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El Constitucional avala la reforma del CGPJ que prohibió hacer nombramientos en funciones

  • Rechaza así los recursos interpuestos por el PP y Vox con el aval de la mayoría progresista del TC
  • La reforma fue propuesta por PSOE y Unidas Podemos para limitar las funciones de un CGPJ caducado

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El Constitucional avala la reforma del CGPJ que prohibió hacer nombramientos en funciones

El Tribunal Constitucional ha avalado la reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impulsada por el PSOE y Unidas Podemos que impide a este órgano hacer nombramientos cuando esté en funciones, al rechazar los recursos interpuestos por el PP y Vox gracias a la mayoría progresista frente al rechazo del bloque conservador.

El Constitucional ha afrontado este lunes un pleno monográfico de alta tensión sobre la reforma del CGPJ que impide a este órgano hacer nombramientos cuando esté caducado, con dos posturas enfrentadas por bloques, los progresistas dispuestos a avalar la norma y los conservadores que la ven inconstitucional.

Se han debatido los dos borradores que había sobre la mesa con dos ponencias enfrentadas: una de la magistrada progresista María Luisa Balaguer, que avala la constitucionalidad de la reforma, y otra del magistrado conservador César Tolosa en contra.

La mayoría progresista ha impuesto su postura a favor de prohibir al órgano de gobierno de los jueces hacer nombramientos cuando tenga el mandato caducado, como sucede actualmente con un Consejo que cumple cinco años en funciones con solo 16 de sus miembros.

Bloques progresista y conservador enfrentados

Ha sido un pleno monográfico para resolver los recursos, una fórmula que no es habitual en el tribunal de garantías pero la elegida por el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, dada la complejidad del asunto y el interés general.

Tal y como estaba previsto, la mayoría de los magistrados -los siete progresistas frente a los cuatro conservadores- se ha decantado por la ponencia de Balaguer, que ahora se encargará también de la relativa al recurso 'popular' después de que Tolosa haya declinado adaptar su borrador al sentir de la mayoría del Pleno. Además de Tolosa, los otros tres magistrados del bloque conservador -Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel- han anunciado voto particular contra esta sentencia.

La propuesta progresista respaldaba la reforma del CGPJ argumentando que el artículo 122 de la Constitución da margen suficiente al legislador para regular el órgano de gobierno de los jueces.

Además, Balaguer incide en que la Constitución expresa claramente que el CGPJ tiene un mandato de cinco años, tras los cuales debe renovarse, por lo que no contempla un Consejo en funciones. De ahí que defienda que éstas se limiten, sobre todo si tienen un carácter discrecional.

En cambio, la ponencia conservadora elaborada por Tolosa entendía que, aunque dicho artículo permite al legislador modular el funcionamiento interno del CGPJ, no le otorga tanta libertad como para despojarlo de una de las funciones que le encomienda la Carta Magna, esto es, la de realizar nombramientos.

La reforma permitió la renovación parcial del Constitucional

Esa modificación posibilitó que el pasado enero se produjera la renovación parcial del Constitucional que estaba pendiente desde junio de 2022, provocando un vuelco desde la entonces mayoría conservadora a la actual progresista.

Vox y PP alegaban en sus respectivos recursos que la modificación efectuada en marzo de 2021 a la LOPJ para prohibir que un CGPJ en situación de interinidad cubra las vacantes generadas en los altos tribunales es inconstitucional.

La reforma de PSOE y Unidas Podemos se hizo con la intención de forzar al PP a renovar el Consejo, pero los populares no cambiaron su posición y, además, se causó un problema añadido con un goteo incesante de nombramientos pendientes en el Supremo y los tribunales autonómicos, que han alzado la voz contra las consecuencias de la reforma.Son ya 83 las vacantes que restan por cubrir en la cúpula judicial, 23 de ellas en el Supremo, que lleva tiempo advirtiendo del riesgo de colapso debido a su situación "insostenible".