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Los abogados creen que las escuchas de Gürtel en la prisión son una "prueba ilícita"

  • Un experto en Derecho Procesal entiende que no tenían amparo legal
  • El profesor Pérez del Blanco advierte de que puede acabar en una nulidad del proceso
  • El Consejo General de la Abogacía denuncia la "violación del secreto profesional"
  • Sólo pueden autorizarse escuchas a abogado y cliente en casos de terrorismo o de imputación del letrado 

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Las escuchas de las conversaciones de los implicados en el caso Gürtel y sus abogados en la cárcel incluidas en el sumario han hecho saltar las alarmas en el seno de la abogacía. El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) cree que se hicieron "sin apoyo legal" y para un experto en la materia, el profesor de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Madrid Gilberto Pérez del Blanco, suponen, en apariencia, una "prueba ilícita".

Pérez del Blanco, en declaraciones a RTVE.ES, ha recordado que al abogado le ampara el secreto profesional en la relación con su cliente y, en el caso de la grabación de comunicaciones privadas en el ámbito penitenciario, ésta sólo está autorizada por la legislación penitenciaria en caso de terrorismo y, en aplicación de la jurisprudencia, en caso de que al abogado estuviese imputado. 

El profesor de la Autónoma, que matiza que habría que analizar los hechos puntualmente y ver las motivaciones del juez para autorizar las escuchas, entiende que, en principio,  "no hay amparo legal" para someter a escuchas las conversaciones de un abogado con su cliente en la cárcel, lugar donde "precisamente es donde se establece la estrategia de defensa". 

Pérez del Blanco advierte de que puede prosperar la impugnación de las escuchas por parte del abogado del presunto cabecilla de la trama, Francisco Correa. En este sentido, va más allá y alerta de que si las escuchas son "ilícitas" esto puede provocar que las pruebas que se extraigan de esas conversaciones sean "fraudulentas" y "acabar en una nulidad casi absoluta del proceso".

El experto en Derecho Procesal señala además que la práctica de diligencias de escuchas es "muy arriesgada" y requiere de muchas cautelas por parte de Policía Judicial, Fiscalía y magistrados porque "puede poner en riesgo la instrucción y atentar directamente contra el derecho de defensa".

Necesaria una reforma urgente de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Pérez del Blanco señala que este caso abre el debate sobre la necesidad de reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de finales del siglo XIX, "que es absolutamente obsoleta", y regular en ella estos aspectos específicamente.

En este sentido, el profesor de la Autónoma recuerda que en Francia, Alemania e Italia, fuentes en las que bebe nuestro derecho, están prohibidas expresamente las escuchas de las conversaciones de abogado y cliente en prisión.

Rechazo del CGAE 

Por su parte, el CGAE cree que la grabación de las comunicaciones del caso "Gürtel" y varios de sus abogados suponen un atentado contra el Estado de Derecho y están "fuera de la legalidad vigente", a la vez que considera que ha habido "violación del secreto profesional", lo que supone "un gravísimo atentado" contra el Estado de Derecho.

Estos procedimientos -subrayan los abogados- están reservados a casos de terrorismo o en los que puede estar implicado el abogado y no pueden ser aplicados en cualquier circunstancia pues ponen en peligro el derecho a la defensa y suponen una ilegítima vulneración de derechos fundamentales.

El Consejo entiende que las grabaciones de las conversaciones entre Francisco Correa y su segundo abogado tenía que haberlas autorizado el juez Baltasar Garzón en un auto, tal y como lo hizo para intervenir las que mantuvo el presunto cerebro de la trama con su primer letrado, implicado en la causa.

Por ello, según el CGAE, la grabación de las comunicaciones han sido realizadas "fuera de la legalidad vigente" y deberían haber cesado o destruirse al hacerse cargo de la defensa un nuevo letrado.