- Incluye un incremento del 2,5% en 2025 y del 1,5% en 2026 con una cantidad adicional que dependerá de la inflación
- El ministro de Transformación Digital y Función Pública ha indicado que cada autonomía decidirá la forma de abonarlo
- Bomberos y sanitarios trasladaron a 113 pacientes para protegerlos del incendio
- Los empleados públicos tendrán una subida salarial progresiva hasta 2028
- La UE unifica sus leyes para mejorar el bienestar de perros y gatos
Así se ha convertido en un lujo la compra de un teléfono: del 40 a casi el 60% del salario
DatosRTVE analiza la evolución del precio de las cuatro marcas de móviles más vendidas en España y cuánto tienen que gastar los españoles de su sueldo para comprarlo
- CC.OO. finalmente no ha participado en la firma de este acuerdo salarial
- La primera de las subidas será de un 2,5% para 2025 con carácter retroactivo
Este jueves el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, asistirá junto a los sindicatos a la firma del acuerdo para la subida salarial de los funcionarios. Finalmente será de un 11% en cuatro años, hasta 2028. El acuerdo ha costado varias reuniones y además incluye mejoras laborales. El sindicato Comisiones Obreras no ha decidido si se suma o no a la firma.
Ya en la nómina de diciembre recibirán la subida de todo este año, un 2,5%. En enero el salario aumentará un 1,5%, en 2027 será de un 4,5% y de un 2% en 2028. Además, si el IPC del año que viene alcanza el 1,5%, los funcionarios recibirán medio punto más a principios del 27. UGT afirma que es un buen acuerdo. Según la secretaria general de UGT Servicios Públicos, Isabel Araque, "en 13 meses nueve puntos más en la nomina, se elimina la rasa de reposición, que llevamos décadas reclamando esto".
Por su parte, CSIF aplaude que los funcionarios recuperarán casi un 3% de poder adquisitivo. El secretario general de este sindicato, Miguel Borra, asegura que se ha conseguido "el mejor acuerdo posible para como está el país, con un Gobierno en minoría, los presupuestos bloqueados y mucha incertidumbre política".
CC.OO. es el único que tiene dudas y recuerda que hay puntos sin cumplir del acuerdo anterior, como "la carrera profesional y la jubilación parcial", afirma el secretario general del sindicato, Unai Sordo.
- Son 89 euros más al mes y supondría percibir 17.822 euros brutos al año, como han comunicado ambos sindicatos
- Defienden que tribute siempre y cuando se garantice el salario medio neto, como fija la Carta Social Europea
Los salarios se incrementaron en 2024 en un 5% de media. Sin embargo, hay enormes diferencias.
Hay que aclarar que una cosa es la media entre los que más cobran y los que menos, que son unos 2.400 euros brutos. Y otra cosa es el salario más habitual en España, que apenas supera los 2000 euros mensuales. Pero es que uno de cada tres españoles ni siquiera cobra 1.500 euros.
Es una radiografía desigual: los peor pagados trabajan principalmente en hostelería y empleo doméstico, y las diferencias se multiplican por comunidades. País Vasco tiene los sueldos más altos y Extremadura, los más bajos. Lo mismo ocurre por sexo: las mujeres cobran 430 euros menos que los hombres.
Y todo esto afecta a nuestro bolsillo y a cómo gastamos ese dinero. La OCU alerta de que cada vez nos cuesta más, por ejemplo, comer sano.
FOTO: GETTY IMAGES
Como en Aquí Hay Trabajo somos un programa de empleo, hoy 31 de octubre nos hemos preguntado a qué tienen miedo los trabajadores en nuestro país.
La consultora RMS ha publicado un estudio donde analiza en los miedos más comunes en el ámbito profesional. Y esto es lo que genera más preocupación entre los trabajadores españoles.
En el número 5, nos sorprende que esté el miedo escénico, vamos, el miedo a hablar en público. Casi un 40% de los encuestados tiene miedo al hacer una presentación o intervenir en una reunión.
En cuarto lugar está el miedo a ser explotado laboralmente. El temor a sufrir abusos laborales, como sobrecarga de trabajo, horarios excesivos o falta de derechos, está muy presente entre los trabajadores.
Vamos con el tercer puesto. Contratos temporales, cambios de turno, incertidumbre financiera… La falta de estabilidad laboral preocupa a casi la mitad de los encuestados.
En segundo lugar está el miedo a cometer un error grave en el trabajo. El temor a equivocarse y que tenga consecuencias serias como sanciones o despidos es el más frecuente.
