añadir otra documentación relativa a la situación económica del contribuyente: nóminas; referencias catastrales de bienes inmuebles en propiedad; facturas y contratos por alquilar pisos, garajes u otros locales; justificantes de gastos deducibles y de compraventa de acciones u otros títulos, recibos de pago del alquiler de una vivienda en la que se viva... En definitiva, recibos que acrediten con fechas e importes todas estas situaciones.
Hacerla por internet
Aparte de la vía telefónica y presencial —donde es necesario haber pedido cita previamente—, la declaración también puede gestionarse de forma online accediendo al borrador, una herramienta gratuita donde aparecen los datos económicos que tiene Hacienda del contribuyente. En este caso, puede hacerse directamente en la web de la Agencia Tributaria, sin necesidad de solicitar cita.
Una vez dentro del mismo, es conveniente corroborar que toda la información fiscal es correcta y fijarse en aspectos relevantes como las ganancias y pérdidas patrimoniales, los salarios percibidos como rendimientos de trabajo y si es posible aplicar deducciones. La declaración puede presentarse por internet, mediante este borrador, hasta el 30 de junio inclusive.
Creo que he tenido un error, ¿puedo corregirla?
Sí. En ese caso, la solución es presentar otra declaración por cualquiera de las vías, ya que para la Agencia Tributaria la última que se entrega es la que tiene validez. No obstante, en caso de tener más dudas, lo más conveniente es contactar con el organismo y transmitirle las dudas.
¿Qué ocurre si se presenta fuera de plazo?
Cabe recordar que el 30 de junio termina el plazo oficial para presentar la declaración este año. Por tanto, es conveniente que aquellos contribuyentes que tengan la obligación de hacerla lo hagan antes de que termine ese día.
Quienes no tengan obligación de hacerla no tendrán que hacer frente a ningún tipo de recargo si se pasa el plazo. No obstante, para aquellas personas que sí deban hacerla y no la hayan presentado antes de que finalice el plazo oficial se abren dos escenarios posibles.
En el primero, podrán seguir presentándola de forma voluntaria, aunque ya después del 30 de junio, lo que se conoce como una declaración extemporánea. Esta vía conllevará un recargo del 1% desde el día siguiente —es decir, el 1 de julio—, y a medida que vaya pasando el tiempo se irá añadiendo otro 1% por cada mes completo de tardanza. Por tanto, si se hace en agosto ese recargo sería del 2%, mientras que en noviembre podría llegar al 5%. Si pasa el primer año y sigue sin presentarse, se aplicará una tarifa permanente del 15% a la que habría que sumar los intereses de demora correspondientes.
El segundo escenario es que sea Hacienda la que requiera al contribuyente que presente su declaración, lo que conlleva una sanción mayor. Por ello, es recomendable que si existe la obligación de hacerla, a pesar de que haya demoras, se entregue de forma voluntaria antes de que sea Hacienda la que pida hacerlo.
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