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El Tribunal de la UE desestima el recurso de Junqueras contra la Eurocámara por asignar su escaño a Jordi Solé

  • Inadmite el recurso al concluir que Junqueras carece de legitimidad activa porque no era el destinatario del acto de impugnado
  • La decisión puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un plazo de dos meses y diez días

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El presidente de ERC, Oriol Junqueras
El presidente de ERC, Oriol Junqueras

El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado el recurso presentado por el exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, contra la decisión del Parlamento Europeo de declarar vacante su escaño tras la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo y reasignárselo al también miembro de ERC Jordi Solé.

El auto, dictado el pasado 5 de octubre pero hecho público este martes, inadmite el recurso al concluir que Junqueras carece de legitimidad activa porque no era el destinatario del acto de impugnado. Según la corte, esa designación no produjo ningún efecto en su situación jurídica y no le afectaba directamente.

La decisión puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un plazo de dos meses y diez días.

El caso se remonta julio de 2020, cuando el presidente de la Eurocámara, David Sassoli, informó de que, tras la sentencia del Supremo de diciembre de 2019 y de la decisión posterior de la Junta Electoral Central, la institución europea tomaba nota de la elección de Solé como eurodiputado desde el 3 de enero de 2020, en sustitución de Junqueras cuyo escaño fue declarado vacante.

El reconocimiento como eurodiputado

En diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en una sentencia que Junqueras debería haber sido considerado eurodiputado y gozar de inmunidad desde la proclamación de los resultados de los comicios europeos celebrados en mayo de ese mismo año.

Por ello, tendría que haberse levantado la prisión provisional para permitirle ir a la sesión constitutiva de la Eurocámara, el 2 de julio de 2019.

Tras esa decisión judicial, en enero de 2020 el Parlamento Europeo reconoció a Junqueras como miembro.

Sin embargo, el 3 de enero la Junta Electoral Central dictaminó que no podía ser eurodiputado por estar condenado "por sentencia firme a pena privativa de libertad". Días después, el 9 de enero, el Tribunal Supremo acordó dejar en prisión al líder de ERC al considerar que, aunque adquirió la condición de eurodiputado, su condena firme a trece años de prisión por el 'procés' lo inhabilita como tal y no está protegido por la inmunidad parlamentaria.

Ya en octubre de 2020, el Tribunal de Justicia de la UE desestimó el recurso de casación presentado por Junqueras por el auto que le negó medidas cautelares contra la decisión del Parlamento Europeo de declarar vacante su escaño en la Eurocámara y rechazó también medidas urgentes para proteger su inmunidad parlamentaria.