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Coronavirus

Un juez obliga a vacunar a una anciana de una residencia de Sevilla tras la negativa de su hijo

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La anciana no se encuentra "capacitada" para adoptar de una forma consciente ninguna decisión que afecte a su salud.
La anciana no se encuentra "capacitada" para adoptar de una forma consciente ninguna decisión que afecte a su salud.

Un juez de Sevilla ha autorizado a una residencia de mayores de la capital hispalense a suministrar la vacuna contra la COVID-19 a una anciana de 86 años que no está capacitada para decidir por sí misma, después de que su hijo se negara a otorgar el consentimiento.

En un auto fechado el 15 de enero y al que ha accedido RTVE, el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla atiende la petición realizada por la Fiscalía, una vez recibido el informe del médico forense sobre la pertinencia de dicha vacunación, y acuerda autorizar el suministro de la vacuna a la anciana "en la fecha que tengan prevista y en las dosis necesarias, debiendo efectuarse por personal sanitario especializado y bajo las precauciones especiales de empleo".

El magistrado recuerda que "no existe una obligación legal de vacunación" y argumenta que la "solución" a esta diatriba "debe ser examinada de forma predominante desde la óptica de la protección de la salud" de la mujer.

Considera que es una medida médico-sanitaria "necesaria"

La afectada es una anciana que reside en un centro de mayores desde 2014 y cuya capacidad "no se encuentra modificada judicialmente" porque no se ha promovido el correspondiente proceso legal, aunque del informe forense "se deduce claramente que no se encuentra capacitada para adoptar de una forma válida y consciente cualquier tipo de decisión que afecta a su salud".

Después de analizar las patologías que sufre la afectada, el juez también concluye que "no tiene capacidad para dar un consentimiento informado válido ni entender qué es lo más beneficioso para su salud".

También señala que la vacunación contra el Covid-19 solicitada "es una medida médico-sanitaria necesaria, que tiende a proteger adecuadamente la salud" de la afectada, concluyendo en este sentido que, "por su edad, su situación pluripatológica y su estancia en un centro de mayores -donde es un hecho notorio y público que se han dado altos índices de contagio y mortalidad por la Covid-19-", dicha vacunación "se configura como la única alternativa eficaz para la adecuada protección de su vida frente al riesgo real de desarrollar una enfermedad grave por Covid-19".

El hijo argumentó que la vacuna "no es del todo segura"

El hijo, por su parte, fue informado de forma "pormenorizada" y "exhaustiva" por los servicios sanitarios de la residencia acerca de la necesidad de vacunar a su madre, aunque no otorgó su consentimiento y alegó que prefería esperar, al entender que "la vacuna no es del todo segura" y que "dada la rapidez con que se ha iniciado la vacunación, no se ha podido determinar la existencia de efectos adversos".

El juez reconoce que esos argumentos "son comprensibles y legítimos, propios de la génesis de una toma de decisión acerca de la vacunación de un familiar", pero entiende que "deben decaer frente al carácter seguro de la vacuna", que "cuenta con la aprobación de la Agencia Europea del Medicamento".

Además, "es mayor y más grave el riesgo de contraer la infección por coronavirus que la de padecer algún efecto secundario grave", añade el auto, que también destaca que la anciana se vacuna contra la gripe todos los años.

"En definitiva, partiendo de lo anterior, y no constando una contraindicación médica para su vacunación, debe ser estimada la solicitud instada por el Ministerio Fiscal", asevera el magistrado en este auto, en el que asimismo acuerda poner en conocimiento de la Fiscalía la existencia de una posible causa de incapacitación en la afectada.

Los juzagados decidirán sobre la vacunación de personas mayores incapacitadas legalmente

Precedente en otra residencia de Santiago de Compostela

El primer caso de estas características se planteó también en Sevilla, cuando los familiares de otro residente se negaron a firmar el consentimiento que envió a los centros el Servicio Andaluz de Salud, lo que llevó a la Fiscalía a tomar cartas en el asunto con un mensaje claro: siempre que no exista alguna incompatibilidad o riesgo para la salud, el familiar o el tutor legal no se puede negar a que se administre la vacuna.

Sin embargo, debe ser el juez, analizando caso por caso, el que determine si se puede rechazar o no la inoculación de la vacuna e incluso retirar la tutela legal del mayor o el dependiente.

Una familia se niega a que vacunen a su padre de la Covid

El pasado miércoles, un magistrado obligó por primera vez a vacunar contra la COVID-19 a una anciana en una residencia de Santiago de Compostela tras la negativa de su hija y dado el grado de deterioro cognitivo de la mujer para tomar una decisión.

El magistrado del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago de Compostela, tras escuchar los argumentos de la familiar, entre ellos los posibles efectos secundarios, incidió en el "riesgo menor" de administrar la vacuna a la anciana, al tiempo que se remitió al informe forense sobre la seguridad de las vacunas defendida por la Organización Mundial de la Salud (OMS).