Es un bulo que diputados y senadores cobren la pensión máxima por cotizar siete años
Mensajes de redes sociales difunden una imagen con un texto que afirma que un trabajador necesita 35 años cotizados para cobrar la pensión máxima mientras que "los diputados solo necesitan 7". Es un bulo. Las publicaciones se refieren a la pensión parlamentaria, una indemnización económica que se derogó en 2011. Desde esa fecha, los diputados y senadores cotizan igual que el resto de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social.
Un mensaje de X compartido más de 1.000 veces desde el 18 de febrero dice: "¿No éramos todos iguales?". La publicación adjunta la imagen de un texto en el que leemos: "Un trabajador necesita 35 años cotizados para cobrar su pensión máxima. Los diputados solo necesitan 7."
Es falso que diputados y senadores cobren la pensión máxima tras cotizar únicamente siete años. Se trata de un bulo recurrente que circula en Internet al menos desde 2018. Los mensajes de redes hacen referencia a la pensión parlamentaria, un complemento que desapareció en 2011. Esta pensión se otorgaba a aquellos diputados y senadores que, tras jubilarse, no habían alcanzado la pensión máxima. La modificación de 2011 del reglamento de prestaciones económicas derogó la pensión parlamentaria, pero sin carácter retroactivo. Es decir, quienes ya la percibían antes de esta derogación pueden seguir recibiéndola. En enero de 2025 un total de 49 exparlamentarios cobraron esta prestación económica.
Un bulo que tiene su origen en un reglamento ya derogado
El reglamento de 2006 sobre "pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los exparlamentarios" reconocía este derecho en su artículo 2. En él se exponía lo siguiente: "Tendrán derecho a obtener la pensión parlamentaria los exparlamentarios que hayan tenido la condición de Diputados o de Senadores durante al menos siete años" (pág. 2). Según indica este documento, podían solicitar esta prestación económica aquellos que "hayan cumplido 65 años y obtenido la jubilación", los que "hayan obtenido la jubilación anticipada, siempre que hayan cumplido 60 años y hayan cotizado durante 40 años" o los que hubieran obtenido la declaración de "incapacidad permanente". En su artículo 4 también se explica que para tener derecho a esta pensión los parlamentarios tenían que haber ejercido "de siete a nueve años" para recibir el 80 % del complemento y "más de once años" para que les correspondiera el 100 %. En RTVE.es ya te contamos en 2011 que esta pensión complementaria es la diferencia entre la cuantía de la pensión percibida y la máxima y que la podían percibir aquellos congresistas o senadores que, con su trabajo, no hubieran cotizado lo suficiente para cobrar la pensión máxima que se puede obtener en España.
En conclusión, en la actualidad el tiempo que deben cotizar los diputados y senadores para obtener el 100 % de su pensión por jubilación es el mismo que el de cualquier otro trabajador. Como ya te explicamos en RTVE.es, desde el 1 de enero de 2025 los españoles que quieran jubilarse cobrando la totalidad de la pensión tendrán que tener al menos 66 años y ocho meses cumplidos. La excepción se encuentra en aquellas personas que hayan superado los 38 años y tres meses cotizados, en cuyo caso podrán hacerlo con 65 años.
No es la primera vez que circula este bulo. Tras realizar una búsqueda por palabras clave, hemos observado que esta falsedad circula en Internet al menos desde 2018. En redes sociales como X o Facebook detectamos publicaciones que difunden este bulo en 2020, 2021, 2022 y 2023.