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El TC admite a trámite el recurso del Gobierno contra la candidatura de Puigdemont a la Generalitat

  • Recurrió también la convocatoria de un pleno para erigirle el 30 de enero de este año
  • El tribunal había aplazado su decisión sobre si admitirlo o no a trámite

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El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno contra la investidura telemática de Puigdemont

El Tribunal Constitucional (TC) ha frenado la candidatura del expresidente catalán Carles Puigdemont a ser invetido presidente de la Generalitat al admitir a trámite este jueves la impugnación que el Gobierno presentó en enero contra la candidatura a distancia y la convocatoria de un pleno para investirle, una convocatoria que fue suspendida en marzo y ha vuelto a serlo ahora.

Esta admisión a trámite del recurso del Gobierno implica que si el Parlament convocara ahora un pleno para elegir a Puigdemont como candidato a distancia estaría desobedeciendo al Tribunal Constitucional (TC).

Es decir, en la práctica, Puigdemont, que estaba fugado en Bélgica y ahora está en Alemania, sigue sin poder ser candidato telemático, por orden del TC.

Más allá de esta conclusión, los antecedentes del auto de este jueves son largos: el Consejo de Estado desaconsejó al Gobierno la presentación de un recurso contra la convocatoria del pleno y, entre los magistrados del TC, en principio, no existía unanimidad sobre que debiera admitirse a trámite dicha impugnación, debido a su carácter cautelar o previo.

Ante la existencia de dudas, lo que el alto tribunal hizo en marzo fue tomar una decisión intermedia, la suspensión de la convocatoria en tanto no decidía sobre la admisión a trámite. Ahora ha llegado a un acuerdo unánime sobre la admisión y ha vuelto a acordar la suspensión de la convocatoria del pleno.

La cuestión, en todo caso, ha perdido relevancia, puesto que el Parlamento de Cataluña dejó sin efecto la propuesta de Puigdemont como candidato a la investidura y ha designado otros candidatos. Aún así, el Tribunal, tras oír a las partes personadas, ha considerado que la impugnación presentada plantea cuestiones de interés general que justifican que no se declare la extinción del referido proceso constitucional.

El TC advierte a los miembros del Parlament

El TC ha apreciado que las dudas iniciales que pudieron existir acerca de su viabilidad procesal -dudas que se fundamentaban, esencialmente, en su posible carácter cautelar- quedaron objetivamente despejadas por la decisión del presidente de la Cámara de aplazar la sesión de investidura hasta que el Tribunal se pronunciara sobre la admisibilidad de la impugnación.

Una vez descartado el carácter cautelar de la impugnación, que llevó al Consejo de Estado y a algunos magistrados a dudar de la legitimidad del recurso, y como se cumplen el resto de los requisitos procesales, el Tribunal ha decidido admitir a trámite la referida impugnación, según ha explicado el propio TC en una nota.

El pleno del TC ha decidido también otorgar un plazo de veinte días al Parlamento de Cataluña, por conducto de su presidente, y a las partes personadas para que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes.

Además, han acordado advertir al los miembros del Parlament de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada.

La decisión llega a tan solo una semana de que el Parlament debata y vote una reforma de la ley de la presidencia de la Generalitat, impulsada por JxCat con el fin de permitir una investidura a distancia de Puigdemont.

Dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias

Precisamente esta tarde el presidente del Parlament, Roger Torrent, ha convocado el pleno para el 3 y 4 de mayo, con un orden del día que incluye esta modificación de la ley de la presidencia.

No obstante, la reforma planteada por JxCat ha recibido este jueves otro varapalo: el Consejo de Garantías Estatutarias ha emitido un dictamen en el que no avala una investidura a distancia del presidente de la Generalitat, al considerar que no encaja en la legalidad que marcan la Constitución y el Estatut.

En su dictamen, solicitado por Ciudadanos y el PSC, señala que esta propuesta "no cumple los requisitos" que establece el reglamento del Parlament "para poder ser tramitada y aprobada por el procedimiento legislativo excepcional de lectura única".

Remarca asimismo que la reforma que permitiría al candidato a la investidura remitir por escrito su discurso, sin necesidad de asistir al hemiciclo, "invade una materia que está reservada al reglamento del Parlament", por lo que "vulnera" el Estatut.