Enlaces accesibilidad

El cobro del equipaje de mano en los aviones: ¿qué va a decidir la Unión Europea?

¿Qué dice la UE sobre el cobro del equipaje de mano?
Imagen de recurso de una maleta en un aeropuerto GETTY / VERIFICA RTVE
Javier Menasalvas / VerificaRTVE

En redes sociales e Internet han circulado publicaciones dispares sobre lo que dice la UE acerca de que las aerolíneas cobren el equipaje de mano. Por un lado, hay mensajes que afirman que desde Europa se apoya el cobro a los pasajeros. Sin embargo, también se difunde que el Parlamento Europeo ha declarado "ilegal" que las compañías aéreas cobren a los usuarios por llevar equipaje de mano. En realidad, desde la UE no se ha aprobado ninguna novedad al respecto, se trata de una propuesta que aún está en fase de negociación entre el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento para actualizar una normativa vigente desde 2004. En VerificaRTVE te explicamos qué posición tiene cada institución y qué dicen las asociaciones de consumidores al respecto.

"Los países de la UE dan luz verde al cobro por el equipaje de mano pese a la resistencia de España y Alemania", leemos en algunos mensajes compartidos desde el 7 de junio en X. "El Parlamento Europeo ratifica que el cobro del equipaje de mano es ilegal", leemos en otra publicación compartida el 24 de junio. A lo largo del mes de junio, hemos observado varios mensajes similares que generan confusión entre los usuarios respecto a las medidas debatidas en las instituciones de la Unión Europea en torno al cobro del equipaje de mano.

La propuesta aún debe negociarse entre el Parlamento y el Consejo de la UE

Las instituciones europeas están en fase de negociación para actualizar una normativa vigente desde 2004. Según explica el Parlamento Europeo en una nota de prensa, medidas como el cobro del equipaje de mano se plantean con el fin de revisar el marco regulatorio de los derechos del pasajero. Se trata de una serie de reglamentos por los que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos (Reglamento (CE) n.º 261/2004), entre otros.

Esta propuesta fue presentada por la Comisión Europea en noviembre de 2023, con la intención de que el Parlamento Europeo, en conformidad con el procedimiento legislativo ordinario y en pie de igualdad con el Consejo de la Unión Europea, introdujesen una serie de modificaciones en este conjunto de normas. Hasta ahora, las instituciones solo han realizado una votación que recoge la posición de cada una de ellas sobre medidas como el cobro del equipaje de mano. Aunque todavía se desconoce una fecha concreta, se espera que en los próximos meses, no antes de otoño, Consejo y Parlamento se reúnan y negocien en conjunto un texto final que, tras llegar a un acuerdo, votarán ambas instituciones para su entrada en vigor.

¿Qué votó el Consejo de la Unión Europea?

El 5 de junio, el Consejo de la Unión Europea fijó su posición sobre la propuesta de la Comisión Europea de aplicar normas más claras y mejoradas para los pasajeros aéreos, incluyendo una revisión del Reglamento sobre los Derechos de los Pasajeros Aéreos y del Reglamento sobre la Responsabilidad de las Compañías Aéreas. Estas regulaciones presentadas por el Consejo proponen elevar hasta a 4 horas el umbral de retraso necesario para que los pasajeros puedan reclamar compensaciones en viajes dentro de la UE y permitir el cobro por parte de las aerolíneas del equipaje de mano. En concreto, propone el establecimiento de un equipaje de mano sin coste adicional, que cabe debajo de los asientos, permitiendo cobrar por el que va en los compartimentos superiores.

A raíz de estas propuestas se difundieron titulares y noticias que anunciaban que "la Unión Europea permitirá el cobro por equipaje de mano en aerolíneas" o que "los países de la UE dan luz verde al cobro por el equipaje de mano pese a la resistencia de España y Alemania". Sin embargo, esta propuesta no ha sido aprobada todavía. Tal y como te hemos explicado, se trata de una posición que el Consejo de la Unión Europea ha declarado y que debe ser examinada por el Parlamento Europeo, con la posibilidad de aprobar, modificar o rechazar dicha postura.

¿Cómo se ha posicionado el Parlamento Europeo?

Los mensajes que afirman que "el Parlamento Europeo declara ilegal cobrar por el equipaje de mano" tienen su origen en la votación de la Comisión Parlamentaria de Transporte y Turismo sobre la propuesta legislativa de la Comisión Europea. La votación que se aprobó el 25 de junio con 38 votos a favor de 42 comprende la enmienda de varias regulaciones sobre los derechos de los pasajeros en la UE.

El Parlamento propone introducir "dimensiones comunes" para el equipaje de mano e indican que los pasajeros tendrán derecho a llevar a bordo un artículo personal, como un bolso, una mochila o un ordenador portátil (dimensiones máximas de 40 x 30 x 15 cm), y una maleta de mano pequeña (dimensiones máximas de 100 cm y 7 kg) sin coste adicional. Además, los eurodiputados defienden el derecho a que los niños menores de 12 años puedan viajar junto a su acompañante de forma gratuita. Asimismo, exigen mayor protección para las personas con movilidad reducida, garantizando que un acompañante pueda viajar con ellas gratuitamente.

¿Qué dicen las asociaciones de consumidores?

La posición del Consejo de la UE ha provocado el descontento de varias asociaciones en defensa de los consumidores. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) declaró que la reforma del Reglamento sobre los Derechos de los Pasajeros Aéreos aprobada por el Consejo de la UE suponía "un paso atrás en la protección de los pasajeros aéreos", afirmando que en lugar de reforzarla sirve para "legitimar abusos".

En el caso concreto del equipaje de mano, tanto la OCU como FACUA se han posicionado en contra de esta medida y alegan que se trata de una práctica que contraviene tanto la normativa española como lo establecido en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el 18 de septiembre de 2014. En dicha sentencia, el TJUE dictaminó que el equipaje de mano debe considerarse como "un elemento indispensable del transporte de los pasajeros" y que "su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio las compañías", siempre que "responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables". Ambas asociaciones también critican la postura del Consejo sobre la reforma en la indemnización que eleva hasta a cuatro horas el umbral de retraso necesario para que los pasajeros puedan reclamar compensaciones, en lugar de las dos horas establecidas anteriormente.

El Ministerio de Consumo ya sancionó en noviembre de 2024 a cinco aerolíneas por prácticas abusivas por un importe de 179 millones de euros. Estas sanciones incluían la prohibición expresa de continuar con las prácticas sancionadas entre las que figuraba el cobro por el equipaje de mano. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha aceptado recientemente las medidas cautelares solicitadas por Ryanair y Norwegian Air, dos de las aerolíneas afectadas por estas multas. Esto ha supuesto la suspensión cautelar de las sanciones impulsadas por el Ministerio de Consumo a estas dos compañías.