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El Supremo tacha de "confusa" la orden de Interior de cesar a Pérez de los Cobos y la anula por falta de motivación

  • De los Cobos fue cesado en 2020 tras negarse a informar al Gobierno sobre la investigación de las marchas del 8M
  • El tribunal recuerda que la jueza del caso había dado "orden expresa" de "absoluta reserva"

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El coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos
El coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos.

El Tribunal Supremo ha hecho pública este jueves la sentencia por la que anula el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid. En ella, censura que la razón que dio el Gobierno es "confusa" y "contraria a la función de la Policía Judicial" porque la jueza del caso 8M dio "la orden expresa" de "absoluta reserva" en la investigación de las manifestaciones feministas de 2020.

La Sala de lo Contencioso Administrativo ha notificado este jueves la sentencia, cuyo fallo adelantó el pasado martes, que estima el recurso de Pérez de los Cobos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó su cese, acordado por el Ministerio del Interior en mayo de 2020.

Pérez de los Cobos fue cesado después de que miembros de la Policía Judicial de la Comandancia de Madrid entregaran un informe a la jueza que llevaba el caso de la manifestación del 8M y su posible influencia en la expansión de la COVID-19, del que no informó al Ministerio del Interior.

La razón concreta que aludió Interior fue "no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial con fines de conocimiento".

Pero el Supremo recuerda que la Unidad Operativa de la Policía Judicial estaba a las órdenes de la magistrada que dirigía la instrucción "sin que sea admisible interferencia gubernativa y menos si la magistrada había ordenado absoluta reserva y que sólo se le informase a ella".

Por lo tanto, continua, "si a las reservas propias de toda instrucción (...) se añade la orden expresa de la magistrada de absoluta reserva, no cabe cesar a quien no formaba parte de esa unidad y pretextar" para ello la argumentación que dio Interior.

Dice que el fin del Gobierno era "conocer" algo que "apareció en la prensa"

El Supremo es contundente cuando aborda la razón que alegó el departamento de Fernando Grande-Marlaska al subrayar que "es confusa" y "redundante" pues "si se esperaba del recurrente que informase es obvio que era con fines de conocimiento, es decir, para conocer algo que se desconocía y que apareció en la prensa".

Pero, además, destaca que dicha razón "es contraria a la función de la Policía Judicial" pues "lo que desconocían los órganos superiores del Ministerio del Interior y sobre lo que se dice que no informó el recurrente, eran las investigaciones y actuaciones de la Policía Judicial", lo que estaba "expresamente prohibido por la magistrada" que dirigía la investigación.

Añade que "la causa invocada no responde a una valoración negativa de la profesionalidad e idoneidad" de Pérez de los Cobos lo que, dicho sea de paso, la sentencia de apelación no cuestiona.

Dicen los magistrados que el coronel "no solo informó hasta donde pudo y en repetidas veces, sino que la filtración no fue la causa del cese sino su detonante".

Interior acatará pero dice que la sentencia refleja "dudas"

El Ministerio del Interior ha afirmado que analizará "con detalle la argumentación técnica" de los jueces en un fallo que "acata en su integridad".

Sin embargo, fuentes de Interior dcen que hay "dudas razonables de derecho" en la sentencia. En este entido, han destacado que la resolución del Supremo "invoca motivos técnicos para anular el cese" de Pérez de los Cobos en mayo de 2029, cuando era jefe de la Comandancia de Madrid y se investigaba la posible relación de la manifestación del 8-M y los contagios de Covid-19.

"Habla de confusión en la motivación del cese y ni siquiera condena en costas al haber dudas razonables de derecho", esponen las citadas fuentes.