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El Supremo deja por primera vez a las listas de "ETA-Batasuna" fuera de las elecciones vascas

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El Supremo anula las listas de Askatasuna y D3M

Por primera vez desde la aprobación de la Ley de Partidos, ninguna lista de la izquierda independentista radical concurrirá a las elecciones autonómicas vascas del próximo 1 de marzo, después de que el Tribunal Supremo haya anulado la proclamación de las candidaturas de Askatasuna y Demokrazia 3 Milioi (D3M).

La decisión, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Constitucional, estiman acreditado que, como en otras ocasiones, ETA había recurrido a la llamada estrategia de la "doble vía" para intentar perpetuar su presencia en las instituciones, presentando una candidatura "contaminada" como D3M y otra aparentemente "limpia", la del partido Askatasuna.

Los dos autos, dictados por unanimidad y en consonancia con la petición de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, han sido notificados poco antes de la medianoche del domingo, cuando expiraba el plazo, por la sala del 61 del Supremo, creada especialmente para vigilar el cumplimiento efectivo de la ilegalización de Batasuna.

Así, el Supremo entiende que Askatasuna es "otro eslabón más de la cadena" que ETA viene utilizando para tratar de mantener su presencia en las instituciones desde la aprobación de la Ley de Partidos del 2002.

Según la sala, "el proceso de conformación de las candidaturas electorales de Askatasuna (...) ha sido gestado y dirigido en todo momento por el entramado ETA-Batasuna" para suceder a formaciones anteriormente ilegalizadas, "constituyendo Askatasuna, ya desde su origen, simplemente el instrumento fraudulento empleado para dar continuidad a la actividad" de éstas.

Ese "origen" se sitúa en 1998, tras el encarcelamiento de la Mesa Nacional de HB, lo que hizo surgir en el entorno de ETA el temor a la posible ilegalización de Herri Batasuna y la idea de la necesidad de tener que recurrir a una alternativa, según el auto.

El Supremo también cree "altamente significativa" la vinculación de los promotores del partido con otras formaciones de la izquierda abertzale, de las que fueron apoderados o interventores en el 2001 y, sobre todo, la identidad de sus estatutos con los de EH y Batasuna.

Recuerda también el tribunal que, tras participar en las elecciones del 2001, Askatasuna no ha desarrollado ninguna actividad desde entonces hasta que "surge con sospechosa espontaneidad de nuevo en el 2009", pero con candidatos distintos.

D3M, más evidente

En cuanto a la agrupación electoral D3M, destaca que casi la totalidad de los integrantes de sus listas han mantenido vínculos con formaciones políticas ilegalizadas o candidaturas anuladas.

"Tales agrupaciones electorales no responden verdaderamente al fin legítimo del ejercicio del derecho de sufragio pasivo, sino al de eludir los efectos de un pronunciamiento judicial de ilegalización y disolución de unos partidos políticos", explica la sentencia.

El Supremo se refiere al PCTV, que tiene nueve escaños en el Parlamento Vasco saliente (más de 150.000 votos, 12,5%), y que ilegalizó junto a ANV el pasado septiembre.

Entre el lunes y el martes, D3M y Askatasuna podrán recurrir ante el Tribunal Constitucional. Esta última instancia deberá tomar una decisión definitiva antes de la medianoche del jueves 12 de febrero, ya que la campaña electoral empieza oficialmente a las 00.00 horas del viernes 13.

De forma paralela al proceso iniciado en el Supremo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió también a la vía penal y solicitó al juez Garzón que decretase la suspensión cautelar de las dos formaciones. El magistrado ha convocado para el próximo martes en su juzgado a los representantes de Askatasuna y D3M, a quienes tras varios días detenidos puso en libertad el viernes.