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El Supremo de EE.UU. permite que los usuarios puedan demandar a Apple por monopolio

  • Las aplicaciones para iPhone o iPad solo pueden ser vendidas a través de la propia tienda de Apple
  • El gigante informático se lleva una comisión del 30% de todas las compras y traspasa el coste a sus usuarios

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Un grupo de personas visita una tienda de la compañía Apple en Shanghai. 
Un grupo de personas visita una tienda de la compañía Apple en Shanghai. 

El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dictaminado este lunes que los usuarios de Apple  contra la compañía por el control que impone sobre todas las ventas registradas por las aplicaciones de su plataforma móvil, presente en los iPhone y iPad.

Este fallo otorga por primera vez a los consumidores en el país la posibilidad de denunciar las corporaciones por prácticas de competencia en el mercado.

El juez conservador Brett Kavanaugh se ha desmarcado de la opinión de sus compañeros conservadores y gracias a su voto la denuncia de los consumidores contra Apple podrá prosperar.

Monopolio en su sistema operativo

En 2011, un grupo de usuarios presentó una demanda colectiva contra Apple por supuestas prácticas de monopolio ejercidas en su sistema operativo.

Los demandantes acusaron a Apple de violar las leyes federales contra monopolio al exigir que las aplicaciones para sus teléfonos solo puedan ser vendidas a través de su propia tienda, App Store, con el consiguiente aumento del precio.

El gigante informático se lleva una comisión del 30 % de todas estas compras y traspasa el coste a sus usuarios.

Apple pidió al Tribunal Supremo el pasado año que desestimara la demanda interpuesta por supuesto uso monopolístico en la venta de las aplicaciones.

De acuerdo con la postura de Apple, los consumidores deberían emprender acciones legales contra las aplicaciones y los desarrollares informáticos pero no contra la empresa tecnológica.

Apple se lleva un 30% de las compras

La denuncia se interpuso en 2011, pero un juez de Oakland (California) la desestimó al considerar que los consumidores no son compradores directos, ya que la transacción se hacía a través de los desarrolladores de aplicaciones.

Sin embargo, en 2017, un tribunal de apelaciones dio la razón a los demandantes puesto que consideró que la empresa era la vendedora directa de las aplicaciones.

Como consecuencia, la Corte Suprema debía revisar si es aplicable su fallo de 1977 en el que determinó que los daños por conductas monopolísticas se aplican solo a aquellos que afrontan directamente el sobreprecio, en este caso los desarrolladores, y no a terceros, como los consumidores finales, que asumen este exceso a través de otros.

Con su última decisión, los jueces permiten que el caso pueda ser juzgado por los tribunales estadounidenses.