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La inhabilitación de Torra abre un proceso inédito: ¿quién asume el mando?, ¿cuándo habrá elecciones?

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La inhabilitación de Torra abre un proceso inédito: ¿quién asume el mando?, ¿cuándo habrá elecciones?

El cese de Quim Torra como presidente de la Generalitat hecho efectivo este jueves, tras confirmar el Tribunal Supremo su condena por año y medio de inhabilitación, deja una situación de incertidumbre en Cataluña. Se abren dos posibilidades en la Generalitat que pasan por la investidura de un candidato alternativo o por la convocatoria de elecciones, siendo esta última la opción más probable.

Tras días de negociaciones, JxCat y ERC han aparcado por un momento sus discrepancias y han alcanzado este lunes un acuerdo para afrontar la sentencia en el que establecen qué papel que tendrá el vicepresidente, Père Aragonés en una Generalitat que queda en funciones y cuya perspectiva no parece que se resolverá en varios meses.

Independientemente de la estrategia a seguir, la ley es la que marca el futuro de la Generalitat. Estas son algunas claves:

¿Deja Torra de ser presidente?

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el recurso de Torra es firme y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que es quien condenó a Torra, la ha dado ya por efectiva, ordenando requerir al presidente el cese de sus funciones.

La defensa de Torra podría presentar un incidente de nulidad al considerar que se han visto vulnerados derechos fundamentales y recurrir después al Tribunal Constitucional. Esta opción, sin embargo, no impediría que el TSJC ejecutase la condena de año y medio de inhabilitación y que Torra dejase de ser inmediatamente presidente de la Generalitat.

En ese caso, si Torra se negase a acatar la sentencia, cualquier acto o documento que firmara quedaría anulado de pleno derecho y estaría incurriendo en un quebrantamiento de condena.

¿Quién asume temporalmente la presidencia?

Con el cese efectivo de Torra, la presidencia pasa de forma interina al vicepresidente del Govern, Père Aragonés, de ERC pese a algunas reticencias mostradas por JxCat -el partido de Torra-, respecto a que Aragonés pudiera usurpar funciones. Ambos partidos están negociando, de hecho, el papel de Aragonés al frente del Govern.

Según la ley de Presidencia de la Generalitat, en su mano estará representar a la Generalitat, dirigir la acción de gobierno y convocar y presidir las reuniones del Ejecutivo catalan. Aragonés no podrá, sin embargo, asumir tres de las funciones del presidente: plantear una cuestión de confianza, designar o destituir consellers y convocar elecciones.

¿En qué situación queda la Generalitat tras el cese de Torra?

Hasta que no prospere la investidura de un candidato y tome posesión un nuevo Gobierno, la Generalitat queda en funciones.

"El Gobierno en funciones debe facilitar el desarrollo normal del proceso de formación del nuevo Gobierno y del traspaso de poderes”, establece la ley. Prosigue diciendo que la Generalitat “debe limitar su actuación al despacho ordinario de los asuntos públicos, incluido el ejercicio de la potestad reglamentaria”.

La Generalitat podrá dictar decretos ley si se justifica por una "extraordinaria urgencia y necesidad", para garantizar el funcionamiento normal de los servicios públicos. En cambio, no podrá aprobar un proyecto de presupuestos, presentar proyectos de ley al Parlamento, ni dictar decretos legislativos.

¿Se nombrará un nuevo presidente?

Una vez Torra es cesado, el presidente del Parlament de Cataluña, Roger Torrent, debe iniciar el procedimiento para elegir un nuevo presidente y, en caso de no lograrlo, habrá convocatoria automática de elecciones.

¿Cuándo habrá elecciones?

La ley establece un plazo de 10 días desde el cese de Torra para que Torrent, “previa consulta a los representantes de los partidos y grupos políticos con representación parlamentaria”, proponga al Pleno del Parlament un candidato o candidata a presidir la Generalitat en un debate de investidura.

Si ese candidato logra la confianza de la Cámara por mayoría absoluta tras presentar su programa de gobierno, sería nombrado presidente de la Generalitat y podría conformar un nuevo Govern para lo que queda de legislatura -hasta diciembre de 2021-.

Si Torrent, por contra, certifica que no hay candidato a una investidura o que el candidato no ha logrado la confianza de la Cámara en un debate para ser investido, empezará a correr el plazo legal de 54 días para la disolución automática de la legislatura y la convocatoria de elecciones. Estas se celebrarán entre cuarenta y sesenta días después de la convocatoria.