Enlaces accesibilidad

Fomento avisa de las multas por contratar transporte a través de webs para compartir coche

  • Las sanciones por llevar viajeros sin autorización llegan hasta 18.000 euros
  • Los que contraten estos servicios tendrían que pagar hasta 600 euros

Por
Taxis en Barcelona esperando clientes
Taxis en Barcelona esperando clientes.

La aparición de webs y aplicaciones para compartir coche, y la petición de las asociaciones de transportistas de viajeros de que se retire alguna de ellas, han llevado a Fomento a avisar de que se pueden imponer multas de hasta 18.000 euros a los usuarios de servicios de coches compartidos que no cuenten con la correspondiente autorización de transporte para poder operar.

Las autoridades recuerdan que las personas y empresas que transporten viajeros por cuenta ajena a cambio de una retribución económica necesitan contar con la autorización de la Administración y aseguran que los servicios de inspección del transporte terrestre velarán por el cumplimiento de la legislación, que establece multas de entre 401 y 18.000 euros.

El sector del taxi, en contra de Uber, aplicación de vehículos compartidos entre particulares

El pasado mes de mayo, el sector del taxi (que esta semana ha convocado una huelga en Madrid) pidió a las administraciones públicas que tomaran medidas contundentes ante la implantación en España de la aplicación móvil Uber, que conecta a usuarios con conductores particulares, no profesionales, "incumpliendo toda la ley de transporte", una petición que ya había realizado en abril.

Coche compartido: BlaBlaCar

Asimismo, en marzo hizo lo mismo la Federación Nacional Empresarial de Transporte de Autobús (Fenebus) con Blablacar, que relaciona particulares que van a hacer un mismo viaje para compartir vehículo a cambio de dinero, al considerar que perjudica "seriamente" los intereses de los usuarios y de los operadores de transporte.

Este lunes, en una nota de prensa, el Ministerio ha recordado que "la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) exige que las personas y empresas que realicen transportes de viajeros por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica se encuentren previamente autorizados por la Administración".

Esta autorización tiene por objeto, según el Ministerio, asegurar que el servicio recibido por los usuarios reúne unas condiciones de seguridad y calidad adecuadas.

Las multas que prevé la ley

  • Las personas o empresas que realicen esos servicios con sus vehículos careciendo de la preceptiva autorización incurrirán en una infracción muy grave sancionable con multa de 4.001 a 6.000 euros, que podría aumentar hasta 18.000 en caso de reiteración.
  • Aquellos usuarios que contraten los servicios de transportistas no autorizados incurrirán en una infracción grave sancionable con multa de 401 a 600 euros.
  • Aquellos que contraten o facturen en nombre propio la prestación de servicios careciendo de autorización, aunque no los presten por sí mismos, incurrirán en una infracción muy grave sancionable con multa de 4.001 a 6.000 euros, que podría aumentar hasta los 18.000 euros en caso de reiteración.
  • Quienes oferten la prestación de esos servicios sin disponer de autorización, tanto si dirigen su oferta de forma individual a un único destinatario como si la hacen pública para conocimiento general a través de cualquier medio, incurrirán en una infracción grave sancionable con multa de 801 a 1.000 euros.