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El Consell de Garantías Estatutarias de Cataluña ve constitucional regular los 'correbous'

  • Se trata de un festejo con toros con una arraigada traidición en Cataluña
  • Cree que la ley no impide que se instaure el festejo en nuevos pueblos

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El Consejo de Garantías Estatutarias ha avalado la proposición de ley del Parlment de Cataluña para regular los "correbous", que el PPC había recurrido ante este órgano por considerar que limitar estos festejos taurinos a localidades con tradición podría ir en contra de la autonomía local.

El consejo rechaza las argumentaciones del Partido Popular de Cataluña (PPC) y concluye que el artículo 3 de la proposición de Ley de regulación de la fiestas tradicionales con toros "no es contrario a la Constitución ni al Estatuto de autonomía".

Esta decisión se conoce sólo una semana después de que el Parlament aprobase en un pleno histórico la prohibición de las corridas de toros, conviriténdose así Cataluña en la segunda comunidad autónoma en vetar la Fiesta, después de que Canarias ya lo hiciera en 1991.

Tras la decisión del Parlament, fueron muchos los expertos que apuntaron a que la fiesta de los 'correbous' también genera sufrimiento en los toros.

En su dictamen, el consejo recalca que de una interpretación sistemática del artículo 3, cuya legalidad estatutaria cuestionó el PPC, "no se concluye" que se impediría seguir celebrando "correbous" en los municipios de Cataluña que, hasta ahora, hayan disfrutado de esta fiesta tradicional.

Avala que municipios instauren la fiesta

Tampoco impedirá, añade el dictamen, que algunos municipios puedan instaurar esta fiesta, "siempre que acrediten su tradición de acuerdo con la nueva normativa".

Según el PPC, con la entrada en vigor de esta Ley se podría impedir que municipios con tradición de "correbous" celebren estos festejos si no coinciden exactamente con los días de una fiesta tradicional, o bien que entes locales sin tradición de "correbous" puedan implantar en un futuro festejos de este tipo.

Sobre el supuesto ataque a la autonomía local que según los populares generaría esta normativa, el Consejo de Garantías Estatutarias afirma que "resulta difícil detectar los motivos de esta vulneración, que parecen centrados en las competencias y en los intereses de los municipios".

En este sentido, el Consejo argumenta que no se puede considerar que la regulación de los espectáculos constituya un elemento esencial o forme parte del núcleo primario de autogobierno de los entes locales que disfruta de una garantía institucional", y concluye que el artículo no vulnera por ello la autonomía local.

Sobre la "discriminación entre municipios del mismo territorio", el Consejo invoca la doctrina del Tribunal Constitucional, según la cual el derecho a no sufrir "discriminaciones injustificadas" se refiere "sólo a los ciudadanos y no es trasladable a las personas juridicopúblicas".

Cataluña prohibió los toros

La decisión del PPC de llevar la proposición de Ley de los "correbous" al Consejo de Garantías impidió que ésta se aprobase en el último pleno de esta legislatura del Parlment, y provocó que los protaurinos de CiU se abstuvieran en la votación que acabó con la prohibición de las corridas de toros en Cataluña, celebrada el 28 de julio.

El objeto de la ley es establecer los requisitos y condiciones que han de cumplir las fiestas tradicionales con toros sin muerte del animal, los "correbous", en las fechas y localidades catalanes donde tradicionalmente se celebran "con la finalidad de garantizar los derechos, los intereses y la seguridad de los participantes y del público, y a la vez la protección de los animales