Y en el el número 1, como no, está el miedo a perder el trabajo. La inseguridad laboral sigue siendo un factor de estrés para la mitad de los trabajadores españoles. De hecho, según el estudio, este miedo se ha incrementado en España después de la pandemia.
Como curiosidad, en el número 10 del ranking está el miedo a ser reemplazados en nuestro trabajo por una Inteligencia Artificial algo de lo que hablamos últimamente bastante en el programa con el anuncio de los despidos masivos de Amazon y UPS.
Después de las protestas de los sindicatos de funcionarios, el ministerio de Función Pública les ha comunicado la reactivación de la mesa para negociar, entre otras cosas, la subida salarial de 2025. Lo hablamos con Miguel Borra, presidente de CSIF. Además, abordamos la petición de las eléctricas para alargar la vida de la central nuclear de Almaraz. En la segunda parte, nos centramos en las grandes marcas que han ido muriendo a lo largo de la historia. En la sección de mercados hablamos de las reacciones tras las decisiones sobre tipos de interés de la Reserva Federal y el Banco Central Europeo.
El inspector de Trabajo responde a un seguidor de Aquí Hay Trabajo. Cuenta que lleva en la misma empresa desde 2007 y siempre han pagado el 100 % del sueldo cuando los trabajadores estaban de baja, pero ahora no.
Si tu empresa beneficia y luego te lo quita, puedes reclamar ante un juez. En derecho laboral, se llama condición más beneficiosa, en este caso salarial y no puede retirarla sin motivos justificados.
En 2025, Javier ha estado de baja 7 meses. En mayo, en su empresa firmaron una subida salarial y ya han pagado este año con carácter retroactivo, pero a él no le han aplicado esa subida en el tiempo que ha estado de baja. Pregunta al inspector de Trabajo qué puede hacer: si le tienen que pagar ese aumento.
Puede pedir al INSS la actualización de la base reguladora, pero el inspector recuerda que siempre, antes, la empresa debe hacer las cotizaciones de los atrasos. Cuando hay una actualización salarial, si estás de baja, cuando te reincorpores deben regulártelo, sí o sí. Si no, Javier, deberá denunciar y reclamar ante Inspección de Trabajo.
Todos los días en Aquí Hay Trabajo publicamos ofertas de trabajo. Por si alguna de las vacantes os encaja, esta píldora laboral te la tienes que tomar, te puede ayudar y mucho. Porque antes de firmar un contrato de trabajo hay cosas importantes que tienes que chequear.
Lo primero de todo, y que parece una tontería pero no lo es. Debes comprobar que los datos de la empresa y los tuyos estén bien. Un error, una errata o cualquier fallo puede hacer que no sea válido el contrato.
Dos: En la parte de arriba tiene que poner, contrato de trabajo. Si pone “Contrato mercantil” peligro, muy atento. La empresa te pagaría por tus servicios, no por ser su trabajador y tendrías que darte de alta como autónomo, pagar tus correspondientes cuotas y podrías ser un falso autónomo.
Además, debe aparecer el tipo de contrato que tienes, si es indefinido, temporal, si la jornada es a tiempo completo o parcial; y si hay que pasar o no un periodo de prueba y, si es así, cuántos meses dura.
Ojo, en tu contrato también debe aparecer cuál es tu convenio colectivo. Ya sabéis que hay muchos derechos y permisos que pueden estar ampliados en tu convenio.
Por supuesto hay que comprobar que el salario sea el que te dijeron en la empresa, y fíjate si la cantidad viene en neto o en bruto. También si están prorrateadas las pagas extras.
Lee con atención cualquier cláusula o documento que acompañe al contrato. La letra pequeñita a veces esconde trampas muy grandes, no te quedes con dudas... y nada de espacios en blanco, todo debe estar completo, sin ningún espacio que la empresa pueda rellenar después.
Por cierto, cuando lo firmes, te tienen que dar una copia. Si no te la dan porque falta que el jefe también firme, no está demás que hagas una foto con el móvil de lo que has firmado.
Todos los días en Aquí Hay Trabajo publicamos ofertas de trabajo. Por si alguna de las vacantes os encaja, esta píldora laboral te la tienes que tomar, te puede ayudar y mucho. Porque antes de firmar un contrato de trabajo hay cosas importantes que tienes que chequear.
