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La eutanasia en España, cuatro meses después: "trabas" en algunas comunidades y opacidad en todas

  • Derecho a Morir Dignamente analiza cómo se está implementando la ley, a pesar de que las autonomías no publican datos
  • Madrid y Andalucía son las dos regiones en las que esta asociación ha detectado más dificultades para acceder a la prestación

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La ley de la eutanasia entró en vigor el pasado 25 de junio en España. 
La ley de la eutanasia entró en vigor el pasado 25 de junio en España. 

La ley de la eutanasia entró en vigor en España el pasado 25 de junio. La mayoría de las comunidades autónomas llegaron a esa fecha sin haber hecho los “deberes” y ahora, cuatro meses después, los hechos demuestran que la prestación no está arraigando del mismo modo en todo el país. En algunas regiones el procedimiento para acceder a la misma es ágil, pero en otras se han detectado “trabas” burocráticas que ralentizan o que incluso impiden ejercer el derecho a la muerte asistida.

Con esas palabras lo explica Javier Velasco, presidente de la asociación Derecho a Morir Dignamente, a quien le cuesta hacer un balance global sobre cómo se está materializando la ley de la eutanasia porque el acceso a la prestación, dice, está siendo “muy desigual".

“Hay comunidades que se pusieron las pilas muy rápido y en otras han ido muy despacio. Donde más problemas hay, con mucha diferencia, es en Madrid y en Andalucía, y creo que realmente lo que están recortando es el acceso de la ciudadanía a este derecho en sus comunidades autónomas”, afirma en una conversación con RTVE.es.

Madrid y Andalucía, las comunidades que más dificultan el acceso

El primer hecho que ha bloqueado los procedimientos en las comunidades, según Velasco, es la tardanza en constituir las comisiones de garantía y evaluación, que son las encargadas de supervisar cada caso y de decidir si el solicitante puede acceder o no a la prestación.

Según lo establecido, las comunidades tenían que empezar a trabajar en la creación de estos órganos el día posterior a la aprobación de la ley (25 de marzo) con el fin de garantizar que el mecanismo estuviese listo para entonces. Sin embargo, cuando la norma entró en vigor, tres meses después, solo cuatro autonomías (Baleares, Murcia, Castilla-La Mancha y Euskadi) tenían comisión y habían nombrado a sus miembros.

Las últimas en aprobar el decreto de desarrollo de la ley que permite constituir dichos órganos han sido Madrid y Andalucía, que lo hicieron en octubre. Son las mismas comunidades que han solicitado en los últimos meses una actualización del documento de Voluntades Vitales Anticipadas para acceder a la prestación, en caso de que este haya sido redactado de manera previa a la ley, un requisito que no es necesario según lo estipulado y que también ha obstaculizado el procedimiento, según Velasco.

La Comunidad de Madrid rectificó hace tan solo unos días y ya no pedirá ratificar estos documentos, pero Andalucía todavía mantiene el requerimiento, según figura en la web del Servicio Andaluz de Salud. Esto también implica, por ejemplo, que quienes expresaran su voluntad vital anticipada hace un tiempo de manera consciente y en estos momentos no tengan capacidad para realizar el cambio por sufrir enfermedades neurodegenerativas como alzhéimer podrían tener denegada la prestación.

"Indudablemente están poniendo trabas al ejercicio del derecho, como lo están poniendo, por ejemplo, a la interrupción voluntaria del embarazo, que, ideológicamente, van en el mismo 'pack'. Yo creo que es una negligencia de la administración y, además, una discriminación entre la ciudadanía española del acceso a este derecho reconocido a todos", opina Velasco.

24 horas - "La ayuda para morir se retrasa y se dificulta, hay problemas en la puesta en práctica de la Ley de Eutanasia" - Escuchar ahora

Un derecho que no siempre está llegando a tiempo

A la asociación DMD han llegado en los últimos meses numerosos casos de personas que iniciaron la solicitud y no han podido adelantar su muerte, precisamente, por esos impedimentos de tipo burocrático. Ante esto recuerdan que quienes piden la prestación están en situaciones de gran deterioro y aseguran que "los retrasos y complicaciones" añaden "un sufrimiento injustificado al final de sus vidas".

"La ley prevé que si el médico responsable ve que el enfermo o la enferma está en una situación límite se puedan acortar los plazos. Sin embargo, conocemos casos que han tenido que hacer una sedación terminal; como no avanzaban los trámites de la eutanasia, no daba tiempo y los han sedado", cuenta Velasco.

También menciona el caso de una mujer que solicitó acogerse a la ley a comienzos del pasado julio en el Hospital Gómez Ulla, de Madrid, y que, tras más de dos meses esperando una resolución, decidió reservar una habitación en un hotel y quitarse allí la vida. Añade a su retahíla de ejemplos el sufrimiento de otra persona que llegó a pedir cuatro veces la prestación en la Comunidad Valenciana y que ha fallecido sin ver cumplido su deseo de morir "de forma digna".

De momento, no hay datos que permitan conocer cuál es el tiempo de espera en las distintas comunidades, pero desde DMD aseguran que varía considerablemente entre unas y otras. En este sentido, Velasco destaca la buena gestión de Euskadi, que además fue la primera en prestar una ayuda para morir. Lo hizo el 23 de julio, cuando "no había pasado ni un mes" desde que la ley entró en vigor.

