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EL CGPJ pide "mayor esfuerzo" a los jueces para que atiendan y apliquen la Ley de Igualdad

  • Consideran que la recepción de la Ley "es lenta y compleja"
  • Dicen que las sentencias conservan un carácter sexista
  • Se basan en estudios de tres centros sobre sentencias de 2008 y 2009

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pide un "mayor  esfuerzo" en la aplicación e interpretación de la Ley Orgánica de  Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIMH) tras constatar en  un estudio que analiza más de 7.400 sentencias emitidas en 2008 y  2009 sobre asuntos como la reducción de jornada o el acoso por razón  de sexo,  que los jueces la "citan poco" en sus resoluciones y en  muchos casos, "no la desarrollan". 

El estudio, elaborado entre tres equipos de la Universidad de  Granada, el Institut Interuniversitari d'Estudis de Dones y Genere y  la ONG Women's Link Worldwide y presentado este miércoles por la  presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género  adscrito al CGPJ, Inmaculada Montalbán, repasa la aplicación de la  LOIMH tanto en la jurisdicción social como en la contencioso  administrativa, destaca buenas prácticas y propone mejoras.

"Pese a la importancia de los cambios normativos en el Derecho  español, el estudio desvela lo mucho que aún es necesario trabajar en  el seno de la carrera judicial para concienciar y sensibilizar sobre  la importancia de formación en género para aplicar de forma correcta  toda la legislación en materia de igualdad", explica Montalbán en el  preámbulo del informe.

En el ámbito de lo contencioso administrativo, para el que se  tomaron 4.283 sentencias como referencia y se analizaron 112, el  informe concluye que "se hace necesario un mayor esfuerzo por parte  de los aplicadores e intérpretes del Derecho para que la LOIMH tenga  eficacia", ya que la "escasa utilización de ciertos conceptos" en la  jurisprudencia analizada revela "el todavía bajo nivel de recepción"  que la norma ha tenido en esta jurisdicción.

"Lenta y compleja recepción de la Ley"

Los expertos abundan en este asunto al evidenciar la "lenta y  compleja recepción de la LOIMH y de la nueva noción de igualdad que  desarrolla", especialmente en asuntos como la promoción o el acoso,  donde, según el informe, "los roles atribuidos a mujeres y hombres se  hacen prevalecer sobre el principio de igualdad recogido en la ley y  en la propia Constitución".

Además, explica que en lo contencioso administrativo, "solo" el 25% de las sentencias recogidas aluden a la LOIMH y, en cuanto  a las leyes autonómicas de igualdad, la más citada es la vasca, pues  es en País Vasco donde más asuntos relativos a la igualdad se  resuelven. Le siguen "de lejos", en número de alusiones la norma  gallega (citada dos veces) y la balear, que aparece en una sentencia.

En el ámbito de lo social, para el que se tomaron 1.880 sentencias  como referencia y se analizaron 340, el estudio concluye que en  materias como la promoción profesional, "los tribunales citan la  terminología sobre igualdad y discriminación que aparece en la  normativa española, pero sin embargo es patente que no la desarrollan  a la hora de dictaminar sus fallos". 

Sentencias convervan "por lo general ¡un carácter sexista"

Además, afirma que el lenguaje utilizado en las sentencias  "conserva por lo general un carácter sexista" y que los tribunales  españoles "parecen tener dificultades para entender y aplicar  aquellos conceptos referentes a la igualdad entre mujeres y hombres y  a la no discriminación", ya que, de 16 sentencias estudiadas sobre  este asunto, tres fueron estimatorias y "solo en una" los expertos  encuentran "un razonamiento acorde con el espíritu y fin de la  LOIMH".

Algo similar ocurre con las sentencias analizadas (39) sobre  distribución de jornada para conciliación. "Sorprende que en muchas  sentencias, aún encontrándose en el marco temporal de la LOIMH no se  articule el derecho por la vía del artículo 34.8 del Estatuto de los  Trabajadores (que la desarrolla) o ni siquiera se tenga en  consideración", explica el informe.

No obstante, la aplicación de este precepto genera "un problema" a  juicio de las autoras, y es que cuando se invoca, los tribunales  entienden que "no concede un derecho tangible y unilateral por parte  del trabajador a poder distribuir su tiempo de trabajo sin existir  negociación colectiva o pacto individual con el empresario".

Respecto a los litigios relativos a acoso (49 casos de los que 7  citan la LOIMH), el informe destaca el "escasísimo número" de  sentencias que abordan el acoso por razón de sexo, precepto  introducido por la Ley de Igualdad, y apuntan la existencia de  "dificultades para apreciar" esta figura. Asimismo, denuncian "la  presencia de justificación de ciertas actitudes machistas" en algunos  fallos y piden medidas para erradicarlas.

En materia de conciliación de la vida laboral y familiar, el  informe revela que en todos los casos de reducción de jornada por  cuidado de familiares, el demandado es una administración pública,  por lo que concluye que éstas "también están incurriendo en conductas  contrarias al espíritu de la Ley Orgánica". Asimismo, apunta que pese  a los términos previstos en la normativa, "se sigue debatiendo  judicialmente" que el despido en este caso es nulo.