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Pasajeros de trenes y aviones cancelados pueden reclamar los gastos por comida y alojamiento

Pasajeros esperan en la estación de Sants, Barcelona, a que reanuden la actividad ferroviaria tras pasar la noche en la estación.
Pasajeros esperan en la estación de Sants, Barcelona, a que reanuden la actividad ferroviaria tras pasar la noche en la estación. Toni Albir/ EFE
RTVE.es/Agencias

Los pasajeros de trenes y aviones pueden reclamar a las compañías los gastos de alimentación y alojamiento que han asumido a consecuencia de las cancelaciones provocadas por el apagón del pasado lunes, según ha señalado FACUA-Consumidores en acción, que ha recordado a las empresas su deber de encargarse de la asistencia de las personas afectadas.

Reclamaciones y asistencias en viajes de tren

La asociación ha emitido un comunicado donde ha resaltado que los reglamentos europeos encargados de regular los derechos de los pasajeros aéreos y de ferrocarril no solo establecen la devolución monetaria de los billetes o la reubicación en nuevos medios de transporte, sino que también tienen la obligación de asumir la asistencia de las personas afectadas.

El derecho a asistencia ante cancelaciones o retrasos de al menos una hora está recogido en el artículo 20 del Reglamento(UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros en ferrocarril. En el apartado 2, la ley establece que cuando se produzca la cancelación de un servicio por mínimo 60 minutos , “ la empresa que efectúa el servicio retrasado o cancelado ofrecerá los viajes a personas afectadas de manera gratuita”.

El reglamento europeo establece distintos porcentajes de devolución del importe del billete en función del tipo de tren y el tiempo que dure el retraso, con independencia de que los pasajeros sean reubicados en otros trenes. Según Renfe, si la demora del tren supera los 60 minutos la devolución correspondiente es del 50% del billete, si supera los 90 minutos la devolución es del 100%. Si los usuarios optan por no aceptar la reubicación, tendrán derecho a la devolución del importe íntegro de los billetes.

Además, las compañías deben ofrecer “ alojamiento en los casos que requieran una estancia de una noche o más, siempre y cuando sea físicamente posible”. Para ello las estaciones de las principales urbes españolas han permanecido abiertas durante toda la noche.

Pasajeros esperan en una estación, sentados en el suelo con mochilas y una botella de agua. Uno lleva pantalones cortos y zapatillas; otro, gorra y sudadera.

Pasajeros esperan en la estación de Sants, Barcelona, a que la actividad ferroviaria se reanude Toni Albir/ EFE

Reclamaciones y asistencia en viajes aéreos

En el caso del transporte aéreo, los pasajeros no tienen derecho a compensaciones ni a indemnizaciones por cancelaciones derivadas del apagón, como la pérdida de conexiones con otros vuelos, mientras que sí existe ese derecho a compensación en el transporte por ferrocarril aunque la causa de la cancelación sea de fuerza mayor.

Sin embargo, el derecho a alojamiento y suministro de comida está recogido en el artículo 9 del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004. En él se establece una serie de normas comunes sobre compensación y asistencia a pasajeros en caso de la denegación de embarque o cancelación y retraso amplio de los vuelos. Esta norma establece que las aerolíneas deben ofrecer comida, alojamiento y , si fuera necesario, posibilidad de transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

FACUA recomienda a los afectados que presenten sus reclamaciones directamente a las compañías aéreas o ferroviarias, aportando toda la documentación posible. Si la empresa no responde en el plazo establecido o deniega injustificadamente la compensación, el siguiente paso es acudir a las autoridades de consumo o a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria o Aérea, según corresponda.