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Las entidades locales incumplieron por sistema aprobar su presupuesto en plazo en 2009

  • El 90% de entidades locales prorrogó los presupuestos municipales
  • Las regiones con entidades menos cumplidoras: Andalucía, Asturias y Madrid
  • Las entidades locales tardaron una media de 106 días en enviar sus cuentas
  • Informe de fiscalización del Sector Público Local del Tribunal de Cuentas (PDF)

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Fachada del Tribunal de Cuentas
Fachada del Tribunal de Cuentas, en Madrid.

El 90% de las entidades locales gestionó su actividad con los presupuestos municipales prorrogados durante parte de 2009 y, de media estas instituciones modificaron un 41% los presupuestos inicialmente aprobados. Son dos de las principales conclusiones del informe de fiscalización del Sector Público Local correspondiente a 2009 que el Tribunal de Cuentas acaba de publicar (excluyendo datos del País Vasco, que no presentó las cuentas).

El organismo critica, concretamente, la "deficiente planificación presupuestaria y económica por parte de las entidades locales" del país. De hecho, según el informe, el 28% de las entidades aprobó el presupuesto de 2009 durante el primer trimestre del ejercicio; el 25% en el segundo trimestre y el 27% a lo largo del segundo semestre.

El 10% restante utilizó presupuestos prorrogados a lo largo de todo el ejercicio económico de 2009 -un 8% de las entidades aprobó de forma definitiva el presupuesto de 2009 una vez finalizado dicho ejercicio- y un 2% no ha llegado a aprobar el presupuesto de 2009.

Andalucía, Asturias y Madrid, las comunidades con menos entidades cumplidoras

Las Comunidades Autónomas con menos entidades cumplidoras a la hora de rendir cuentas a la institución fiscalizadora fueron Andalucía, Principado de Asturias y la Comunidad de Madrid, cuyos niveles de rendición fueron del 33%, 48% y 54%, respectivamente.

En el otro extremo se encuentran Cantabria, Illes Balears y Región de Murica, que cumplieron por encima del 95%. Y también superaron el 90% de cumplimiento Comunidad Valenciana, Galicia y Navarra, y muy cerca Extremadura y La Rioja.

Una media de retraso en rendir cuentas de 106 días

La institución fiscalizadora ha achacado el retraso de publicación del informe a los retrasos en la entrega de cuentas por parte de las entidades locales: tan solo el 9% entregó sus cuentas antes de vencer el plazo legal.

El Tribunal de Cuentas también ha subrayado que el retraso medio en rendir las cuentas de 2009 fue de 106 días y que de las 8.987 entidades que debían entregar las cuentas (sin contar las entidades locales vascas), 2.615 entidades no rindieron cuentas, de las cuales 2.190 fueron ayuntamientos, 403 mancomunidades, 14 agrupaciones de municipios y 8 comarcas.

Incluso en 2011, señala el informe, se inició un plan para impulsar la rendición de cuentas del ejercicio 2009 que afectó a 1.282 entidades que tenían la cuenta del ejercicio 2009 pendiente de entregar. A pesar de este plan, aún quedaban 279 organismos por presentarlas a la hora de cerrar el informe, de las que el 59% corresponde a cuentas de ayuntamientos con una población inferior de 500 habitantes y el 19% a mancomunidades.

Además, el Tribunal señala que gracias a la implantación de la rendición telemática han podido superar "en gran medida" el retraso acumulado en la presentación de los resultados de fiscalización del sector local, excepto en el caso del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, que no usa la Plataforma de rendición de cuentas.

Por su parte, el Tribunal de Cuentas impuso multas coercitivas a 186 alcaldes y/o presidentes de entidades locales que no habían presentado las cuentas de 2006, 2007 y 2008 y a 20 que no habían hecho lo propio con las cuentas de 2009. Gracias a los procesos abiertos el Tribunal ha conseguido que 183 entidades cumplieran con su obligación a 30 de septiembre de 2011.

Deficiencias en la contratación pública

Aunque la mayoría de entidades locales no ha remitido al Tribunal de Cuentas la información sobre la contratación pública realizada en 2009, en los pliegos que han podido analizar han detectado irregularidades. Es decir, deficiencias en los criterios y procedimientos para la valoración de las ofertas que no se adecúan a la nueva legislación de contratos del sector público, que son:

  • Criterios no vinculados con el objeto del contrato
  • Inadecuada consideración de los procedimientos para su valoración: no separan los meros juicios de valor de los criterios que usan fórmulas establecidas en el pliego
  • Incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma en la valoración de estos criterios

Entidades locales insolventes

En el informe, el Tribunal de Cuentas destaca que "el remanente de tesorería es un indicador de la solvencia financiera a corto plazo de las entidades locales y constituye, en caso de ser positivo, un recurso para financiar modificaciones de crédito y, por tanto, para financiar un mayor gasto sobre el inicialmente presupuestado y en caso de ser negativo, un déficit que habrá de ser saneado".

Para solventar ese déficit, las entidades tenían dos opciones: reducir el gasto presupuestario en la misma cantidad que el déficit (por ejemplo, si el déficit era de 2 millones de euros, un ayuntamiento tiene que reducir el gasto en 2 millones) o, en caso de no ser posible, pedir un crédito por la misma cifra. En caso de no adoptarse ninguna de las dos medidas, los presupuestos del siguiente año tendrían que aprobarse con un superávit "por una cuantía no inferior al déficit producido".

La primera opción, la de reducir el gasto presupuestario, solo fue adoptada por el 5% de las entidades analizadas por el Tribunal de Cuentas.

La institución ha determinado en su informe que la falta de aplicación de las medidas previstas (explicadas anteriormente), "han permitido que muchas entidades presenten una situación estructural de insolvencia financiera que empeora en ejercicios sucesivos".

En la mayoría de casos, apunta el análisis, "llega a alcanzar tal volumen que impide su saneamiento" y que fuera imposible tomar medidas necesarias para solucionar la situación. "Cuanto mayor es la antigüedad del déficit de tesorería, el porcentaje de entidades que adoptaron medidas es menor", remata.

Cuanto mayor es la antigüedad del déficit, el porcentaje de entidades que adoptaron medidas es menor

La institución fiscalizadora considera que ante estas irregularidades derivadas del incumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria en la gestión económico-presupuestaria de la entidad local, puedan ser considerados "comportamientos dolosos o negligentes" por acción u omisión.

Esta situación de insolvencia fue la que motivó a que el Gobierno anterior aprobara el Real Decreto-ley 5/2009, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos.

Recomendaciones para la rendición de cuentas local

Con el informe, la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas del Congreso de los Diputados dirige unas recomendaciones al Gobierno. Entre otras, que las entidades locales rindan cuentas y lo hagan en plazo, y que además sea un "requisito indispensable" por ley para que puedan acceder a a las ayudas y subvenciones públicas.

En esta línea, piden que las instituciones locales aprueben anualmente su presupuesto "como instrumento de planificación y sometimiento a la legalidad" y que sea obligatorio para ellas informar sobre contratación administrativa. También que el Ejecutivo garantice la existencia y permanencia de servicios de control económico en todas las entidades locales de su ámbito territorial.