Lo primero de todo, y que parece una tontería pero no lo es. Debes comprobar que los datos de la empresa y los tuyos estén bien. Un error, una errata o cualquier fallo puede hacer que no sea válido el contrato.
Dos: En la parte de arriba tiene que poner, contrato de trabajo. Si pone “Contrato mercantil” peligro, muy atento. La empresa te pagaría por tus servicios, no por ser su trabajador y tendrías que darte de alta como autónomo, pagar tus correspondientes cuotas y podrías ser un falso autónomo.
Además, debe aparecer el tipo de contrato que tienes, si es indefinido, temporal, si la jornada es a tiempo completo o parcial; y si hay que pasar o no un periodo de prueba y, si es así, cuántos meses dura.
Ojo, en tu contrato también debe aparecer cuál es tu convenio colectivo. Ya sabéis que hay muchos derechos y permisos que pueden estar ampliados en tu convenio.
Por supuesto hay que comprobar que el salario sea el que te dijeron en la empresa, y fíjate si la cantidad viene en neto o en bruto. También si están prorrateadas las pagas extras.
Lee con atención cualquier cláusula o documento que acompañe al contrato. La letra pequeñita a veces esconde trampas muy grandes, no te quedes con dudas... y nada de espacios en blanco, todo debe estar completo, sin ningún espacio que la empresa pueda rellenar después.
Por cierto, cuando lo firmes, te tienen que dar una copia. Si no te la dan porque falta que el jefe también firme, no está demás que hagas una foto con el móvil de lo que has firmado.
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Hoy en la píldora laboral de Aquí Hay Trabajo vamos a hablar de cuando acaba tu jornada y te quedas media o una hora más para acabar una tarea concreta que, sí o sí, se tiene que quedar terminada.
Parece que esta práctica se encuentra totalmente normalizada en el ámbito laboral pero: ¿es legal que te obliguen a quedarte en el trabajo para terminar una tarea si ha acabado tu jornada laboral? La respuesta es NO, no pueden obligarte. De hecho, si accedes, te tienen que pagar horas extra o compensártelo con días de descanso. Lo cierto es que en la mayoría de los casos se hace por miedo a perder el trabajo o a que la empresa te represalie de alguna manera. Mucha atención con esto: es ilegal.
Puedes quedarte de buen rollo, por responsabilidad y si es una cosa puntual, un día en concreto, nosotros lo recomendamos, pero no te pueden obligar y menos sin cobrarlo, claro.
El Gobierno ha propuesto una subida de las cuotas de autónomos para 2026, hasta los 217 euros las más bajas y 796 euros las más altas. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, asegura que se trata de una propuesta que establece "un horizonte progresivo para ir acompañando, para que los autónomos se organicen mirando hacia 2032, cuando la ley es plenamente efectiva y se producirá la cotización 100% por ingresos reales". "Un autónomo que se jubila cobra al mes una pensión que tiene una diferencia de 650€ en relación a un asalariado, es algo inconcebible", dice en 'Las Mañanas de RNE'.
La ministra apunta que el 60% de los autónomos de los tramos más bajos han decidido no pedir la devolución de la sobrecotización, sino que han decidido guardárselo como remanente para protegerse en el futuro. "De eso estamos hablando, de protección social. Las cotizaciones no son impuestos, no van a cubrir servicios públicos, van directamente al bolsillo de cada trabajador", explica. Saiz insiste en que se trata de una propuesta que todavía está "en fase de escucha".
Hablamos de bajas laborales, ¿cuando estás enfermo vas a trabajar? Últimamente hay mucho revuelo sobre si los españoles faltamos o no faltamos justificadamente al trabajo. Por eso, la píldora laboral de Aquí hay Trabajo tiene que ver con las enfermedades. Pero es una píldora informativa, esta no cura, respondemos a la pregunta ¿cuánto cobro cuando estoy de baja?
Lo primero que hay que tener claro es que para cobrar una baja tienes que trabajar y cotizar mínimo 6 meses, en los últimos 5 años. Si no los tienes, no hay baja.
Vamos a suponer que los tienes cotizados, ¿cuánto vas a cobrar si estás de baja por enfermedad común?
• Días 1 al 3: No se cobra nada
• Días 4 al 20: Se cobra el 60% de la base reguladora.
• Día 21 en adelante: Se cobra el 75% de la base reguladora.
