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La Justicia rechaza aplicar medidas cautelares para impartir "al menos una asignatura" en castellano en Cataluña

  • La medida la había demandado la Asociación Por una Escuela Bilingüe (AEB) en un recurso
  • "Lo que se pretende en realidad es avanzar el dictado de una resolución favorable a la parte recurrente", señala el auto del TSJC

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Niños a la espera de la apertura de puertas en el primer día de curso en Barcelona en una imagen de archivo
Niños a la espera de la apertura de puertas en el primer día de curso en Barcelona en una imagen de archivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado decretar medidas cautelares para impartir, como mínimo, una asignatura en castellano en todos los colegios catalanes, como demandaba la Asociación Por una Escuela Bilingüe (AEB) en un recurso contra las instrucciones de la Generalitat para el curso 2022-23, que rechazan aplicar el 25% de castellano en las escuelas como fija el TSJC

En la resolución del TSJC emitida este pasado viernes por la Sala de Vacaciones y a la que han tenido acceso Efe y Europa Press, el tribunal estima que "no ha lugar a la adopción de la medida cautelar interesada por la parte recurrente".

El recurso se planteó por el procedimiento especial de tutela de los derechos fundamentales, en relación al cual el mes de agosto tiene carácter hábil, ha señalado la Sala de Vacaciones del TSJC.

La AEB recurrirá el auto emitido por el TSJC

El ministerio Fiscal, en un informe solicitado por la misma sala, se pronunció en contra de aplicar las medidas cautelares, mientras que la portavoz de la AEB, Ana Losada, ha dicho a Efe que recurrirán el auto emitido por el TSJC.

En su recurso, la AEB pedía que dictara una medida cautelar que implicara que "al menos una asignatura, materia, área o actividad de carácter troncal o análogo" se imparta en castellano.

En un auto, el TSJC recuerda que la Sala Quinta denegó el 28 de julio desestimar la medida cautelar urgente solicitada y citó en que en el plazo de diez días la Generalitat se pronunciase sobre la medida cautelar solicitada por la AEB.

Tanto el Abogado de la Generalitat que presentó escrito el 11 de agosto como el fiscal que emitió un informe que entró en el juzgado el 22 de agosto se posicionaron en contra de la adopción de la medida cautelar.

"Se pretende en realidad es avanzar el dictado de una resolución favorable"

En su auto del 26 de agosto, la Sala de Vacaciones del TSJC en funciones de guardia remarca que en el recurso donde se pide la medida evidencia que el objeto de la medida cautelar coincide con el objeto del recurso interpuesto por lo que adelantaría prácticamente la estimación íntegra del recurso, y ve "inadmisible" la falta de concreción de los perjuicios que se derivarían en el supuesto de que no se adoptara la medida cautelar.

"La falta de determinación de los perjuicios que se deberían evitar con la concesión de la medida cautelar, pone en evidencia que lo que se pretende en realidad es avanzar el dictado de una resolución favorable a la parte recurrente", señala el auto.

Por lo que la sala del TSJC ha señalado que no ha lugar a la medida cautelar solicitada "sin prejuzgar desde luego con ello el fondo del asunto, al no concurrir en el caso los requisitos normativos exigidos".

En su recurso, la AEB recordaba que el nuevo decreto ley del Govern sobre proyectos lingüísticos rechaza usar porcentajes en el uso de las lenguas, pero al parecer de la asociación "ello no es obstáculo para que las dos lenguas oficiales sean vehiculares en la enseñanza no universitaria".

En un tuit recogido por Europa Press, la AEB ha considerado "sorprendente que el fiscal se alinea con el Govern" en la oposición a las medidas cautelares, y fuentes de la asociación han explicado que presentarán recurso ante la decisión del TSJC.