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Condenado a casi 300 años de cárcel un pederasta que abusó de 23 niñas en Madrid

  • Se fijan veinte años de cumplimiento efectivo de cárcel y se decreta el comiso del material informático de pornografía infantil
  • El condenado ha alegado que es alcohólico y ha pedido perdón, pero la Sala no le aplica ninguna eximente en la condena

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una mujer se defiende con la mano delante de su rostro
La Sala establece indemnizaciones a algunas de las víctimas que oscilan entre los 10.000 y los 20.000 euros

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a casi 300 años de cárcel al acusado de abusar sexualmente a más de una veintena de niñas de entre cuatro y 13 años en Colmenar de Oreja (Madrid), grabar los hechos y difundirlos en una red de pedófilos.

El condenado, que fue detenido en julio de 2018 en el marco de la 'Operación Balrog', ha reconocido en el juicio, respondiendo escuetamente "si" a la fiscal, que aprovechó que varios padres de su pueblo le confiaban a sus hijas para que las recogiera del colegio y las cuidara hasta que podían ir a por ellas, y él aprovechaba para perpetrar las vejaciones.

Además, ha alegado que es alcohólico desde joven y ha pedido perdón a las víctimas y a sus familias, pero la Sala no le aplica ninguna eximente en la condena.

Condenado por 38 delitos distintos

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) este miércoles, la Sección Quinta de la audiencia madrileña le condena como autor de seis delitos continuados de elaboración y distribución de pornografía infantil, ocho delitos de elaboración y distribución de pornografía infantil, cuatro delitos continuados de abuso sexual con penetración, dos delitos continuados de abuso sexual sin penetración, tres delitos de abuso sexual con penetración y cinco delitos de abuso sexual sin penetración.

También le condena por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil y nueve delitos de descubrimiento de secretos, con la concurrencia de la circunstancia agravante de abuso de confianza en los delitos cometidos sobre seis menores. El cumplimiento efectivo de la condena será de veinte años, según establece la resolución.

La Sala establece indemnizaciones a algunas de las víctimas que oscilan entre los 10.000 y los 20.000 euros, y entre los 2.000 y los 3.000 euros para cada uno de los padres.

Además, en la sentencia, de 66 páginas, se decreta el decomiso del material informático incautado que contenga archivos de pornografía infantil, así como la imposición al ahora condenado del pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares.

La condena, que va en línea con la petición de pena que defendía la Fiscalía sobre las 23 menores, es recurrible ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Arrestado tras una alerta de INTERPOL

El pederasta fue arrestado en julio de 2018, cuando tenía 46 años, después de que la Policía de Queensland (Australia) compartiera en la base de datos International Child Sexual Exploitation (ICSE), gestionada por INTERPOL, unas grabaciones con abusos a menores en España. Permanece en prisión desde entonces.

Ahora, el tribunal considera probado que abusó de las menores y al registrar su casa se encontraron "numerosos archivos con fotografías y videos relativos a menores de edad en claros y explícitos comportamientos sexuales, siendo algunos de ellos especialmente degradantes y vejatorios".

Había instalado cinco cámaras para grabar los abusos, que compartió conforme quedó acreditado en el juicio, y además varios testigos corroboraron los hechos. La fiscal subrayó en su informe que el acusado fue "tan torpe" que en los vídeos que grababa y difundía por las redes de pederastia mostraba su rostro, sus tatuajes y las estancias de su vivienda, siendo identificado por los padres de sus víctimas.

Los magistrados consideran que "no es posible la aplicación de circunstancia atenuante alguna" dado que aunque el acusado "presentaba un hábito alcohólico" continuado, "no se aprecia en él patología psíquica con incidencia o alteración de sus facultades cognoscitivas y volitivas ni afectación en relación a los hechos enjuiciados".