El presidente del Colegio de Médicos de Bizkaia (CMB), Cosme Naveda, también afirma que en el País Vasco el desarrollo de la ley "ha seguido el curso establecido y esperado en tiempo y forma": "La Comisión de Garantía y Evaluación se creó y se nombró a las personas que la integraban en el plazo previsto. Por otro lado, Osakidetza ofertó formación a sus profesionales antes incluso de que el Ministerio de Sanidad publicara el Manual de Buenas Prácticas. Diríamos que en Euskadi 'hemos hecho los deberes'", señala.

Falta de transparencia, información y formación

No obstante, el País Vasco —al igual que el resto de autonomías— no hace públicos los datos sobre eutanasia, algo que, según la asociación, debe cambiar. Se desconocen estadísticas que, según Velasco, son relevantes y "no afectan a la confidencialidad", como el total de solicitudes o el número de peticiones aceptadas y denegadas.

Preguntados por este asunto, desde el Colegio de Médicos de Bizkaia señalan que "quizá sea demasiado pronto". "La ley ha entrado en vigor hace poco más de cuatro meses. Posiblemente, no haya muchos datos que ofrecer", apunta Naveda.

Otro problema "fundamental" que detecta la asociación que defiende la eutanasia es "la falta de información y formación" entre los profesionales sanitarios, lo que también hace que se "lentifiquen" los procedimientos.

"También creemos que tienen que tener acceso fácil a las comisiones de garantía y evaluación, de modo que si un profesional no sabe qué hacer con una solicitud tenga dónde recurrir, porque es verdad que esto es un servicio nuevo", agrega Velasco, que pide más transparencia e indica que hay algunas autonomías que tampoco han publicado los nombres de los profesionales que integran las comisiones.

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¿Puede haber "detractores" dentro de las comisiones de garantía y evaluación?

La misión principal de estos órganos es supervisar de forma previa que se cumplen todos los requisitos y valorar si el solicitante puede acceder a la prestación. En el caso de resoluciones que informen desfavorablemente, podrán ser recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

"A una socia nuestra se le ha denegado la ayuda a morir. Yo he leído la denegación de la Comisión de Garantía Evaluación y no me parece en absoluto correcta, con lo cual la señora va a recurrir para ver si se modifica esta disposición de negárselo", señala también Velasco.

Según la ley, estas comisiones han de tener carácter multidisciplinar y estar compuestas por un mínimo de siete personas, entre los que debe haber profesionales de la medicina, de la enfermería y del derecho. No hay más condiciones.

La Comunidad Valenciana, sin embargo, ha sumado a estos un requisito más en su decreto: que "los profesionales sanitarios propuestos, tanto titulares como suplentes, no deben haber planteado la objeción de conciencia contemplada en la ley". Es decir, evitan de manera directa que haya dentro de su comisión profesionales que se hayan manifestado en contra de la eutanasia, algo que, según DMD, ocurre actualmente en varias comunidades y que no debería permitirse.

Por su parte, Naveda señala que el 'Manual de Buenas Prácticas' publicado por el Ministerio de Sanidad ya estipula que "los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación no deberían ser objetores de conciencia a la LORE", aunque se trata de una recomendación y no de una norma: "En Euskadi suponemos que se ha seguido esta recomendación, ya que el Manual de Buenas Prácticas es un documento de consenso en el que han participado todas las Comunidades Autónomas desde el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud", sostiene.

El presidente de la Comisión Deontológica del Consejo Andaluz del Colegios de Médicos, el Dr. Angel Hernández Gil, sí cree que puede ocurrir que haya miembros en las comisiones que estén en contra de la eutanasia, pero no cree que eso suponga un problema.

"Yo puedo ser objetor de conciencia para llevar a cabo la eutanasia, pero ¿por qué no podría estar en una comisión viendo, por ejemplo, que esa eutanasia no se aplica a menores de edad o a pacientes con demencia o que no han decidido por sí mismos, o que se sienten coaccionados, o que ese paciente no ha tenido acceso a unos cuidados paliativos y no ha tenido alternativa de decidir otra cosa? No es incompatible una cosa con la otra", sostiene.

La comisión a la que representa ya se posicionó públicamente "en contra" de la ley de la eutanasia y a lertó "de los riesgos que representa una ley liberalizadora".

La objeción de conciencia, punto clave

Desde el punto de vista de este doctor, "en la implantación de la ley hay tres cosas que son muy complejas": la valoración del sufrimiento del paciente, la valoración de su capacidad de decisión y la objeción de conciencia.

Respecto a ese último punto, la ley señala que los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia, algo que, según Hernández, no está redactado de manera totalmente clara en el decreto de Andalucía. Lo mismo ocurre, dice, con lo relativo al registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia que deberán crear las administraciones sanitarias y respecto al que este doctor también se muestra rotundamente en contra.

Velasco, por su parte, señala, en relación con la objeción de conciencia, que tienen conocimiento de que hay "grupos extremistas" vinculados a la derecha y a la Iglesia Católica que están "fomentando la objeción de conciencia a los médicos, reivindicando también una objeción de conciencia institucional, cosa que la ley no permite". Concretamente, lo que dice el texto es que "el rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia es una decisión individual del profesional sanitario" y que deberá manifestarse "anticipadamente y por escrito".

"Naturalmente hay que respetar la objeción de conciencia, pero esto no puede dificultar el ejercicio del derecho", recalca Velasco, quien considera que, detrás de todos los impedimentos descritos, se esconde un "tabú": "El tabú de la muerte y, por tanto, el de la eutanasia".