Guantes en la moto y no adelantar con nieve: las nuevas normas de la DGT a partir de octubre
- Qué circula: nos habéis consultado si es cierto que a partir del 1 de octubre no se podrá adelantar con nieve en autopista y autovía
- Conclusión: es cierto, la DGT y el BOE lo confirman. Explicamos cuándo y cómo se aplican este y otros cambios
Nos habéis consultado por nuestro canal de WhatsApp si es cierto que a partir del 1 de octubre estará prohibido adelantar en autopista o autovía con nieve en carretera. Es cierto, es uno de los cambios anunciados por la Dirección General de Tráfico que entrarán en vigor en octubre. Te explicamos cuándo y cómo se aplicarán las nuevas normas.
¿Por qué se aplica esta medida?
El Real Decreto del 24 de junio de 2026 que rige la nueva norma y modifica el Reglamento General de Circulación se publicó en el BOE el 26 de junio de 2026 y entra en vigor el 1 de octubre. Este documento señala en el artículo 32.2 que "en autopistas y autovías, cuando la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve, estará prohibido adelantar y será obligatorio circular por el carril situado más a la derecha". Señala, además, que se podrá utilizar el carril contiguo "en tramos con tres o más carriles por sentido".
La nueva norma indica que, así, se dejará libre el carril izquierdo para "la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves". La Dirección General de Tráfico (DGT) publicó el 23 de junio esta nota de prensa en la que informaba de la actualización del Reglamento General de Circulación "para mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía" y que con esta modificación, "cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve", se "circulará únicamente por el carril de la derecha". Se aplica a cualquier autopista y autovía de España, ya que no existe ninguna excepción o delimitación territorial que se especifique en el BOE ni en el portal de la DGT. Es decir, no se podrá adelantar siempre que la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve, independientemente del lugar.
¿Qué más se aprueba en esta actualización del Reglamento General de Circulación?
Entre otros cambios de esta actualización del Reglamento General de Circulación encontramos:
- Para los conductores de motocicletas y ciclomotores será obligatorio el uso de guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Además, podrán circular por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros por hora y previa señalización del tramo.
- Para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP) se fija en 15 años la edad mínima, deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad y llevar siempre encendido el alumbrado. Se podrán conducir fuera de los núcleos urbanos por vías ciclistas o carriles bici.
- Los ciclistas deberán usar el casco siempre en vías interurbanas. Quienes conduzcan bicicletas, motocicletas o ciclomotores para el desarrollo de su profesión (riders) deberán usar en todo momento el casco y chaleco reflectante.
- También será obligatorio el uso del cinturón en todo momento para conductores y pasajeros en todo tipo de vehículos. La única excepción es la de pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria.
- En pasos para peatones con semáforos, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
Según la página de la DGT, todas estas medidas entrarán en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas, que lo hará el 1 de octubre de 2027.
La información de tráfico, un filón para el clickbait
En VerificaRTVE son recurrentes las consultas sobre las medidas de la DGT porque son muy habituales los titulares exagerados y mensajes engañosos sobre las normas de circulación. Por ejemplo, a finales de 2025, detectamos un repunte significativo de publicaciones falsas sobre la DGT ante la llegada de la baliza V16. En este contexto, te explicamos el funcionamiento de este dispositivo y desmontamos el bulo de que nos iban a tener vigilados. También aclaramos que la moratoria de multas anunciada por la DGT para quienes no llevasen la baliza no era para evitar robos.
Más allá de la baliza, hemos desmontado otras falsas normas o multas atribuidas a la DGT. Hemos explicado que la DGT no retira el carnet de conducir por tener celiaquía y que no se prevén sanciones por discutir o besarse en el coche. También hemos alertado de perfiles falsos de redes sociales que ofrecían el carnet de conducir en España sin exámenes (1, 2).
Además, la Dirección General de Tráfico es víctima de suplantaciones. Por ejemplo, desmontamos una página web fraudulenta que vendía etiquetas medioambientales, aclaramos que este correo de la DGT alertando de que no abonaste una multa pendiente es un fraude y explicamos que tampoco te envía estos mensajes SMS para que pagues multas por estacionamiento o exceso de velocidad.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado, Real Decreto 518/2026
- Dirección General de Tráfico