¿Y eso de la base reguladora qué es? Muy fácil: miras tu nómina, ahí viene tu base de cotización por contingencias comunes. Pues esa cantidad la divides por los 30 días del mes para saber cuánto es tu base reguladora. Por ejemplo: si tu base de cotización son 1.350 euros al mes, lo divides entre los 30 días del mes: te salen 45 euros de base diaria. Pues tienes que calcular el 60 % o el 75 de esos 45 euros y eso es lo que ganarías cada día.
Ojo, eso sirve para una baja por enfermedad o accidente digamos "normales", pero para un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, se cobra el 75% desde el primer día.
Además, ya sabes que tu convenio colectivo puede mejorar esos porcentajes, en algunos casos se llega a cobrar el 100% del salario. Así que míralo.
Imagina que te obligan a trabajar 24 horas seguidas, a veces hasta 72. Y tu trabajo tiene muchísima responsabilidad. Y que todas esas horas que haces de más, te las pagan mal y no cotizan para tu jubilación. Pues ese es el día a día de muchos médicos de la sanidad pública. No todos, porque no todos hacen guardias, pero sí de muchos. Han salido a la calle para exigir mejoras en sus condiciones laborales y un estatuto marco propio.
No les gusta el estatuto que les propone el Ministerio de Sanidad y siguen negociándolo. Hoy en Aquí Hay Trabajo les escuchamos y nos cuentan sus condiciones de trabajo.
¿Has tenido problemas para cobrar el finiquito? ¿Te lo han calculado mal, o no te lo querían pagar... o todo perfecto? En Aquí Hay Trabajo os damos unos pasos sencillos para calcular bien vuestro finiquito y que no os den gato por liebre.
¿Qué es exactamente el finiquito? Muy fácil: es el resultado de todas las cantidades que te quedan por cobrar cuando te despiden.
- Lógicamente, tienes que recibir el sueldo del mes en curso. Es decir, si has trabajado hasta el día 20 de ese mes, no te corresponde el mes completo, sino esos 20 días.
- Las vacaciones, te tienen que pagar las vacaciones que has generado y no has disfrutado. Si has cogido vacaciones por adelantado, el saldo te saldrá negativo y te lo descontarán del finiquito. Hay que liquidar cuentas por ambas partes.
- También hay que calcular la parte proporcional de la paga extra que te queda por cobrar si es que tienes extras. Es una regla de 3: si por 6 meses te corresponde una extra, por 4 meses y medio, es decir por 4,5, te corresponde X. O sea, si te vas en octubre de la empresa, cobras una parte de la paga, no entera.
- Que no se te olviden las horas extra, que no se quede ni una sin cobrar. Se suma todo: sueldo + vacaciones+ pagas extra + horas extras. Y se resta si tienes alguna deuda con la empresa, como adelantos o préstamos... y ahí tienes tu finiquito.
Tu horario es de 11 de la mañana a 7 de la tarde, pero puntualmente acabas de trabajar a las 10 y media de la noche. Todos sabemos qué son las horas extras, pero ojo, en este caso la cosa cambia porque tu jornada laboral ha terminado después de las 10 de la noche, así que te tienen que pagar un plus de nocturnidad.
La jornada laboral nocturna en nuestro país es la que se hace desde las 10 de la noche a las 6 de la mañana. Si trabajas de forma puntual en este horario, te tienen que pagar un complemento de nocturnidad que tiene que venir reflejado en tu nómina.
¿Cuánto es ese complemento? Eso tiene que venir en tu Convenio Colectivo: ahí te deben aclarar a cuánto se paga la hora o si lo retribuyen con descansos. Este plus es un reconocimiento a las condiciones y dificultades de la jornada nocturna que además tiene un impacto en tu salud y en tu vida.
¿Y qué pasa si trabajas como camarero y siempre, siempre, acabas tu jornada a la 1 de la noche? ¿O en una panadería y entras todos los días a trabajar a las 3 de la mañana?, ¿también te tienen que pagar el plus de nocturnidad?
En este caso, si tu contrato o convenio indica que tu salario ya incluye el trabajo nocturno puede que no te lo paguen aparte. Poque serías un trabajador de turno nocturno con lo cual, el horario es distinto, y en tu sueldo ya se incluye esa condición.
Ojo, para que estés considerado un trabajador nocturno debes hacer al menos 3 horas diarias de 10 a 6 de la mañana.
