Diez años de prisión permanente revisable: 52 condenados a una "muerte en vida" sin posibilidad de reinserción
- La prisión permanente revisable fue aprobada en el Congreso el 26 de marzo de 2015
- En una década han condenado a 52 personas a cumplir el máximo castigo del Código Penal Español
La prisión permanente revisable es la mayor condena que contempla el Código Penal Español. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015 como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana con los únicos votos a favor del PP de Mariano Rajoy. No obstante, la ley está avalada por el Consejo Fiscal, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. En su momento, el PSOE prometió derogarla al llegar al Gobierno que alcanzó con Pedro Sánchez el 2 de junio de 2018. Más tarde cambió su postura y aseguró que esperarían a que se pronunciara el Constitucional, que avaló la prisión permanente revisable el 6 de octubre de 2021.
A día de hoy, con la sentencia dictada por la Audiencia de Cantabria este lunes 24 de marzo para José Reñones, son 52 las personas condenadas a la privación permanente de libertad, según fuentes de Instituciones Penitenciarias. Hombres y mujeres que han protagonizado graves delitos mediáticos que han sacudido a la opinión pública. Desde el Ministerio de Interior confirman a RTVE.es que no existe ningún programa específico para ellos en los 88 centros penitenciarios donde cumplen su condena de privación permanente de libertad, donde conviven mezclados con los casi 50.000 internos e internas que forman la población reclusa en nuestro país.
Esta pena se aplica por tiempo indefinido, aunque, como su propio nombre indica, está sujeta a revisiones periódicas. Los reos que hayan sido condenados tienen que cumplir mínimo 25 años de pena, salvo algunas excepciones. Hasta ahora, han sido condenadas 52 personas por asesinatos a víctimas vulnerables y asesinatos múltiples, algunos de ellos casos muy mediáticos como el del descuartizador de Pioz, el de Norbert Feher (Igor el Ruso) o los asesinos de Diana Quer o el pequeño Gabriel Cruz, aunque la ley también la contempla para crímenes cometidos por organizaciones terroristas, homicidios contra la Corona o genocidio.
Hasta su entrada en vigor, el Código Penal establecía unos límites de 25, de 30 o de 40 años de cárcel, según la gravedad de las penas (artículo 76), aunque reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación.
"Muerte en vida"
La psicóloga experta en intervención penitenciaria, María Yela, se muestra contraria a este tipo de penas porque "el ser humano tiene que tener un horizonte de mejora". Yela es consciente de que "son revisables a lo largo del tiempo", pero insiste en que "es un tiempo tan largo que no es realmente humano" y recuerda a RTVE.es que "nuestro derecho está basado en la Constitución y en la posibilidad de reinserción".
Por su parte, el responsable de la única organización presente con más de 2.000 voluntarios en las 88 cárceles de nuestro país, José Antonio García Quintana, director de Pastoral Penitenciaria, entiende que "es una ley con la que políticos y jueces pretenden tranquilizar a la sociedad, pero después, en el mundo interno de las prisiones, no se trabaja con estas personas. Es una muerte en vida".
García Quintana explica que "en España se suprimió la cadena perpetua por ser inhumana. Y la pena de muerte también. Con la prisión permanente revisable donde no hay horizonte y no hay programas diseñados, tú no lo matas, pero lo matas".
"El problema es que esta ley se hizo por una presión pública, en caliente. Y claro, cuando se legisla desde las entrañas...", deja en el aire de su despacho en la sede de la Conferencia Episcopal Española este jesuita reconocido por Instituciones Penitenciarias con la medalla de bronce al Mérito Social en 2020.
El primer condenado, en 2017
La primera condena a prisión permanente revisable en España llegó en 2017, dos años después de su aprobación, y fue para David Oubel, conocido como el parricida de Moraña por haber matado brutalmente a sus dos hijas en esta localidad de Pontevedra. Oubel confesó el asesinato de sus hijas, de 9 y 4 años, usando una sierra radial eléctrica y un cuchillo de cocina, después de haberlas drogado previamente para reducir sus posibilidades de defensa. Mientras leía su petición para que se aplicara por primera vez la máxima pena a Oubel, el fiscal del caso no pudo contener las lágrimas y tuvo que detener su lectura.
El último, este lunes
La Audiencia de Cantabria condenaba este lunes, 24 de marzo, a prisión permanente revisable a José Reñones por el asesinato de su hija, de once meses, y a 25 años de cárcel por el homicidio de su pareja en la localidad cántabra de Liaño. Así lo ha dictaminado la presidenta del tribunal del jurado, que lo declaró culpable por unanimidad.
Según la sentencia difundida por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), el condenado es autor de dos delitos de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco y, en el caso de su pareja, discriminación por razón de género. Es la primera vez que se aplica en Cantabria la prisión permanente revisable.