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La reforma laboral supera el trámite en el Senado gracias a la abstención de CIU y PNV

  • Tras el empate en comisión, se ha recurrido al voto ponderado por senadores
  • PSOE, Entesa y Grupo Mixto sumaron 129 votos a favor, por 123 del PP
  • La limitación del plazo a los parados para rechazar cursos es incluida

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El Senado aprueba la Reforma Laboral

La Comisión de Trabajo e Inmigración del Senado, con competencia legislativa plena, ha aprobado la reforma laboral gracias a la abstención de PNV y CIU, que ha permitido superar el empate entre los votos a favor del Partido Socialista, la Entesa y el Grupo Mixto y los votos en contra del Partido Popular.

En concreto, el texto ha recibido un total de 12 votos a favor (PSOE, Entesa y Grupo Mixto), 12 votos en contra (PP) y dos abstenciones (CiU y PNV). Este empate técnico ha obligado a recurrir al sistema de voto ponderado, que tiene en cuenta el número de senadores con el que cuenta cada grupo en el Pleno.

Así, el PSOE, que suma un total de 105 senadores en el Pleno, pudo contar con los 16 senadores de la Entesa y los ocho del Grupo Mixto, lo que arroja un total de 129 votos a favor de la reforma laboral, frente a los 123 senadores que suma el Partido Popular. CiU (siete senadores) y PNV (cuatro) volvieron abstenerse en la votación, como ya ocurrió el pasado mes de julio en el Congreso.

La aprobación del texto en la Comisión del Senado permite que la reforma  siga su proceso parlamentario y regrese el próximo día 9 a la  Cámara Baja para afrontar su último examen y ser aprobada de  forma definitiva.

Sanciones a los parados que no acepten formación

El Congreso deberá decidir si mantiene o no los cambios introducidos en el Senado, entre los que destaca la reducción de 100 a 30 días el plazo del que disponen los parados para rechazar cursos de formación sin ser penalizados, una enmienda propuesta por el PSOE que ha finalmente ha recibido el apoyo de todos los grupos.

El hecho de votar en bloque impidió a ERC e ICV (incluidos en Entesa) mostrar su rechazo al proyecto en su conjunto, así como a esta enmienda, entre otras, por lo que fue aceptada por todos los grupos.

A la enmienda se ha incorporado la propuesta del PP que establece que la participación en las acciones de mejora de la ocupabilidad por parte de un parado "se correspondan con su profesión habitual o sus aptitudes formativas según lo determinado en el itinerario de inversión".

Sin embargo, los trabajadores autónomos se quedarán finalmente sin la ayuda de 425 euros no contributiva cuando se haya agotado la prestación por cese de actividad, que pretendían recuperar el PP y CiU. Esta medida se aprobó en un Pleno del Congreso de los Diputados, y una semana más tarde se suprimió en la Comisión de Trabajo.

Modificaciones

El PSOE consiguió también el apoyo de todos los grupos para incluir una enmienda que garantiza que las empresas que se acogen a bonificaciones por la contratación indefinida cuenten con dos meses en lugar de uno para cubrir las extinciones de puestos de trabajo que no se consideren despidos procedentes, dimisiones, muertes, jubilaciones, incapacidades o durante el periodo de prueba.

Por otro lado, el PSOE consiguió sacar adelante las otras cuatro enmiendas transaccionales que presentó durante la Ponencia y todas las que había presentado en la Cámara Baja. De la misma forma, pactó con CiU la aprobación de sus enmiendas de carácter más técnico. Las enmiendas del Grupo Mixto, de la Entesa y del PP fueron rechazadas.

De hecho, el partido socialista sólo ha tenido que asumir cuatro enmiendas no pactadas, tres del PNV y una del BNG, que han contado con el apoyo del Partido Popular para salir adelante. La enmienda del BNG se refiere a la contratación a tiempo parcial y establece que la prestación por desempleo parcial se calcule por horas y no por días y que sea equivalente al de la reducción de la jornada autorizada.

Una de las enmiendas del PNV obliga a las empresas a hacer fijos a aquellos trabajadores que hayan encadenado contratos durante tres años en una empresa desempeñando el mismo puesto de trabajo y con idéntica actividad, lo que empeora ligeramente las condiciones del trabajador, que antes sólo tenía que estar en la misma empresa durante ese mismo periodo.

Otra se refiere al absentismo, al proponer que no se tenga en cuenta el absentismo global de la empresa para despedir a un trabajador y que sólo se valore si el empleado falta el 20% de su jornada hábil en dos meses consecutivos. Antes, si el absentismo global superaba el 5% se podía rescindir un contrato, aunque el Congreso rebajó este límite al 2,5%.