La Audiencia Nacional rechaza indemnizar a un hombre que estuvo preso 15 años al confundirle con un violador
- Pedía ser indemnizado con más de tres millones de euros y una declaración de culpa de aquellos que le condenaron
- El tribunal no aprecia "el invocado error judicial en los términos de error craso o evidente"
La Audiencia Nacional ha rechazado indemnizar a Ahmed Tommouhi, un hombre que estuvo 15 años preso por dos agresiones sexuales en la década de los 90, tras ser confundido por su parecido físico con un violador de Barcelona. Finalmente, el Tribunal Supremo (TS) le dio la razón y anuló la condena.
En una sentencia, a la que ha tenido acceso RTVE.es, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN ha desestimado el recurso presentado por Tommouhi contra la decisión del Ministerio de Justicia de rechazar su reclamación administrativa. En ella pedía ser indemnizado con 3,6 millones de euros más los correspondientes intereses legales y una declaración de culpa grave de los magistrados que le condenaron.
De esta forma, la AN confirma la decisión del Ministerio de Justicia, rechazando indemnizarle, porque para ello deben concurrir dos circunstancias. Por una parte, que se haya producido una prisión provisional indebida y un error judicial. Respecto a lo primero, indica que ya se le liquidó correctamente cuando se hizo el cálculo con los años de condena y, en cuanto a lo segundo, lo descarta.
No aprecia "error craso o evidente"
En este sentido, la AN no aprecia "el invocado error judicial en los términos de error craso o evidente". También explica que "no basta una sentencia de revisión", como la que dictó el Tribunal Supremo, "sino que de la misma se debe inferir un error craso o evidente", no siendo el caso.
El tribunal explica que la revisión se basó en una prueba pericial que fue descartada por la Audiencia Provincial con argumentos motivados, aunque no mencionara ciertos restos biológicos.
Aun así, "la propia sentencia llega a poner en duda que la ropa con tales restos fuera de la víctima”. En consecuencia, concluye que no se ignoró la prueba, sino que se valoró y rechazó razonadamente. Por ello, "no cabe afirmar la existencia de un error judicial craso o evidente", y se desestima también este motivo de indemnización.
El fallo del Supremo
Fue en 2023 cuando el Tribunal Supremo estimó el recurso de revisión presentado por Tommouhi contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que le condenó como autor de dos delitos de violación y dos faltas de lesiones a 24 años y 22 días de prisión.
La Sala de lo Penal, en contra del criterio de la Fiscalía, permitió a la defensa presentar este recurso de revisión dado los "elementos de prueba y nuevos hechos" presentados por el condenado. Estos incluían la valoración de un informe que no se tomó en consideración en el juicio y que finalmente ha resultado clave.
Se trata de un informe de un resto de semen recuperado de la ropa interior de la víctima que fue analizado en 1992 por la Policía Científica de Barcelona, pero que "nunca" llegó a conocimiento del tribunal porque los peritos no acudieron a declarar "pese a ser una prueba admitida". Desde la defensa insistieron en que dicho informe se evidenciaba que el resto de semen recuperado "no se corresponde" con Tommouhi.
En la lista de pruebas también figuraba la testifical de los peritos, así como la declaración de la víctima y cuyo testimonio fue "la única prueba tomada en consideración la Audiencia Provincial" de Barcelona. Posteriormente, esta reconoció en una entrevista "su equivocación al momento de identificar" a Tommouhi.
A la espera de un indulto que nunca llegó
Los problemas para este hombre empezaron en 1991 cuando se produjeron varias violaciones en las provincias de Barcelona y Tarragona. Él y su compatriota Abderrazak M. fueron encarcelados. Sin embargo, un informe de la Guardia Civil de 1993 aseguraba que no existían indicios de que ambos hombres se conocieran.
A Tommouhi le acusaban en un principio de 17 delitos, pero le acabaron condenando a más de 100 años de cárcel por cuatro violaciones y un robo. Sin embargo, las únicas pruebas contra él fueron los supuestos "reconocimientos" por parte de las víctimas. Abderrazak M., que también sostuvo siempre su inocencia y no aceptó una indemnización de 18 millones de pesetas tras la anulación de su sentencia, murió de un infarto en la cárcel en el año 2000.
En 1995, la Policía detuvo a otro hombre, Antonio G.C., muy parecido físicamente a Tommouhi, por varias violaciones muy similares a las de 1991. Además, la Guardia Civil pudo demostrar que una de las cuatro violaciones que se imputaban a Tommouhi fue cometida por el último detenido, gracias a las pruebas del ADN. Sin embargo, de las otras tres violaciones no se conservaban tejidos o restos biológicos analizables, por lo que a Tommouhi todavía le imputaban tres agresiones sexuales.
Estuvo 15 años en la cárcel a la espera de un indulto que nunca llegó, que el Tribunal Supremo había recomendado y que el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, había solicitado en 1999. Ni el Ejecutivo del PP ni el del PSOE se atrevieron a concederlo a un condenado por cuatro violaciones, aunque los socialistas lo habían reclamado cuando estaban en la oposición.
En junio de 2000, el propio Supremo denegó a la defensa la autorización necesaria para presentar un recurso de revisión al considerar que las dudas sobre la participación de Tommouhi que podían suscitar las nuevas pruebas no eran "suficientes" para establecer "de forma inequívoca y terminante la inocencia del condenado".