Enlaces accesibilidad

La Audiencia de Navarra no ve indicios de terrorismo en la agresión a los guardias civiles de Alsasua

  • Estima así el recurso interpuesto por los nueve investigados por la agresión
  • Cree que la causa debe instruirse en Pamplona y no en la Audiencia Nacional

Por
Cartel colocado en la locadidad de Alsasua el pasado mes de noviembre
Cartel colocado en la locadidad de Alsasua el pasado mes de noviembre.

La Audiencia de Navarra no ve "indicios racionales" de terrorismo en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la localidad navarra de Alsasua y, por tanto, insta al juez a plantear una cuestión de competencia ante el Supremo para que la causa se instruya en Pamplona y no en la Audiencia Nacional.

"No es posible concluir que en los hechos denunciados existan indicios de la comisión de un presunto delito de terrorismo", señala la sección Primera de la Audiencia de Navarra, estimando el recurso interpuesto por los nueve investigados en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas el pasado mes de octubre y sostiene que la causa debe instruirse en la capital navarra.

Por ello, insta al Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona a que rechace el envío de la causa al Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional y, por tanto, plantee una cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo para que decida qué órgano judicial debe asumir la investigación.

Al no ver "indicios racionales" que pongan de manifiesto la comisión de un delito de terrorismo, la Audiencia de Navarra concluye que el juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona es el "competente para la instrucción de los hechos denunciados".

Por qué no aprecia terrorismo

En el auto se detalla lo que el Código Penal establece como terrorismo, para a continuar señalar que se exige la concurrencia objetiva de dos requisitos: que se trate de un "delito grave" identificado en la norma como tal y que tenga la finalidad de "subvertir, desestabilizar gravemente, alterar gravemente o provocar un estado de terror".

En el primer caso, el delito de lesiones, en tanto que delito contra la integridad física, no excede la pena de cinco años por la que se le consideraría grave. Por otro lado, no se halla una finalidad subvertiva o desestabilizadora en los atestados de la Policía Foral y la Guardia Civil ni en las declaraciones de los agentes y sus parejas.

Sostiene que se está ante un hecho "en principio casual", que "evidentemente" tiene su origen en el conocimiento que los presuntos agresores tienen de la condición de agentes de la Guardia Civil, a lo que añade que existe el movimiento OSPA, en el que se integran al parecer algunos de los investigados.

Pero "no puede deducirse" que lo que se pretendía era desestabilizar las instituciones o "alterar gravemente la paz pública o generar un estado de terror en la población o en una parte de ella". "Nada de ello", añade, se traslada en el informe de la Guardia Civil, así como que no existen indicios de que lo sucedido fuera la materialización de un acto impulsado por el movimiento OSPA con la finalidad de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "salgan de aquí".