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El TC avala la 'ley Celaá' y señala que la Constitución no fija una proporción del castellano en el sistema educativo

  • Acepta la prohibición de que los centros privados reciban fondos públicos si separan por sexo
  • Ve igualmente conforme con la Constitución la ausencia de mención a la religión como asignatura en el currículo educativo

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Entrada a un aula d eun colegio d eprimaria. En la pared se ven cuatro mochilas on dibujos animados decorativos colgadas de la pared.
Una escuela de primaria en Barcelona

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso presentado por Vox contra la Ley de Educación o 'ley Celáa', tal y como recoge una nueva ponencia que entiende que la norma respeta el derecho constitucional a usar el castellano y la cooficialidad de las lenguas autonómicas, señalando que en el sistema educativo debe haber "un patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas".

La 'ley Celaá' incluye como puntos más polémicos que el castellano deja de ser lengua vehicular en la enseñanza, que en el plazo de 10 años los centros ordinarios tengan los medios para escolarizar al alumnado de los centros de Educación Especial o la prohibición a que los centros privados reciban fondos públicos si separan por sexo.

Ahora, el Pleno del tribunal de garantías ha aprobado la sentencia que avala íntegramente la ley educativa, que fue uno de los principales proyectos estrella del Gobierno de Pedro Sánchez, después de que el magistrado Ricardo Enríquez elaborase una nueva ponencia, conforme al criterio de la mayoría, que desestimase el recurso de Vox.

"Un patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas"

En cuanto al castellano, la sentencia explica que la nueva regulación es conforme con el artículo 3 de la Constitución, que garantiza el derecho a usar el castellano y la cooficialidad de las lenguas autonómicas, y también con la responsabilidad del Estado de velar por el respeto de los derechos lingüísticos de los alumnos.

Considera que "de la Constitución no deriva la necesaria fijación por el Estado de una proporción de uso del castellano en el sistema educativo" sino "un patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas" y un derecho efectivo a usarlas, que no niega esta ley.

El tribunal ve igualmente conforme con la Constitución la ausencia de mención a la religión como asignatura en el currículo educativo, así como la remisión que hace la 'ley Celáa' a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español de 1979.

Sobre la educación especial, dicen los magistrados que el artículo que ordena atender a "la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo no excluye (…) para caso de discrepancias (…) la audiencia de las familias que muestren su preferencia por la educación especial, ni atribuye mayor valor a la opinión de determinadas familias sobre otras".

Avala retirar las subvenciones a los colegios que segregan por sexo

Respecto a la prohibición a que los centros privados reciban fondos públicos si separan por sexo, la sentencia dice que de la Constitución deriva "un modelo educativo pluralista", pero no que "todos los modelos educativos hayan de recibir ayudas", ni "un derecho subjetivo a la prestación pública".

Para el tribunal, este precepto no solo no es inconstitucional, sino todo lo contrario: "la diferencia de trato entre los centros educativos que separen al alumnado por razón de su género, a efectos de poder ser financiados total o parcialmente por fondos públicos, responde a una concepción ideológica del sistema educativo que, no solo no puede ser tachada de arbitraria, sino que, además, está inspirada en valores constitucionales".

Sobre la denuncia de Vox de que la norma incorpora la "ideología de género" como "ideología estatal en la que forzosamente pretende adoctrinar a los alumnos", el TC recuerda que, conforme el artículo 27.2 de la Constitución, la educación "no es mera transmisión de conocimientos, es también formación humana".

Además, aclara que la "perspectiva de género" a la que se refieren los de Santiago Abascal se menciona en la 'ley Celáa' como principio pedagógico dirigido a las administraciones y centros educativos, "no a los alumnos a quienes el legislador no impone, por tanto, ninguna perspectiva o adhesión ideológica".

Por otro lado, la corte de garantías ha dado respuesta a las tachas generales realizadas por Vox. Así, rechaza la alegada vulneración de las garantías de procedimiento legislativo y del artículo 169 de la Constitución, que prohíbe las reformas constitucionales durante la vigencia de un estado de alarma, enfatizando además que, "por muy relevante que sea o les parezca a los recurrentes la Ley Orgánica 3/2020, no se trata de una reforma constitucional".

Los conservadores emiten votos particulares

Enríquez propuso en un primer borrador respaldar la 'ley Celáa', excepto los artículos que recogen que "los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas" y "no separarán al alumnado por su género"; y que las administraciones dispondrán las medidas necesarias "para evitar la segregación del alumnado" con necesidad específica de apoyo educativo.

Sin embargo, la mayoría progresista del TC –cuatro en este caso, porque el exministro de Justicia Juan Carlos Campo se ha abstenido de esta deliberación– rechazó la primera ponencia en el Pleno del 23 de marzo, al buscar un aval sin fisuras a la norma jurídica. Enríquez aceptó redactar un segundo borrador que recogiera el sentir mayoritario, el que ha sido aceptado este martes.

La sentencia cuenta con los votos particulares de los cuatro magistrados conservadores: Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, que defienden la inconstitucionalidad de determinados aspectos de la ley, como sucede con la educación especial, al advertir de que la ley desvaloriza el único criterio a tener en cuenta en estos casos, que es el de detectar e imponer la defensa del interés superior del menor concernido, sin importar la voluntad de sus padres o la necesidad de atención muy especializada.

Además, creen que la prohibición de las ayudas públicas a los colegios que separan por sexos ataca el pluralismo educativo simplemente porque al legislador no le parece conveniente para este modelo, lo que quebranta el derecho de las minorías.