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Canadá y Países Bajos denuncian las torturas en Siria ante el tribunal de la ONU

  • Creen que ha habido desapariciones forzadas, violencia sexual y uso de armas químicas
  • Es el primer caso contra el régimen ante la justicia internacional

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Alepo, una de las ciudades más afectadas por los combates, en una imagen de 2016
Alepo, una de las ciudades más afectadas por los combates, en una imagen de 2016

Canadá y Países Bajos han presentado una solicitud conjunta a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para iniciar procedimientos contra Siriapor la presunta violación de la Convención contra la Tortura desde 2011 con, entre otros, un trato degradante a los detenidos, desapariciones forzadas, violencia sexual y uso de armas químicas.

En su solicitud, Canadá y Países Bajos piden a la CIJ, el máximo órgano judicial de Naciones Unidas centrado en la resolución de disputas entre Estados, incoar procedimientos a Siria ''en relación con presuntas violaciones de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes'' desde al menos 2011, cuando comenzó la guerra.

''Siria ha cometido innumerables violaciones del derecho internacional, comenzando por lo menos en 2011, con su represión violenta de manifestaciones civiles, y continuando mientras la situación en Siria degeneraba en un conflicto armado prolongado'', han señalado ambos, en el que será el primer caso contra el régimen sirio ante la Justicia internacional.

Además, subrayaron que estas violaciones y tratos crueles incluyen ''el trato terrible a los detenidos, las condiciones inhumanas en los lugares de detención, las desapariciones forzadas, el uso de violencia sexual y por motivos de género, y la violencia contra los niños''.

Piden medidas provisionales contra Siria

Los dos países que presentaron el caso afirman que las violaciones alegadas también incluyen el ''uso de armas químicas, que ha sido una práctica particularmente abominable para intimidar y castigar a la población civil, lo que ha provocado numerosas muertes, lesiones y graves sufrimientos físicos y mentales'' a los sirios sobre el terreno.

La jurisdicción de la CIJ sobre este caso se funda en el artículo 36 del Estatuto de la Corte, y en el artículo 30 de la Convención contra la Tortura, de la que tantos los países demandantes como la propia Siria son Estados firmantes.

Dada la gravedad del caso, Canadá y Países Bajos han pedido también la indicación de medidas provisionales contra Siria, hasta que la CIJ pueda entrar en materia, ''para preservar y proteger la vida y la integridad física y mental de las personas dentro de Siria que actualmente están sujetas a tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, o que corren ese riesgo''.

Los fallos de este tribunal son legalmente vinculantes y de obligado cumplimiento para los Estados, pero la CIJ no tiene mecanismos de ejecución de sus sentencias, por lo que su cumplimiento queda en manos de la voluntad de cada país.