La jueza de Catarroja que investiga la dana deniega otra petición para que Mazón declare como testigo
- Recuerda que el president puede pedir declarar voluntariamente, pero tendría que hacerlo como investigado
- Deniega la identificación de las llamadas de Salomé Pradas y Emilio Argüeso por afectar al secreto de las comunicaciones
La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la dana ha vuelto a denegar la solicitud de una acusación particular de citar como testigo al president de la Generalitat, Carlos Mazón, sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo como investigado, algo que, según precisa, se le ha ofrecido y ha declinado.
En un auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) y al que ha tenido acceso RTVE.es, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, argumenta que el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la región, así como la institución competente en materia de protección civil a la que le corresponde ejercer el mando único de la emergencia.
En concreto, se refiere a la ley Valenciana de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que en su artículo 4 reconoce el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y sobre las actuaciones previstas para hacerles frente y a recibir información e instrucciones sobre las medidas de seguridad a adoptar y la conducta a seguir.
"La asunción del mando único, caso de haberse acordado, hubiera pasado al president, así como la estructura organizativa del plan territorial", recuerda la jueza. Por ello, considera que las preguntas que pudieran formularse a Mazón versarían sobre el análisis de la omisión de la declaración de situación de emergencia catastrófica, que "nunca se declaró", lo que "difícilmente tendría encaje en una declaración testifical, y desplazaría su posición procesal a la propia de un investigado". Pero, al estar aforado, la declaración como investigado o querellado de Mazón "solo puede llevarse a cabo de forma voluntaria".
Cita en este punto el auto del TSJCV de 23 de diciembre de 2024, en el que se inadmitían las querellas formuladas contra el mismo, y que expresó: "(...) no se olvide que en sede instructora podrá recibirse declaración al aforado que lo solicite" y añadía que, aunque este precepto estaba referido a diputados y senadores aforados, "su finalidad última protectora del derecho de defensa ha permitido extender su aplicación a quienes gozan de aforamiento ante los Tribunales Superiores de Justicia y no requieren de suplicatorio".
Por tanto, resuelve, "no procede su citación como investigado ante este Juzgado, sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo, que habrá de ser no como testigo, sino al amparo de las garantías propias a que se refiere el artículo 118 de la ley de Enjuiciamiento Criminal". Además, explica que "se ha efectuado dicho ofrecimiento al objeto de que declare como investigado ante este Juzgado, que ha sido declinado" por Mazón.
Rechaza identificar las llamadas de Pradas y Argüeso
En un segundo auto, inadmite la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados –la exconsellera Salomé Pradas y el exsecretario autonómico Emilio Argüeso– y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que "solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos", como establece el artículo 579.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.
La jueza señala asimismo que no procede "la obtención de los denominados CDR (Call Detail Record) (número de origen y destino de las llamadas, duración de la llamada, fecha y hora e inicio y final de la llamada, tipo de llamada, gastos de las llamadas, estado de finalización de las llamadas)". Lo anterior, agrega, "es predicable igualmente respecto de la conservación de los datos de las llamadas, que se extiende a todos los teléfonos móviles de la Generalitat Valenciana, lo que carecería de utilidad, dada la imposibilidad de utilizar ulteriormente dicha información y se produciría en contravención de la normativa".
Precisamente, los dos imputados tendrán que declarar este viernes 11 de abril ante la jueza, acusados de los delitos de homicidio y lesiones. En el caso de la exconsellera, la Generalitat Valenciana trasladó a la magistrada que la decisión de mandar la alerta le correspondió a ella al estar a cargo del Cecopi. Cabe recordar, además, que Ruiz Tobarra determinó en sus diligencias que dicho aviso "fue tardío y erróneo" ante un fenómeno meteorológico que no era "imprevisto".
Por su parte, el presidente de la Generalitat se ha limitado a mostrar su respeto por el proceso judicial ante las preguntas de los medios sobre si le "preocupa" la comparecencia de la exresponsable de Emergencias de su gobierno y si se plantea declarar voluntariamente.
Mientras tanto, las protestas contra su gestión continúan. Este lunes, Mazón ha sido recibido por varias decenas de estudiantes en la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) al grito de "vergüenza", "Mazón, dimisión" o "el president, a Picassent". La concentración se ha desarrollado detrás de las vallas de seguridad que se habían colocado previamente alrededor del perímetro del edificio del Rectorado de la universidad, donde se desarrollaba la toma de posesión de José E. Capilla como rector.
Ordena recabar informes sobre lesiones y daños morales
Por otra parte, la jueza también ha desestimado este lunes la práctica de un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas, así como tomar declaración en este momento procesal a responsables de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), y de alcaldes y de concejales con competencias en emergencias y protección civil. La magistrada señala que resolverá sobre esa cuestión "a la vista de las declaraciones de víctimas y familiares".
Respecto a la solicitud de declaración testifical de todos los que participaron, presencial o telemáticamente, en las reuniones del Cecopi, señala la imposibilidad en estos momentos de establecer "una programación de todos los señalamientos" ante la falta de un espacio concreto y estable para practicar las declaraciones en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Sí que acuerda recibir declaración de dos peritos el próximo 9 de mayo.
La magistrada ha desestimado en un tercer auto el recurso de reforma de Liberum contra el auto que admitía la personación del PSOE como acusación popular. En esta misma línea, en un cuarto auto sí ha admitido la personación como acusación popular de un partido político denominado Valores, previa consignación de una fianza por el mismo importe que han abonado el resto de acusaciones populares, 6.000 euros.
El quinto de los autos notificados este lunes emplaza a la representación legal de un particular a manifestar si este último es familiar de alguno de los fallecidos o lesionados por la dana para admitir su personación como acusación particular, al tiempo que admite una prueba aportada en su escrito relativa a la suspensión de un acto de entrega de premios el 29 de octubre del pasado año. Por último, en un sexto auto, a petición de una acusación particular, acuerda oficiar a la Generalitat para que le remita datos relativos al embalse y la presa de Buseo.
Finalmente, en una providencia, la magistrada ordena recabar informes forenses sobre lesiones, daños morales y secuelas psicológicas de diversos lesionados y familiares de fallecidos, y acuerda la citación de un testigo en una de las piezas de los fallecimientos.