Los falsos autónomos son aquellos trabajadores que deberían ser asalariados. Esa relación fraudulenta resta derechos a los empleados y beneficia a las empresas. Desde UPTA sospechan que está habiendo un fuerte aumento principalmente en el sector sanitario. Lo hablamos con Eduardo Abad, presidente de esta organización de autónomos. En "Agro 5" hablamos del sector del tomate en España y de las importaciones de Marruecos. El consultorio de hoy es de marketing. Hablamos de las marcas que han estado ahí toda la vida y cómo lo han conseguido con Álex Sanz, de Microbio. Terminamos con el repaso a los mercados: el desplome de Duro Felguera y la gran subida de Solaria.
Respondemos a una seguidora que denuncia que trabajó 3 días en una Empresa de Trabajo Temporal y solo le han pagado, y solo le han dado de alta, 2 días. Al parecer es una práctica habitual de esa ETT. Quiere reclamar el día que le deben y la inspectora de Trabajo le aconseja que denuncie ante inspección, con todo tipo de pruebas. Mira el vídeo.
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Si tienes un gasto que no esperabas, por ejemplo, el dentista, o una avería en casa o tienes que reparar el coche, ¿tienes derecho como asalariado a pedir un anticipo de sueldo?
Según el Estatuto de los Trabajadores, tienes derecho a pedirlo y a que te lo den. Pero ojo, no tienes derecho a todo el sueldo.
La ley permite pedir un anticipo de nómina por los días que ya has trabajado. Por ejemplo, si estamos a día 10 de mes, podrás solicitar que te adelanten esos 10 días de trabajo.
Si tu salario es de 1.500 euros netos y has trabajado 10 días, te corresponderán un adelanto de 500 euros como mucho.
A partir de ahí, puede haber convenios colectivos que regulen la cantidad a adelantar y la limiten, por ejemplo, hasta un 90%.
Importante, la empresa está obligada a dártelo. Eso sí, la ley no establece ninguna fecha concreta ni ningún límite para que la empresa te ingrese el anticipo. Lo normal es que se haga de forma rápida porque si pides un adelanto suele ser por una urgencia. No tiene mucho sentido solicitarlo y que tarden 10 días en ingresártelo.
Pero ojo, te dan el anticipo, pero luego te lo descuentan de la nómina, así que prepárate, que luego vendrá la nómina final muy rebajada.
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Nuestro inspector de Trabajo responde a Andrea. Trabaja en un casino en Alicante y nos cuenta que en el convenio de su empresa les dan una paga de beneficios dependiendo de lo que hayan faltado al trabajo. Cuantas menos faltas, más paga de beneficios, claro. Pero Andrea no está de acuerdo y quiere saber si es legal, sobre todo cuando su empresa considera absentismo el accidente de trabajo y los días retribuidos por la muerte de un familiar. Mira lo que le responde desde inspección.
El salario medio aumentó en España por encima de los 2.400 euros brutos al mes en el segundo trimestre del año. Es decir: los sueldos siguen creciendo, un 2,7%, pero a un ritmo cada vez más lento comparado con los últimos cuatro años. Y con estos salarios, un estudio asegura que la mayoría, el 80%, sí consigue ahorrar, pero no todos los meses ni todos por igual, solo una pequeña parte de la población puede guardar lo necesario, por ejemplo, para hacer frente a una emergencia.
- La jornada media pactada por convenio es de 1.750,3 horas anuales por empleado, según estadísticas de Trabajo
- Los salarios acordados por convenio subieron de media un 3,50% en agosto
El secretario general de Comisiones Obreras (CC.OO.), Unai Sordo, ha avanzado este viernes su intención de convocar movilizaciones en septiembre por la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanas ante el "bloqueo" parlamentario.
"Es una forma también de subir el salario por hora trabajada", ha afirmado en defensa del acuerdo que alcanzaron los sindicatos con el Ministerio de Trabajo, pero que no tiene mayoría política en el Congreso de los Diputados. PP y Junts han rechazado, hasta el momento, la propuesta.
Sordo ha argumentado también que bajar de las 40 horas semanales actuales "es perfectamente compatible" con la creación de empleo y que incluso la "impulsa".
Asimismo, ha celebrado los datos de empleo conocidos esta semana: la menor tasa de paro desde 2008, en el 10,29%, y la mayor cifra de ocupados de la historia de España, más de 22 millones. "Nuestro país está en disposición de llegar al pleno empleo si hacemos algunas cosas bien", ha dicho.
Foto: EFE/ Juan Carlos Hidalgo
- Esta cantidad representó el 73,4% del coste laboral total, según datos del INE
- La Comunidad de Madrid fue la región con el coste laboral más elevado, seguida de País Vasco y Navarra
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