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La Audiencia de Madrid archiva provisionalmente la pieza sobre los pagos de Lazard a Rato

  • El tribunal detecta "dudas razonables" sobre la veracidad de la acusación
  • La pieza separada investigaba el pago de 2 millones de dólares a Rato

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Imagen de archivo de Rodrigo Rato
Imagen de archivo de Rodrigo Rato

La Audiencia de Madrid ha acordado este miércoles el sobreseimiento provisional de la pieza separada en la que se investiga al exvicepresidente del Gobierno y ex director gerente del FMI, Rodrigo Rato, por los dos millones de dólares que recibió del banco de inversión Lazard, en el que trabajó antes de ser nombrado presidente de Bankia, y su posible relación con las contrataciones que la entidad nacionalizada efectuó posteriormente con el citado fondo, al detectar "dudas razonables" sobre la veracidad de la acusación.

La sección 23 de la audiencia provincial estima así parcialmente sendos recursos de apelación presentado por Lazard y por su consejero delegado, Pedro Pasquín, tras la decisión del juzgado de instrucción número 31 de Madrid de rechazar el sobreseimiento de la causa.

La pieza investigaba un contrato por el que el exministro de Economía percibía su remuneración en Telefónica a través de su empresa Kradonara 2001, presuntamente con objeto de evitar la tributación de dichos importes.

Asimismo, investigaba el pago de cerca de 6,2 millones al exministro entre 2011 y 2013, supuestamente en concepto de indemnización a Rato, que en el pasado había trabajado en el banco de inversión, y el préstamo concedido en la época en la que ya era presidente de Bankia.

Unos hechos que se solaparon en el tiempo con la contratación de Lazard como asesor de la salida a bolsa de la entidad española en verano de 2011, en los que la acusación veía un delito de cohecho o corrupción entre particulares.

En el auto conocido este miércoles, la Audiencia Provincial de Madrid no solo considera que existen dudas razonables sobre la veracidad de la acusación, sino que no puede considerarse suficientemente acreditada la perpetración del delito que ha dado lugar a la instrucción de esta pieza separada.

No cabe deducir "un beneficio o ventaja" para Rato

En concreto, reconoce que Rato recibió de Lazard un anticipo de 2,2 millones de dólares cuya garantía era la titularidad de acciones que formaban parte de su retribución, por lo que no cabe deducir que existiera "un beneficio o ventaja" para Rato "como contraprestación por favorecer la contratación de Lazard como entidad asesora de Bankia".

Lazard, recuerda la Audiencia de Madrid, venía prestando servicios de asesoría para Caja Madrid -matriz de Bankia- desde 2010, mucho antes de la incorporación de Rato.

Además, independientemente de que la salida a Bolsa de Bankia "no fue un éxito",  Lazard no fue "la única entidad que asesoró al banco español en el complejo proceso de fusión de cajas" y su posterior salida a Bolsa.

No aprecia tampoco la sala que Rato incumpliera ninguna de las restricciones que en calidad de presidente de Bankia debía mantener en su relación con Lazard.

Cuando se incorporó a Bankia, Rato "no pasó a trabajar para ninguna entidad mercantil haciendo competencia a su antigua empresa -Lazard-, ni menoscabó en absoluto la clientela de ésta restándole clientes", prosigue el auto.

De los hechos "no se desprende mucho más que una coincidencia entre una operación sobre acciones restringidas y la contratación de los servicios de la misma entidad", dos situaciones en las que "confluyeron" Rato y el consejero delegado de Lazard, Pedro Pasquín.